Orden ARM/1863/2009, de 26 de junio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se regulan su composición y funciones.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Julio de 2009
MarginalBOE-A-2009-11562
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

Mediante Órdenes de 23 de diciembre de 2005 y 29 de mayo de 2006 se regularon la composición y funciones de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica de los suprimidos Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación (Orden APA/4138/2005) y de Medio Ambiente (Orden MAM/1743/2006).

El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales crea el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y suprime los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente, cuyas competencias pasan a ser desempeñadas por el Ministerio de nueva creación.

Posteriormente, el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Por otra parte, el Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica, estableció un nuevo marco de actuación para las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica y reguló sus competencias y su relación con los demás órganos colegiados regulados por dicho real decreto.

Todas estas disposiciones hacen necesaria la revisión de la normativa de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica de los departamentos suprimidos para crear una nueva Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que sustituya a las dos Comisiones anteriormente existentes.

Asimismo resulta aconsejable tener en cuenta en la nueva regulación las más recientes directrices relacionadas con la Administración Electrónica y muy especialmente las derivadas de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

En su virtud, previa aprobación de la Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto la creación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, como órgano colegiado responsable de la coordinación de la política del departamento y de sus organismos autónomos y agencias estatales en materia de administración electrónica y sistemas y tecnologías de la Información y de las comunicaciones y como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica.

  2. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se adscribe a la Subsecretaría del Departamento, a través de la Dirección General de Servicios.

Artículo 2 Funciones de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica.

La Comisión Ministerial de Administración Electrónica tendrá las siguientes funciones:

  1. Elaborar el Plan Estratégico del Departamento en materia de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones y Administración Electrónica, a partir de las propuestas de los distintos órganos y organismos públicos afectados y elevarlo para su informe por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.b) del Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica..

    A efectos de la planificación estratégica, se entenderá que las comunicaciones incluyen, al menos, los siguientes elementos:

    1. Servicios de transmisión de datos, tanto fijos como inalámbricos, y tanto interiores como de conexión al exterior.

    2. Comunicaciones de voz, tanto mediante telefonía móvil como fija.

    3. Servicios de Internet

    4. Otros servicios de telecomunicaciones de valor añadido.

    5. Alquiler de circuitos.

  2. Vigilar en el ámbito del Departamento, el cumplimiento de las directrices y el seguimiento de las pautas de actuación acordados por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica.

  3. Tramitar y enviar a la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas de los expedientes sujetos a informe técnico preceptivo de dicha Comisión, según lo previsto en los apartados a), b) y c) del artículo 10 del Real Decreto 589/2005

  4. Emitir los informes que, en relación con los expedientes de contratación en materia de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Administración Electrónica se detallan:

    1. El informe técnico de la memoria y los pliegos de claúsulas administrativas y de prescripciones técnicas, así como de los informes y documentación técnica necesaria de los contratos en materia de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Administración Electrónica que no estén sujetos al informe preceptivo de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica.

    2. Este...

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