ORDEN ECD/914/2004, de 8 de marzo, de convocatoria del programa de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académico 2004-2005.

MarginalBOE-A-2004-6267
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/914/2004, de 8 de marzo, de convocatoria del programa de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso académico 2004-2005.

La experiencia derivada de la aplicación del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) como instrumento de referencia para el establecimiento de un Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España (SICUE) que, sin hacer necesario el procedimiento de convalidación habitual, incluye el reconocimiento académico al estudiante desplazado de los créditos cursados y aprobados en universidad distinta a aquella en la que sigue su carrera, ha demostrado su utilidad para impulsar la movilidad y eliminar trabas que pueden dificultarla.

Con el objeto de apoyar la iniciativa SICUE, el Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, puso en marcha el programa de becas Séneca, consistente en facilitar ayudas económicas a los estudiantes universitarios para cubrir los gastos de desplazamiento y estancia durante el periodo de estudios en otra universidad.

Esta convocatoria de becas para el curso académico 2004-2005 introduce algunas modificaciones derivadas de la experiencia adquirida en las anteriores, que van a permitir una mejor coordinación y ejecución del programa.

Se promueve y facilita con esta convocatoria la aplicación de uno de los principios inspiradores de la Declaración de Bolonia, como es la eliminación de cuantos impedimentos dificulten la libre circulación de estudiantes, así como el conseguir la equivalencia y compatibilidad de los sistemas de enseñanza en el espacio europeo, garantizando el libre acceso al estudio, a la formación y al perfeccionamiento profesional tanto a profesores como a estudiantes.

Por otra parte, es de reconocimiento general que la movilidad es una práctica deseable en la formación universitaria y un medio de incrementar la calidad y diversidad de las enseñanzas recibidas. El beneficio que aporta la movilidad alcanza lo mismo a los estudiantes que a los centros de Educación Superior y constituye al tiempo un factor de integración y cohesión del sistema universitario español.

Por todo ello, y a fin de incentivar la movilidad del alumnado entre las distintas universidades españolas, este Ministerio haacordado:

  1. Publicar la convocatoria de ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios 'Séneca' para el curso académico 2004-2005, que tiene como objetivos incrementar la diversidad y amplitud de la oferta educativa en la educación superior, con la consiguiente repercusión en la mejora de la formación de los estudiantes, potenciar las facilidades para que una parte de los estudios universitarios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se halle matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, y fomentar la movilidad de los estudiantes, consolidando operativamente un sistema universitario español más permeable y comunicativo.

  2. Esta convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Orden y en sus correspondientes bases, así como a lo dispuesto en:

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ('Boletín Oficial del Estado' de 14 de enero).

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones ('Boletín Oficial del Estado' del día 18).

    Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria ('Boletín Oficial del Estado' de 29 de septiembre), y modificaciones posteriores.

    Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas ('Boletín Oficial del Estado' de 30 de diciembre').

    Orden de 8 de noviembre de 1991 ('Boletín Oficial del Estado de 19 de noviembre) de bases de subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios del Ministerio de Educación y Cultura.

    Las demás normas vigentes que sean de aplicación.

  3. La financiación del programa será con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.07.423A.480 y 18.07.422D.446 de los Presupuestos Generalesdel Estado, previéndose un gasto máximo de 2.626.112 euros en 2004 y de 4.611.880 euros en 2005, en becas a estudiantes, y 92.686 euros en 2004 y 93.170 euros en 2005 en subvenciones a las universidades por su participación en el programa.

  4. Lainstrucción del procedimiento, que se iniciará el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, corresponde a la Dirección General de Universidades a través de la Subdirección General de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario, como unidad dependiente de la anterior.

  5. La concesión de las becas y subvenciones se efectuará por resolución del Secretario...

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