Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a 'Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima', la línea eléctrica aérea a 400 KV, doble circuito, denominada 'Castejón-Muruarte', en los términos municipales de Castejón, Valtierra, Cadreita, Villafranca, Marcilla, Peralta, Falces, Olite, Tafalla, Artajona,...

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SecciónV - Anuncios
Rango de LeyResolución

de Santa Engracia desde la línea a 400 KV Barcina-La Serna, se posibilitará la incorporación a la red de transporte de la evacuación de la energía de la futura central térmica de ciclo combinado de 800 MW que Gas Natural tiene proyectado construir;

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja;

Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía aprobado en Consejo de Administración celebrado el día 12 de noviembre de 2003;

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

  1. Autorizar a 'Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima', la instalación de la línea eléctrica aérea a 400 KV de 'Entrada y salida en la subestación de Santa Engracia desde la línea a 400 KV Barcina-La Serna', en el término municipal de Santa Engracia de Jubera (La Rioja), cuyas características principales son:

    Entrada: Tiene su origen en un nuevo apoyo de entronque número 222-1 a instalar a una distancia aproximada de 248 metros del apoyo 221 en el vano comprendido entre los actuales apoyos números 221 y 222, finalizando en el pórtico de entrada de la subestación.

    Salida: Comienza en el pórtico de salida de la subestación para entroncar con la línea Barcina-La Serna en un nuevo apoyo número 222-3.

    Desmontar el actual apoyo número 222.

    Características técnicas:

    Tensión: 400 KV.

    Potencia máxima: 902 MW.

    Número de circuitos: Uno, dúplex.

    Conductores: Tipo Raill AW de 516 milímetros cuadrados de sección total.

    Cables de tierra: Dos, compuestos de fibra óptica de 15 milímetros de diámetro.

    Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio templado U160-BS.

    Apoyos: Torres metálicas en estructura de celosía.

    Cimentaciones: De hormigón en masa, tipo pata de elefante.

    Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

    Longitud: 0,376 kilómetros, de los cuales 0,265 kilómetros corresponden a la línea de entrada y 0,110 a la línea de salida.

    La finalidad de la línea es la de facilitar la incorporación a la red de transporte de la energía generada en la futura central térmica de ciclo combinado de Arrúbal, de Gas Natural, lo que supondrá un importante refuerzo de la red con la consiguiente mejora en la seguridad y fiabilidad del sistema eléctrico.

  2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

    Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

    Madrid, 19 de noviembre de 2003.--La Directora General, Carmen Becerril Martínez.55.491.

    Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a 'Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima', la línea eléctrica aérea a 400 KV, doble circuito, denominada 'Castejón-Muruarte', en los términos municipales de Castejón, Valtierra, Cadreita, Villafranca, Marcilla, Peralta, Falces, Olite, Tafalla, Artajona, Barásoain, Añorbe, Biurrun-Olcoz,

    Unzúe y Muruarte de Reta, en la provincia de Navarra.

    Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno de Navarra a instancia de 'Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima', con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de Gaitanes, 177, solicitando la autorización administrativa de la instalación que se cita;

    Resultando que la petición de 'Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima', ha sido sometida a información pública de conformidad con lo previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, habiéndose presentado alegaciones por la Asociación Naturalista Marcillesa (ALNUS), la asociación de Cazadores Deportivos de Marcilla y el Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural (GURELUR);

    Resultando que enviadas separatas del anteproyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a la 'Confederación Hidrográfica del Ebro', a 'Telefónica', a 'Gas Natural SDG, Sociedad...

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