Real Decreto 2370/1978, de 29 de septiembre, por el que se moviliza, en su modalidad de militarización, la «Empresa Nacional de Electricidad, Sociedad Anónima» (ENDESA).

MarginalBOE-A-1978-25278
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyReal Decreto
B. O.
(¡el
K-Núm.
239
(1
octu6re
1978 23257
lImo,
Sr.
Director
general
de
Aduanas
e
Impuestos
Especiales.
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
En
el
anexo,
apartado
.Bienes
de
inver
donde
dice:
.(aptos
y
efectos
para
cobertura.
l.,
debe
decir;
.{aptos
y
afectos
para
cobertura.,.)_.
JUAN
CARLOS
Dado
en
Madrid
a
veintinueve
de
septiembre
de
ml!
nove-
cientos
setenta
yocho.
PISPONGO
Artículo
primero.-Queda
movilizada
en
su
modalidad
de
militarización
la
..
Empresa
Nacional
de
Electricidad,
S. A."
conforme
dispone
el
apartado
el
y
el
último
pá~
rrafo
del
articulo
trece
de
la
Ley
Básica
de
Movilización
Na-
cional,
v
de
acuerdo
con
las
previsiones
y
disposiciones
conte-
nidas
en
el
Plan
de
Movilización
número
veintidós/uno.
Todo
su
personal
mayor
de
dieciocho
años
y
sin
distinción
de
sexo
queda,
por
consiguiente,
militarizado.
Artículo.
segundo.-Le.
Empresa
eléctrica
citada
continuará
prestando
los
servicios
públicos
que
tiene
encomendados
ac·
tualmente,
pasando
su
personal
a
depender,
a
efectos
juris-
diccionales
y
de
disciplina,
del
Capitán
General
de
la
Región
Militar
correspondiente.
Artículo
tercero.-Dicho
personal
ostentará
el
distintivo
de
su
condición
de
militarizado
y
llevará
siempre
consigo
la
tar-
jeta
de
tnilitarización
correspondiente.
Tendrá
los
derechos
y
deberes
que
los
artículos
nueve
y
once
de
la
Ley
Basica
de
Movilización
señalan,
quedando
sujeto·
al
Código
de
Justicia
Militar,
como
establece
el
artículo
dieciocho
de
la.
misma
Ley.
No
obstante,
al
citado
personal
se
le
concederán
cuantos
de-
rechos
de
carácter
individual,
laboral,
social
y
administrativo
le
confieren
las
disposiciones
vigentes
y
no
se
opongan
al
Có-
digo
de
Justicia
Militar
ni
a
sus
deberes
y
obligaciones
como
personal
civil
mil1tarJzado.
Artículo
cuarto.-No
obstante
lo
dispuesto
en
los
artículos
anteriores,
se
autoriza
al
Servicio
de
Movilización
del
Minis-
terio
de
Industria
y
Energía
para
que,
de
acuerdo
con
las
directrices
del
Servicio
Central
de
Movilización,
vaya
dispo-
niendo
la
entrada
en
vigor
de
este
Real
Decreto,
por
etapas,
a
fin
de
que
se
pueda
proceder
a
una
militarización
de
ca-
rácter
selectivo
de
personas
o
grupos
de
personas,
o
de
insta.-
laciones
y
centros
de
trabajo,
con
arreglo
a
lo
que
exija
la
alteración
producida.
Articulo
quinto.-Por
los
Ministros
de
Defensa,
del
Interior
y
de
Industria
y
Energia
se
dictarán
las
disposiciones
necesarias
para
el
cumplimiento
de
este
Real
Decreto,
que
entrará
en
vigor
el
mismo
día
de
su
publicación
en
el
.Boletin
Oficial
del
Es-
tadoe.
Nacional,
a
propuesta
del
Ministro
del
Interior
y
previa
deli~
beraci6n
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
vein..,
tinueve
de
septiembre
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho,
El
Mmistro
del
Interior.
RODDl.FO
MARTIN
VILLA
REAL
DECRETO
2370/1978,
de
29
de
septiembre,
por
el
que
Se
moviliza
en
su
modalidad
de
mili-
tarización
la
.Empresa
Nacional
de
Electricidad.
Sociedad
Anónima.
{ENDESAJ.
CORRECCION
de
errores
de
la
Orden
de
4
de
septiembre
de
1978
por la
que
se
desarrolla
el
Real
Decreto
134111978,
de
2
de
junio,
que
regula
la
inversión
de
las reServas
técnicas
de
las
Enti-
dades
de
seguros
privados.
Advertido
error
-en
el
texto
remitido
para
su
publicación
de
la
citada
Orden,
inserta
en
el
-Boletio
Oficial
del
Estado..
número
226,
de
fecha
21
de
septiembre
de
1978,
Páginas
22057
a22060,
se
transcribe
a
continuación
la
oportuna
rectificación:
25277
Las
alteraciones
producidas
en
la
prestación
del
servicio
de
la
.Empresa
Nacional
de
Eleciricidad,
S. A.,. lENDESA1,
dan
lugar
a
una
grave
situación
de
perturbación
del
orden
público,
incluida
en
el
párrafo
bl
del
artículo
segundo
de
la
Ley
de
Orden
Público,
cuarenta
y
cinco/mil
novecientos
cincuenta
y
nueve,
de
treinta
de
julio,
que
el
Gobierno
ha
de
remediar
ha-
ciendo
uso
de
las
facultades
que
le
concede
la
Ley
cincuenta/mil
novecientos
sesenta
y
nueve,
de
veintiséis
de
abril,
Básica
de
Movilización
Nacional.
En
su
virtud.
y
conforme
a
las
atribuciones
conferidas
en
el
articulo
cuarto
de
la
referida
Ley
Básica
de
Movilización
2,°
Las
piezas
de
respeto
que
determina
el
apartado
E)
del
artículo
2.06
del
Reglamento
de
Reconocimiento
de
Buques
y
Embarcaciones
Mercantes,
aprobado
por
Decreto
338411971,
de
28
de
octubre,
publicado
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado-
de
15
de
marzo
de
1972.
Lo
que
comunico
aV.
I.
para
su
conocimiento
y
efectos
ca·
rrespondientes.
Dios
guarde
aV.
I.
Madrid,
22
de
septiembre
de
1978.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
25278
IL
Autoridades
y
personal
NOMBRAMIENTOS,
SITUACIONES
E
INCIDENCIAS
25279
MINISTERIO
DE JUSTICIA
REAL
DECRETO
2371/]978,
de
1
de
,septiembre,
por
el
que
se
declara
jubilado
por
cumplir
la
edad
re-
glamentaria
a
don
Gumersindo
González
Gutiérre,z,
Presldente
de
la
Audiencia
J;'rovi.ncial
de
León.
A
propuesta
del
Ministro
de
Justicia,
previa
deliberaciÓn
del
Consejo
de
Ministros
pn
su
reunión
del
dia
uno
de
septiem-
bre
de
mil
novecientos
setenta
yo¡::ho, y
de
conformide.d
con
lo
establecido
en
los·
articulos
dIeciocho
de
la
Ley
once/mil
nove-
cientos
sesenta
y
seis,
de
dieciocho
de
marzo,
y
setenta
y
tres
del
Reglamento
Orgánico
de
la
Carrera
Judicial
'1
Magistrados
del
Tribunal
Supremo,
de
veintiocho
de
diciembre
de
mil
nov&-
cientos
sesenta
y
siete,
en
rele.dón
con
la
Ley
de
Derechos
Pasivos
de
Funcionarios
de
la
Administración
Civil
del
Estado,
Vengo
en
declarar
jubilado
con
el
haber
que
le
corresponda,
por
cumplir
la
edad
reglamentaría
en
dO@
de
septiembrQ
del
corriente
año,
a
don
Gumersindo
González
Gutiérrez
Presi-
dente
de
la
Audiencia
Provincial
de
León,
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a.
uno
de
septi:ombre
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia,
LANDELINO
LAVILLA
ALSINA
25280
ORDEN
de
6
de
septiembre
de
1978
por
la
que
Se
nombra
a
don
Francisco
Martinez
Cimiano.
Juez,
de
Distrito
de
ViranU€va
de
108
Infantes
(Ciudad
Real1
para
el
cargo
de
Jefe
del
Regf.stro
Civil
Central
del
Ministerio
de
Justicia.
TImo.
Sr.:'
En
uso
de
las
atribuciones
que
me
confiere
el
articulo
52
d~l
Reglamento
del
Registro
Civil,
vista
la
instancia
del
interesado
y
la
propuesta
favorable
de
la
Direcci'Ín
General
de
los
Regi'Stros y
del
Nota.r.iado,
hijo
teoido
a
bien
nombrar
a

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