ORDEN APU/2310/2004, de 1 de julio, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden APU/1851/2002, de 5 de julio, por la que se adjudican los puestos de trabajo vacantes en las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, convocados por Orden APU/1180/2002, de 13 de mayo.

MarginalBOE-A-2004-13069
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN APU/2310/2004, de 1 de julio, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden APU/1851/2002, de 5 de julio, por la que se adjudican los puestos de trabajo vacantes en las Delegaciones,

Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, convocados por Orden APU/1180/2002, de 13 de mayo.

En el recurso de apelación 322/2003 interpuesto contra la sentencia de 13 de marzo de 2003, dictada en el recurso tramitado por el procedimiento abreviado 152/2002 seguido en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.o 5 de Madrid, siendo parte apelada D. Antonio Pedro Palomar Gómez, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sentencia de fecha 29 de enero de 2004, en cuya parte dispositiva se desestima el recurso de apelación interpuesto, confirmando la sentencia recurrida.

En la parte dispositiva del Auto de 3 de abril de 2003, aclaratorio de la sentencia de 13 de marzo de 2003, anula la resolución impugnada por no ser conforme al ordenamiento jurídico y ordena retrotraer las actuaciones, a fin de que se proceda a realizar una nueva valoración de los méritos cuestionados en el recurso, con motivación suficiente de las puntuaciones concretas asignadas a cada uno de los candidatos y con la consiguiente adjudicación de dicho puesto de trabajo a quien proceda (número 29 del anexo A).

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de laLey Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada Sentencia y, en consecuencia, resuelve:

Primero.--Anular la adjudicación realizada a favor de D. Pedro Sánchez-Algaba Gil del puesto número 29 del Anexo A.

Segundo.--Reunida nuevamente la Comisión de Valoración con...

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