Corrección de erratas del Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo, por el que se modifican los Reales Decretos de 27 de mayo de 1912 y 8 de julio de 1922 en materia de rehabilitación de títulos nobiliarios.

MarginalBOE-A-1988-8549
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyCorrección
BüE
núm. 82 Martes 5
2.b:~n::.:l.cl.-:928~8
---:I:.::O~I=69
I.
Disposiciones generales
MINISTERIO
DE
ASUNTOS
EXTERIORES
En
el
párrafo sexto, línea séptima,
donde
dice: «el cual
puede
reclama})},
debe decir:
«el
cual pueda reclamaD).
En la disposición derogatoria, línea tercera,
donde
dice:
<
el
Que
modificó», debe decir: «por
el
que se modificó».
1.0
Que
se hace público para conocimiento general, completando
así
la
publicación efectuada
en
el
«Boletín Oficinl del Estado»
número 267, de 7de noviembre de 1986.
Madrid, 24 de marzo de 1988.-El Secretario general técnico,
José Manuel Paz Agüeras.
Padecidos errores
en
la inserción
dd
citado Real Decreto,
publicado en
el
«Bcletín Oficial
dd
Estado)) nc':mero 67, de
18
ce
marzo de 1988, pá;;inas 8507 y8508, se trans('riben
.:l
continuación
las oportunas rectificaciones:
En
el
párrafo quinto, línea segunda,
dcnG~
dice:
({sobre
re:,1.1>:;sh,
debe decir:
«sc~re
ReglJ.3)}.
8550
ORDEN
de
30
de
marzo
de
1988
por
la que
se
establecen
determinados
criterios en
materia
dehoma.
logación yconvalidación
de
títulos yestudios extranje·
ros
de
niveles
no
unú'ersitarios, y
se
fija
el
u!gimen
de
equivalencias con los
sistemas
educalivos
de
distintos
paises.
El número primero del
a..1.ículo
quinto
del Real Decre·
to
104/1geS. de 29 de enero
«-!.Boletín
Oficial del
Estado~
de 17.de
febrero) sobre homologación yconvalidación de títulos yestudIOS
extranjeros de educación no universitaria establece que
en
la
resolución de los expedientes de homologación oconvalidación se
estará alo dispuesto
en
los Tratados oConvenios Internacionales
en los que España sea parte yalas tablas de equivalencias de títulos
yplanes de estudios aprobados
por
el
Ministerio de Educación y
Ciencia.
El
numero segundo del
mismo
artÍCulo establece los
criterios Que habrán de seguirse para
la
elaboración de las tablas
mencionadas.
La
Orden
de
28
de noviembre de 1975 «Oficial del
Estado» de 5de diciemhre) fijó las convalidaciones de estudios
extranjeros
por
los
correspond!entt~s
españoles de Bachillerato y
segunda etapa de la Educación General Básica.
La
Orden de
13
de
octubre de
1981
(,{Boletín Oficial del Estado» de
20
de enero de
1932)
complcm~fJ~af,a
de la anterior, estableció
detennin~dos
requisitos que debían
cumplir
los expedientes de solicitud de las
convalidaciones de estudios extranjo;:ros
por
los correspondientes
espaüolcs de la segunda etapa ociclo superior de Educación
General Básica,
d~1
Bachillerato ydel Curso de Orientación
Universitaria. Diversas Ordenes,
por
10
demás, actualizaron el
régimen de equivalencias con los sistemas educativos de países a
los que se refiere la primera de dichas Ordenes oestablecieron las
equivalencias con los sistemas educativos de otros países
no
incluidos en la misma.
La publicación del citado Real Decreto 104/1988 yla experien·
cia en
la
aplicación de las Ordenes de 23 de noviembre de 1975 y
13
de octubre de
1931
aconsejan la actualización de su contenido
ysu refundición en una
norma
nueva que facilite el cumplimiento
de las obligaciones que los diversos órganos gestores del
Departa·
mento tienen en esta materia.
En su virtud, previo informe del Consejo Escolar del Estado y
en uso de la
automación
conferida
por
la disposición final del Real
Decreto 104/1988, de 29 de enero, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Los
alumnos que procedentes de sistemas educativos
extranjeros deseen incorporarse aalguno de los seis primeros
cursos de la Educación General Básica
no
deberán realizar
tramite
alguno de convalidación de estudios.
La
incorporación de dichos
alumnos
al
curso que corresponda se efectuará
por
el Centro
español
res~ctiyo
de acuerdo con la ('dad exigida
para
cada curso
ysegun la
normativa
general aplicable al respecto.
S'.~gundo.-La
homologación
)'
convalidación de estudios
realiza~
dos en uno omás sistemas educativos extranjeros exigirá la
superación com¡Jleta de todos yc;lda uno de los cursos anteriores
al
curso objeto de homolog3.ción oconvalidación, además de
la
de
este último, sin perjuicio de lo dispuesto
en
el
numero tercero de
la
presenle Orden.
~Terc{:ro.-Los
c:;tudios realizados en sistemas educativos
extran.
jeros
por
procedentes del siste:na educativo e:;pañol serán
objeto de homolo,;ación JI titulQ cspaiíol de
Graduado
Escolar oal
de Bachiller, siempre que
el
alumno haya aprobado tantos curses
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
CORRECClON
de
erratas del
Real
Decreto 22211988,
de
11
de
marzo, por
el
que
se
modifican los
Reales
Decretos de
27
de
mayo
de
1912 y8
de
julio
de
1922
en materia
de
rehabilitación.
de
andos
nobiliarios.
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
8547
ENTRADA
en
vigor
del
Canje
de
Notas
constitutivo
de
Acuerdo para modificar el Acuerdo
de
Cooperació;l
Técnica entre el Gobierno
de
España y
el
Gobierno
de
Guinea Ecuatorial para el d!?sarrollo
de
un
Programa
en materia socio-laboral yen especial
de
formación
profesional yempleo en Guinea Ecuatorial
de
17
de
octubre
de
1980. realizado en
JfaIabo
el 22
de
mayo
y
el
25
de
septiembre de 1986.
El
Canje de Notas constitutivo de Acuerdo para modificar
el
Acuerdo de Cooperación Tecnica entre el Gobierno de España yel
Gobierno de Guinea Ecuatorial para
el
desarrcHo de
un
Progmma
en
materia socio-Iaboral yen especial de formación profesiooa! y
err:pleo en Guinea Ecuatorial de
17
de octubre de 1980, realizzdo
en
Ma!abo
el
22 de mayo yel 25
de
septiembre
de
1986,
entró
en
vigor
el
16
de
febrero de 1988, fecha de la última de
13s
notificaciones cruzadas entre las Partes comunicándose
recíproc3~
mente el cumplimiento de sus respectivos trámites
l~gales
internos,
segü.n
se seilala
en
el
texto de las Notas.
Lo
Que
se
hac~
público para conocimiento general, completando
así la pubIicación efectuada
de
su aplicación provisional
en
el
«Boletín
Ofidal
del Estado» número 268, de 8de noviembre de
1986, ycorrección de errores en
el
«Boletín Oficial del Estado»
número 279, de
21
de noviembre de 1986.
Madrid, 24 de marzo de 1988.-EI Secretario general técnico,
José Manuel paz Agüeras.
8548
ENTRADA en
~·igor
del Acuerdo Complemewari:;,
de
Cooperación Tecnica b2fernaci(lna! en matEria Socicr
Laboral entre Espana yNicaragua, hf!cho en
Mana-
gua
el
16 de diciembre
de
1985. ypublicada su
aplicación provisional en
el
(Bolet¡'n Oficial
del
Estado»
mJ.mi;:ro
267,
de
7de noviembre de 1986.
El
Acuerdo Complementario de
Coo¿~rución
T¿cnica
Interna~
cional en materia Socio-Laboral entre España yNicaragua, hecho
en
Managua
el
16
de diciembre de 1985, entré
en
vigor el 26 de
febrero de 1988, fecha de la última de las notificac;ones cruzndus
entre las Partes comunicindose recíprocamente
el
cumplimiento
d~
sus respectivos requisitos
CO:1stitucionah"::s,
segun se
5>.':ñala
en
el
artículo IX del Acuerdo.
8549

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