Resolución de 12 de abril de 1983, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo por la que se modifican las de 19 de agosto de 1982 y 17 de febrero de 1983, relativas a la colaboración entre el INEM y las Corporaciones Locales para la realización de obras y servicios.

MarginalBOE-A-1983-13790
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución
.BüR-Núm.
114
13
mayo
19l13 13335
1.
Disposiciones generales
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
137;:;U
PLANTEAMIENTO
de
cuestión
de
inconstttucio-
nalidad.
MINISTERIO
DE
TRABAJO
Y
SEGURIDAD
SOCIAL
RESOLUCION
t:iB
12
d6
abril
de
1~.
de
la
Dtreo-
ción
General
del
Instituto
Naciona,l
a.e
Empleo,
par
la
que
se
mocilfi,can las
de
19
de
agosto
de
1982 Y
17
de
febrero
de
1983,
relattva.
a
la
colaboración
entre
el
INEM
ylas Corporaciones Locales
para
lo
realización
de
obras
y
servicios.
La
Resolución
de
la
Dirección_
General
del
Instituto
Nacio-
nal
de
Empleo
de
19
de
agosto
de
1982
establece
las
bases
de
colaboración
entre
el
lnstüuto
Nacional
de
Empleo
y
las
Cor-
poraciones
Loca.les
para
la
realizaoi6n
de
obras
y
servicios,
habiendo
sido
modificada
en
alguno
de
sus
puntos
por
1&
ct.
17
de
febrero
de
1983.
Considerándose
necesario
hacer
algunas
puntualizaciones
so-
bre
el
contenido
de
la
base
cuarta
de
la
Resolución
de
19
de
agosto
de
1982,
redactada,
en
parte,
nuevamente
por
la
de
17
de
febrero
de
1983,
Esta
Dirección
General
dispone
10
siguiente:
Las
Corporaciones
Locales
beneficiarias
aportarán
cuanta
documentación
se
les
requiera
a
estos
efectos
.•
Madrid,
12
de
abril
de
1983.-El
Director
general,
Pedro
Mon~
tero
Lebrero.
1.°
Queda
sin
efecto
el
apartado
d),
del
pu.nto
1,
de
la
Re-
solución
de
17
de
febrero
de
1983,
por
la
que
se
daba
una
nueva
redacción
al
párrafo
1.0
de
la
baae
cuarta
de
la
Resolución
de
la
Dirección
General
del
l}\TEM
de
19
de
agosto
de
1982.
2.0
La
base
cuarta
de
la
citada
Resolución
de
19
de
agosto
de
1982
queda
redactada
en
su
totalidad
de
la
forma
siguiente:
.Cuarta
......,.Transferencla y
Justificación
de
fondos.
a)
La
Dirección
Provincial
del
Instituto
Nacional
de
Empleo
transferiré.
alas
Corporaciones
LQcales
las
cantidades
correspon-
dientes
a
la
aportación
del
Instituto
Nacional
de
Empleo
a
cada
obra
o
servicio,
previa
certificación
periódica
de
la
parte
de
obra
ejecutada.
No
obstante.
podrá
transferir
8
las
Corporaeíones
Lo-
cales
benefieíarias
una
cantidad
inicial
a
mantener
oomo
rema-
nente
durante
la
ejecu€Üón
de
la
obra,
Que
deberé.
ser
tustificada
con
la
correspondiente
-certificación
de
liquidación,
y
reintegra-
do,
en
su
caso,
el
saldo
no
utilizado.
b)
.
El
ejercicio
de
la
función
interventora
respecto
a
las
cantidades
objeto
de
la
subvención
se
llevara
acabo
comorme
a
lo
dispuesto
en
el
Decreto
27W1964
de
Z1
de
J·UHO.
corres-
pondiendo
tal
función
a'
los
Interventores
Delega
os
de
la
In-
tervenci6n
General
de
la
Administración
del
Estado
en
las
distintas
provincias.
a
tenor
del
Real
Decreto
563/1981.
de
6
de
marzo.
ACUERDO
de
JO
de
noviembre
de
1982
sobre
mo-
daUdades
de
aplicación
de
ciertos
preceptos
del
ConY(lnio
Hispano-Andorrano.
de
14
de
abril
de
1978,
.obre
Seguridad
Social.
El
Subsecretario
para
1&
Segurldad
Soctal
del
Ministerio
de
Traba.jo
y
Seguridad
Social,
en
representación
de
las
Entidades
Gestoras
del
Sistema
de
.la
Seguridad
Social¡
El
Presidente
del
Consejo
de
Administraci6n
de
la
Caja
An-
dorrana
de
Seguridad
Social;
.
El
M.
l.
Consejero
de
Trabajo
y
Bienestar
Social¡
El
Director
de
la
Caja
Andorrana
de
Seguridad
Social,
Han
convenido
actualizar
108 textos -ya
vigentes,
de
1.
de
abril
de
1978.
en
orden
a
establecer
las
modalidades
de
aplica--
ci6n,
modificando
el
artículo
18'
del
Convenio
ylos
articulas
21,
22 Y
23
del
Acuerdo
Administrativo.
que
quedan
redactados
como
slgue:J
CAPITULO
3
Inv.lldez
Arttculo
18
El
artículo
14
del
presente
Convenio
ser'
aplicado
por
analo-
cia
a
las
prestaciones
por
invalidez
que
hayan
de
concederse
según
las
(lisposicioneB
legales
espadolu
'1
andorranas
13791
13790
DEL
GOBIERNO
ORDEN
de
10
de
mayo
de
1983.
de
corrección
d9
errores
en
la
in6erción
de
la
Ordr::1l
de
27 de
abril
de 1983,
por
la
que
se determina. la
estructura
orgá-
nica
de
la
Presidencia
del
Gobierno.
ExcelentíslmOil e
iluBtrlsimos
seftores:
137(.:.
PRESIDENCIA
Advertidos
diversos
eJTQres
en
el
articulo
11,
pluTafos
cua-
tro,
número
3, y
siete.
del
texto
remitido
al
..
Boletin
Oficial
del
Estado-
para
la
publicación
de
la
Orden
de
27
de
abril
de
1983,
por
la
que
se
determina
la
estructura
orgánica
de
la
Presidencia
del
Gobierno,
inserta
en
el
número
103.
de
30
de
abril
de
1003,
se
transcribe
8
continuaciÓn
la
redacción
correo-
ta
de
las
citadas
nonuas:
a)
Articulo
11,
cuatro,
3
'página
12044}:
.3.
ServIcio
de
Gestl6n
y
Régimen
Legal
de
Cuerpos
a
ex-
tinguir,
con
t~
Negociados
je:
-
Cuerpos
Técnico
y
Administrativo
a
extinguir.
-
Cuerpos
Auxiliar
y
Subalterno
a
extinguir.
-
Cuerpos
Especiales
a
extinguir
.•
b}
Articulo
11,
siete
(página)2045):
.Siete.-De
la
Secretaria
de
la
Comisión
Superior
de
Perso--
nal
dependerán
las
unidades
siguientes:
1.
Gabinete
Técnico
y
de
Estudios,
ron
tres
Negool&dos
de:
-
Secretaría,
Documentación
y
Archivo
de
la
Comisión
Su-
perior
de
Personal.
-
Tramitación
de
Expffi..ientes y
Actas
de
la
Clmisi6ri..
-
Fondo
Documenta.1 y
Bibllográfioo.
2.
Servicio
de
Estudios
y
Documentación.
3.
RegIstro
de
Personal,
con
tres
Negociados
de:
-
Análisis
y
Programación._
-
Explotación.
-
Coordinación
y
Codificación.
3.1
Servicio
de~
AnAlisis yEva.luacIÓn.
3.11
Sección
de
lnscrlpclones
y
Calificación
de
Personal
Funcionario,
con
tr'c'S
Negocia-dos
de:
-
Funcionarios
de
Carrera..
-
FuncionarlOs
de
Empleo
de
la
Adminlstt"'ELC'1ón
Central.
-
Funcionarios
de
·Empleo
de
la
Administración
Institucional.
3.1.2
SecciÓn
de
Inspecciones
y
Calificacitín
de
Personal
Con·
tratado
y
Vario.
con
tres
Negociados
de:.
-
Personal
Contratado
de
la
Administración
Central.
-
Persona.:
Contratado
de
la
Administración
Inl!Jt1tUO!onal
-
Personal
Laboral
y
Vario
sin
clasificar.
3.1.3
Sección
de
Proceso
de
Datos.
4.
Negociado
de
~a
Administrativa.-
Madrid,
10
de
mayo
de
1983.
MOSCOSO DEL PRADO YMUJ'rOZ
Excmos.
eIlInos.
Sres.
Secretarios
de
Estado,
Secretarlo
¡eneral
..,
Subsecrotario
de·)a
Presidencia
del
Goblemo.
El
Tribunal
Constitucional.
por
providencia
de
28
de
abril
actual.
ha
admitido
a
trámite
la
cuestión
de
tnconstitucionaJi·
dad
planteada
por
la
Magistratura
de
Trabajo
número
11
de
Madrid
y
que
ha
sido
remstrada
con
el
número
170/83.
por
supuesta
inconstitucionalidad
del
pl\rrafo
2.°,
de
la.
disposición
adlcional
5.a,
de
la
Ley 8/1980,
de
10
de
marzo,
del
Estatuto
de!
1rabaia.dor,
por
oposict6n
con
los
artículos
35.
14
Y 9
de
la
Constitución.
Lo
que
se
publica
para
general
conocimiento.
Madrid.
28
de
abril
de
1983.-El
Secretario
de
Justicia.

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