ORDEN FOM/3455/2006, de 26 de octubre, por la que se modifica la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento y en el ámbito de la Subsecretaría.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Noviembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-19581
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden
39354 Viernes 10 noviembre 2006 BOE núm. 269
vías públicas en las que tienen atribuida la vigilancia y el control de la
seguridad de la circulación vial.
2. Estructura organizativa de la entidad
Desde el punto de vista orgánico, la Jefatura Central de Tráfico se
articula en dos niveles, Servicios Centrales y Servicios Periféricos, más la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que funcionalmente depende
del Organismo para ejercer sus funciones en materia de vigilancia de la
circulación.
Es una organización con una relevante estructura periférica, que pre-
senta importantes grados de descentralización en la gestión administra-
tiva en el ámbito de las competencias del Organismo, bajo la supervisión
y directrices de los Servicios Centrales.
En cuanto a la perspectiva de su gestión económica, los ingresos pre-
sentan así mismo un alto grado de descentralización, siendo las Jefaturas
de Tráfico las encargadas de la recaudación de la mayor parte de ingresos:
tasas y multas principalmente. Respecto a la gestión de expedientes de
gastos, se centralizan en los Servicios Centrales.
1. Servicios Centrales.–La estructura y competencia de los Servicios
Centrales se definen en el artículo 10 del Real Decreto 1599/2004, por el
que se desarrolla la estructura básica del Ministerio del Interior.
A los Servicios Centrales se inscriben la Secretaría General y las corres-
pondientes Subdirecciones Generales que, además de las habituales cuestio-
nes administrativas, asumen competencias de carácter técnico.
Su organización es la siguiente:
Secretaría General:
Asume y coordina diversas funciones, de índole económica, de perso-
nal y de inspección de servicios, a través de las siguientes unidades:
Subdirección General Adjunta de Recursos Humanos: Se encarga de la
administración del personal, así como de su organización, empleo y for-
mación, y el seguimiento de la normativa sobre prevención de riesgos
laborales.
Subdirección General Adjunta de Administración Económica: Lleva a
cabo la elaboración y gestión presupuestaria de gastos e ingresos, así
como la contabilidad. También realiza proyectos de obras y de manteni-
miento del patrimonio del Organismo.
En este Ejercicio se ha finalizado el inventario de inmuebles, contando
ya con los datos actualizados correspondientes al registro de inmuebles,
tanto en lo que respecta a su titularidad como a sus valoraciones y amor-
tizaciones. Esto ha supuesto unos ajustes contables detallados en los
informes de las variaciones del inmovilizado no financiero.
Unidad de Inspección y Calidad de los Servicios: Realiza las funciones
de inspección y control a nivel interno.
Subdirección General de Gestión del Tráfico y Movilidad: Se encarga
de desarrollar las funciones sobre regulación, disciplina y seguridad del
tráfico, así como la ejecución de la infraestructura necesaria.
Subdirección General Adjunta de Circulación: Propone las instruccio-
nes a impartir a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que funcio-
nalmente dependen del Organismo.
Subdirección General de Sistemas de Información y Organización de
Procedimientos: Es responsable de los sistemas informáticos del Orga-
nismo a nivel Central y Periférico, así como del desarrollo de nuevos sis-
temas, mantenimiento y adaptaciones de los existentes.
Subdirección General de Educación, Divulgación y Formación Vial:
Desarrolla las funciones de regulación de las pruebas teóricas y prácticas
para la obtención de licencias y permisos de conducción, la aplicación del
régimen de autoescuelas y reconocimiento psicofísico, y de las materias
relativas a divulgación y educación vial en general.
Observatorio Nacional de Seguridad Vial: Es la responsable de la esta-
dística de accidentes de tráfico e investigación en su sentido más amplio,
estando adjunta a ella la Secretaría Permanente del Consejo Superior de
Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial, que elabora el Plan Nacional de
Seguridad Vial, de carácter anual, y que recoge las principales actuacio-
nes de los Organismos Públicos en dicho ámbito.
Subdirección General de Normativa y Recursos: Le corresponde la
realización de estudios, propuestas y la elaboración de anteproyectos y
disposiciones sobre tráfico y seguridad vial, así como la tramitación y
propuesta de resolución de recursos contra resoluciones sancionadoras
en materia de tráfico.
Cuenta con una Subdirección General Adjunta de Recursos.
2. Servicios Periféricos.–Están formados por las Jefaturas Provincia-
les, una por cada provincia, además de las Locales de Ceuta y Melilla y las
oficinas Locales de Sabadell, Gijón, Ibiza, Menorca, Cartagena, La Palma,
Lanzarote, La Línea de la Concepción, Santiago de Compostela y Vigo.
En relación con su estructura organizativa, están integradas por un
Jefe Provincial, Local o de Oficina. Se organiza en servicios cuyo número
depende del tamaño de la provincia.
3. Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.–La Agrupación de Trá-
fico depende funcionalmente del Organismo para la realización de sus
funciones y competencias en vigilancia y disciplina de la circulación. Está
integrada por cuarenta y cuatro Subsectores repartidos en todo el Estado,
con excepción del País Vasco y Cataluña, Comunidades Autónomas que
tienen aprobado el traspaso de competencias en materia de tráfico.
3. Organización contable
La organización contable del Organismo esta centralizada en los Servi-
cios Centrales a través de un Servicio de Contabilidad, integrado en la
Subdirección General Adjunta de Administración Económica.
El procedimiento contable se realiza a través del sistema informático
desarrollado por la Intervención General del Estado SIC-2. En el presente
ejercicio se ha implantado en el Organismo la aplicación informática
«Sorolla», también dependiente de la Intervención General, como sistema
de gestión presupuestaria.
4. Responsables de la entidad
Como máximo responsable del Organismo tanto a nivel de representa-
ción como de gestión está el Director General de Tráfico. En caso de
ausencia, vacante o enfermedad del Director General, asume dichas com-
petencias el Secretario General.
Asimismo, la responsabilidad de gestión es asumida a nivel de Servi-
cios Centrales por los Subdirectores Generales y Adjuntos, cada uno en el
ámbito de su competencia y a nivel de Servicios Periféricos por los Jefes
Provinciales y Locales de Tráfico en su ámbito geográfico
MINISTERIO DE FOMENTO
19581 ORDEN FOM/3455/2006, de 26 de octubre, por la que se
delegación de competencias en relación con los servicios
comunes del Ministerio de Fomento y en el ámbito de la
Subsecretaría.
El Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para
el impulso de la productividad y para la mejora de la contratación pública,
introduce diversas modificaciones en el texto vigente de la Ley de Contra-
tos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legis-
lativo 2/2000, de 16 de junio, incluyendo determinados aspectos de los
convenios firmados con otras Administraciones y de las encomiendas de
gestión que se realicen a las entidades y a los sociedades cuyo capital
pertenezca totalmente a la propia Administración pública.
Teniendo en cuenta el incremento producido de las colaboraciones de este
Ministerio con el resto de las Administraciones Públicas utilizando como instru-
mento la figura de la encomienda de gestión y al objeto de racionalizar y agilizar
el procedimiento de gestión de dichas encomiendas, se hace preciso modificar
determinados preceptos de la citada Orden de 19 de octubre de 2004, relativos a
la delegación de competencias en la Subsecretaria del Departamento.
Al propio tiempo es necesario adaptar la delegación de las competen-
cias de la Subsecretaria relativas a la administración de personal del
Ministerio a las nuevas figuras incluidas en el Plan Concilia, derivadas de
la Orden APU/3902/2005, de 15 de diciembre, por la que se dispone la
publicación del Acuerdo de la Mesa General de negociación por el que se
establecen medidas retributivas y para la mejora de las condiciones de
trabajo y la profesionalización de los empleados públicos.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.–El epígrafe A) del apartado Primero.2 de la Orden FOM/
3564/2004, de 19 de octubre, sobre delegación de competencias en rela-
ción con los servicios comunes del Ministerio de Fomento y en el ámbito
de la Subsecretaría, queda redactado de la siguiente manera:
«A) En los Subdirectores Generales, titulares de unidades y órganos
administrativos asimilables por su nivel o función, Presidentes o Directo-
res de Organismos Autónomos, conceder las vacaciones, permisos y
licencias con la excepción de los siguientes:
Licencias por enfermedad y sus prórrogas.
Licencias por asuntos propios.
Licencias y permisos por estudios.
Permisos por maternidad, adopción y acogimiento, y por paternidad.
Permiso sustitutivo de lactancia por jornadas completas.
Reducciones de jornada.
Flexibilidad de horario por conciliación de la vida familiar y laboral.»

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