Decreto 111/2008, de 25 de julio, del Consell, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, de Utiel.

MarginalBOE-A-2008-20242
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunitat Valenciana
Rango de LeyDecreto

El artículo 49.1.5.ª del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell, a propuesta de la Conselleria competente en materia de cultura. Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la administración General del Estado.

Mediante Resolución de 17 de octubre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano y Museos, se acordó tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, de Utiel.

Dicha Resolución, con sus anexos, fue comunicada a los interesados en el expediente y al Ayuntamiento de Utiel, a quienes se les concedió trámite de audiencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, constan en el expediente los informes favorables de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos y del Consell Valencià de Cultura.

El expediente fue sometido a información pública por el plazo de un mes, y se han recabado los informes exigidos por el artículo 43 de la Ley del Consell.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, a propuesta de la consellera de Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 25 de julio de 2008, decreto:

Artículo 1

Se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, de Utiel.

Artículo 2

El entorno de protección afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural, así como el régimen de protección del mismo, queda definido en los anexos, que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

Disposición adicional única

La presente declaración se inscribirá en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición final única

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 25 de julio de 2008.-El President de la Generalitat, Francisco Camps Ortiz.-La Consellera de Cultura y Deporte, Trinidad María Miró Mira.

ANEXO I Artículos 1 a 10

Datos sobre el bien objeto de la declaración

  1. Denominación:

    Iglesia Nuestra Señora de la Asunción.

  2. Descripción:

    Basada en el Estudio Previo 93/2, de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.

    1. Inmueble objeto de la declaración.-La magnífica iglesia de Nuestra Señora de la Asunción, de Utiel, es un claro exponente del gótico meridional, que se define por la búsqueda de un espacio interior único, de formas rectangulares y cuadradas y marcadamente cerrado de cara al medio exterior. Con sistema perimetral de capillas entre contrafuertes interiores, responde a la tipología uninave tan difundida en la corona de Aragón y sur de Francia.

      Su construcción continúa la trayectoria iniciada en la segunda mitad del siglo XV de los edificios públicos, donde nuevas soluciones técnicas y elementos decorativos enriquecen las formas tradicionales, y cuando se introduce el uso de pilares y nervaturas torsos de sección helicoidal. Es entonces cuando se construye el edificio más significativo del período, la Lonja de Valencia (1483-98), y en el plano de la arquitectura religiosa es en la parte sur, en contacto con el influjo castellano (Utiel perteneció al marquesado de Villena), donde se levantan las obras más importantes. Entre ellas, destaca la iglesia de Santiago de Villena, por influencia de la Lonja de Valencia, de gruesos pilares torsos de vivas aristas y una banda de decoración esculpida a modo de capitel. También hay elementos de sección helicoidal en la ampliación de la catedral de Orihuela. En los pilares helicoidales, por su cronología la parroquial de Utiel se emparenta también con el convento de Santa Clara en Murcia y la parte de los pies de la Colegiata de Gandia.

      El templo consta de los siguientes elementos:

      a.1 La Nave Central: Amplio espacio rectangular rodeado de 5 capillas por cada lado, construidas entre los contrafuertes y un ábside de cinco lados, ochavado, con capillas de planta poligonal irregular de 4 y 6 lados.

      Mide en su interior 37,7 m. de longitud por 15,10 m. de anchura a los pies y 14,75 en el presbiterio, las capillas entre contrafuertes miden, entre ejes de las mismas 5,5 m las 4 primeras y 6,25 el resto, con una profundidad media de 3.5 m., lo que da un total de 22,40 m. de anchura. La altura de la nave es de 23 m.

      El interior está formado por una doble estructura de arcos apuntados, situados a dos niveles diferentes. El inferior marca el acceso a las capillas laterales y arranca en ménsulas de los contrafuertes a una altura de 9,80 m. y 12,80 m. de altura de la clave, las dovelas están formadas por sillares de piedra labrada.

      El segundo nivel marca el arranque...

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