Decreto 44/1996, de 29 de Febrero, por el Que Se Declara Bien de Interes Cultural, Con Categoria de Monumento, a Favor de la Iglesia Parroquial En Suarbol, Municipio de Candin, (Leon).

MarginalBOE-A-1996-8281
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Castilla y León
Rango de LeyDecreto

La iglesia parroquial de Suarbol, situada en una de las pendientes de la sierra de los Ancares, en una situación aislada, constituye un original ejemplo de coexistencia de elementos artísticos propios del barroco clasicista del siglo XVII, con elementos de carácter tradicional.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 7 de marzo de 1995, incoó expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial en Suarbol, municipio de Candin, (León).

Con fecha 24 de mayo de 1995 la Universidad de León informa favorablemente esta declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura; visto el informe de la asesoría jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 29 de febrero de 1996, dispongo:

Artículo 1

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la iglesia parroquial en Suarbol, municipio de Candin, (León).

Artículo 2

La delimitación del entorno de protección es la siguiente:

Límite oeste: Línea paralela a la cara oeste de la iglesia, situada a 25 metros de la misma, desde la calle Quintario hasta su encuentro con el límite sur.

Límite sur: Línea paralela a la cara sur de la iglesia trazada a 35 metros del punto más extremo de la misma, desde el límite oeste hasta la calle de la Iglesia (vértice sureste).

Límite norte: Calle Quintario, desde vértice noroeste, línea que recoge por dicha calle todas las parcelas y edificios que dan a la misma, hasta el...

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