Orden AAA/1169/2014, de 26 de junio, por la que se modifican diversas órdenes ministeriales relativas a ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y sus Organismos Autónomos en materia de quejas y sugerencias.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Julio de 2014
MarginalBOE-A-2014-7116
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y los artículos 52 a 54 de su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establecen que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Asimismo, el artículo 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas que incluyan datos de carácter personal serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos previa publicación de una disposición general en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el Marco General para la Mejora de la Calidad en la Administración General del Estado, se refiere en su capítulo IV, al programa de quejas y sugerencias, estableciendo la responsabilidad de los órganos y organismos incluidos en su ámbito de aplicación de determinar las unidades responsables de la gestión de quejas y sugerencias y de tramitar estas conforme al procedimiento establecido en el citado real decreto.

Determinadas las unidades tramitadores de quejas y sugerencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y analizada la información que manejan en la gestión de las quejas y sugerencias, se hace necesario la creación de nuevos ficheros de carácter personal que permitan dar cumplimiento a la normativa en materia de protección de datos personales y en especial, del mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su virtud, y previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos y de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica, dispongo:

Artículo 1 Modificación de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Uno. Se crea el fichero denominado «Quejas y sugerencias», que se incluye bajo la rúbrica Vicesecretaría General Técnica en el apartado Secretaría General Técnica del anexo I de la citada Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, con las siguientes especificaciones:

Secretaría General Técnica

Vicesecretaría General Técnica

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Quejas y sugerencias.

a.2) Finalidad y usos previstos: Tramitación y contestación de las quejas y sugerencias formuladas de acuerdo con el Real Decreto 951/2005, de 29 de junio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, en relación con los servicios centrales y los periféricos no integrados del Ministerio de Alimentación, Agricultura y Medio Ambiente.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Ciudadanos que formulan quejas y sugerencias.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI, dirección postal y electrónica, teléfono, contenido de la queja o sugerencia.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: A la Inspección General de Servicios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales de datos previstas.

f) Órganos responsables del fichero: Secretaría General Técnica.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Secretaría General Técnica.

Vicesecretaría General Técnica.

P.º de Infanta Isabel, 1. 28014 Madrid.

h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel básico.

Dos. Se crea el fichero denominado «Quejas y sugerencias», que se incluye bajo la rúbrica Agencia de Información y Control Alimentarios en el anexo I de la citada Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, con las siguientes especificaciones:

Agencia de Información y Control Alimentarios

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos...

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