ORDEN ITC/904/2008, de 28 de marzo, por la que se crea un registro electrónico en el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Abril de 2008
MarginalBOE-A-2008-5988
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común insta a las Administraciones públicas a promover el empleo y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Esta tarea de promoción recibió un impulso legislativo con la reforma efectuada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, cuyo artículo 68 modificó los artículos 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para habilitar la creación de registros telemáticos que facilitaran e impulsaran las comunicaciones entre las Administraciones públicas y los ciudadanos, así como el artículo 59 de esa misma ley, a fin de proporcionar la necesaria cobertura legal al régimen jurídico regulador de las notificaciones practicadas por medios telemáticos.

Las previsiones legales fueron desarrolladas por los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado y 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro. Estos reales decretos han sido modificados por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, que regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, completado a su vez por la Orden PRE/1551/2003, de 10 de junio, que desarrolla la disposición final primera del anterior real decreto, relativa a los requisitos técnicos de los registros y notificaciones telemáticas y prestación del servicio de dirección electrónica única.

Un nuevo impulso viene dado por la reciente Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que reconoce la relación con las Administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos, y como una obligación para tales Administraciones.

En aplicación de las referidas previsiones legales la presente orden tiene por objeto la creación de un registro electrónico en el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, habilitado para la recepción, remisión y tramitación de solicitudes, escritos y comunicaciones relacionados con determinados procedimientos que se especifican en el anexo I y cuya resolución es competencia del Instituto. En todo caso, la presentación de estos documentos por vía telemática se establece en esta orden como una vía adicional, no obligatoria para el interesado.

A fin de lograr la flexibilidad necesaria en un ámbito de continuo desarrollo, la orden recoge una delegación en el Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para incluir, en el ámbito del registro electrónico, otros procedimientos y trámites y nuevos modelos normalizados con el objeto de ampliar y adaptar progresivamente la utilización de medios telemáticos a otras áreas de la competencia del Instituto y a la evolución de las condiciones de prestación de sus servicios.

El texto de esta orden ha...

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