Orden PRE/662/2006, de 6 de marzo, por la que se aprueban los modelos de impresos para la liquidación de las tasas establecidas en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, gestionadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Marzo de 2006
MarginalBOE-A-2006-4304
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

Orden PRE/662/2006, de 6 de marzo, por la que se aprueban los modelos de impresos para la liquidación de las tasas establecidas en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, gestionadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Hasta la aprobación del Real Decreto 1620/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las tasas establecidas en la Ley 32/ 2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, el régimen aplicable en materia de tasas gestionadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información estaba constituido por los artículos 73 y 74 de la Ley 11/1998, de 24 de abril General de Telecomunicaciones, y en lo que se refiere a los modelos de liquidación de las tasas gestionadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la Orden de 12 de diciembre de 2001 por la que se aprueban los modelos de impresos para la liquidación de las tasas, en euros, establecidas en la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, gestionadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

La disposición transitoria primera , apartado 9, de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, establece que hasta tanto se aprueben y entren en vigor las normas de desarrollo del título VII, «Tasas en materia de telecomunicaciones», seguirán siendo de aplicación las disposiciones vigentes que establecen tanto las tasas como sus procedimientos de recaudación en materia de telecomunicaciones, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria quinta de la dicha ley y en su anexo I.

El Real Decreto 1620/2005, de 30 de diciembre, por el que se regulan las tasas establecidas en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, aborda el desarrollo reglamentario de la ley en materia de tasas, al completar y desarrollar la regulación de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, precisando, donde resulta necesario las reglas y criterio aplicables para la fijación de las tasas y estableciendo el procedimiento para su liquidación.

Así, se establece en su artículo 1 que «la tasa general de operadores, las tasas por numeración telefónica, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico y las tasas de telecomunicaciones establecidas en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, se regularán por lo...

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