Resolución de 5 de abril de 1991, del Museo Nacional «Centro de Arte Reina Sofía», sobre delegación de atribuciones.
Marginal | BOE-A-1991-11135 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Cultura |
Rango de Ley | Resolución |
EL ARTICULO 83 DE LA LEY 4/1990, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1990, CONFIGURO AL MUSEO NACIONAL
ESTAS FUNCIONES SON COMPETENCIA DE LOS PRESIDENTES O DIRECTORES DE LOS ORGANISMO AUTONOMOS, SEGUN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 74.2 DE LA REFERIDA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, QUE PODRAN DELEGARLOS EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
POR OTRA PARTE, LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DE LA LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO ATRIBUYE A LOS DIRECTORES DE ORGANISMOS AUTONOMOS LA FACULTAD DE CELEBRAR CONTRATOS, SI BIEN ES NECESARIA AUTORIZACION PREVIA DEL MINISTRO PARA CELEBRAR AQUELLOS CUYO IMPORTE SEA SUPERIOR A 50 MILLONES DE PESETAS.
ESTA DIRECCION, A LA VISTA DE LAS FACULTADES Y COMPETENCIAS QUE LE ATRIBUYEN LAS NORMAS CITADAS, Y A FIN DE LOGRAR UNA MAYOR AGILIDAD EN LA TRAMITACION DE EXPEDIENTES DE GASTO Y EN LA ORDENACION DE LOS PAGOS, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO DE CULTURA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE DELEGAN EN EL SUBDIRECTOR GENERAL GERENTE, Y EN LOS CASOS DE VACANTE, PERMISO, LICENCIA, ENFERMEDAD O AUSENCIAS DE ESTE, EN LA CONSEJERA TECNICA DEL ORGANISMO, LAS SIGUIENTES FACULTADES:
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LA CELEBRACION EN NOMBRE DEL ORGANISMO DE CONTRATOS HASTA LA CANTIDAD DE 50 MILLONES DE PESETAS, Y SU FIRMA SIN LIMITACION DE CUANTIA.
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AUTORIZAR LOS GASTOS Y ORDENAR LOS PAGOS DE IMPORTE INFERIOR A 50...
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