Orden FOM/1859/2011, de 6 de junio, por la que se modifica la delimitación de la zona de servicio del Plan Director del Aeropuerto de Bilbao, aprobado por Orden de 17 de julio de 2001.

MarginalBOE-A-2011-11562
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

El Plan Director del Aeropuerto de Bilbao fue aprobado por Orden del Ministerio de Fomento de 17 de julio de 2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social y en el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio.

El artículo 166 de la Ley 13/1996, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, determina que el Ministerio de Fomento delimitará para los aeropuertos de interés general una zona de servicio que incluirá las superficies necesarias para la ejecución de las actividades aeroportuarias, las destinadas a las tareas complementarias de ésta y los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo y crecimiento del conjunto y aprobará el correspondiente Plan Director de la misma en el que se incluirán, además de las actividades contempladas en el artículo 30 (en realidad, 39) de la Ley de Navegación Aérea, de 21 de julio de 1960, los usos industriales y comerciales cuya localización en ella resulte necesaria o conveniente por su relación con el tráfico aéreo o por los servicios que presten a los usuarios del mismo.

Así, el Plan Director del Aeropuerto de Bilbao delimitó una zona de servicio que quedó configurada por un conjunto de líneas rectas y curvas representadas en el Plano n.º 4.3 de dicho Plan Director mediante las coordenadas UTM de sus vértices principales.

Esta Orden tiene por objeto la modificación de la delimitación de la zona de servicio prevista en el Plan Director del Aeropuerto de Bilbao, para redefinir el límite del sistema general aeroportuario en su extremo sureste, a petición del Ayuntamiento de Derio, con el fin de mejorar la configuración urbanística de la zona para la ordenación viaria del sector industrial.

Una vez analizadas las razones, y viendo la evolución del transporte aéreo, y de la explotación del Aeropuerto de Bilbao, Aena considera factible realizar un ajuste de la zona aeroportuaria indicada, sin que ello modifique sustancialmente la estructura y funciones establecidas en el Plan Director.

Se trata de una modificación de la zona de servicio, que tiene por objeto, la exclusión...

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