Orden EDU/494/2011, de 24 de febrero, por la que se conceden ayudas de movilidad posdoctoral en el extranjero, por suplencias, en sustitución de renuncias.

MarginalBOE-A-2011-4507
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Orden EDU/2934/2009, de 24 de octubre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre, se convocaron subvenciones correspondientes al subprograma de Estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros del Programa Nacional de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

De acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 24 apartados 2 y 3 de la Orden de convocatoria, la Comisión de Selección nombrada al efecto, elevó la relación priorizada de candidatos propuestos para concesión de la ayuda y la relación de candidatos suplentes para cubrir las bajas y renuncias que se produjeran el plazo de un mes desde la publicación de la primera resolución de adjudicación. Esta primera adjudicación se hizo efectiva por Orden EDU 2253/2010, de 7 de julio («BOE» de 20 de agosto), modificada por Orden EDU/3010/2010, de 5 noviembre («BOE» de 23 de noviembre).

A la vista de las renuncias que se han producido en número de 80, inferior al de candidatos suplentes, la Comisión de Selección ha propuesto la adjudicación de las vacantes de acuerdo con los criterios siguientes:

  1. Que en cada área se proponga la asignación de las ayudas a un número de suplentes al menos igual a las renuncias, siempre que el número de suplentes lo permita.

  2. Mantener la puntuación total obtenida por el candidato como criterio de asignación.

  3. En el caso de que aplicados los criterios anteriores quedaran ayudas por asignar, aplicarlas en aquellas áreas en las que haya candidatos con la misma puntuación y que las renuncias no hubieran alcanzado para proponer a todos ellos.

  4. Las áreas en las que no se haya producido ninguna renuncia, podrán proponerse en último término, siempre que existieran plazas vacantes.

    Por ello, con base en la propuesta de la Comisión de Selección se ha resuelto:

    Primero. Conceder las solicitudes que se publican en el Anexo de la presente resolución, en el que figura el país de desarrollo de la estancia, la duración y fecha prevista de inicio.

    Segundo. El gasto resultante de las concesiones, que incluye la cuota patronal a la Seguridad Social y la subvención por traslado e instalación, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463-A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, por un importe estimado máximo de 3.745.380,32 €, con el siguiente desglose: 1.937.616,00 € para el ejercicio 2011, 1.588.389,32 para el ejercicio 2012 y 219.375,00 € para el ejercicio 2013.

    El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los...

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