RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la construcción de centros de servicios sociales de atención especializada.

MarginalBOE-A-2004-8708
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la construcción de centros de servicios sociales de atención especializada.

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del IMSERSO, y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears parala construcción de centros de servicios sociales de atención especializada, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de abril de 2004.--El Secretario General Técnico, Javier Cepeda Morrás.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del IMSERSO, y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la construcción de centros de servicios sociales de atención especializada

Madrid, a 9 de marzo de 2004.

REUNIDOS

De una parte el Ilmo. Sr. Director General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales D. Antonio Lis Darder nombrado por Real Decreto 801/2002, de fecha 26 de julio, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre competencia para celebrar Convenios de Colaboración con Comunidades Autónomas, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

De otra parte la Honorable Sra. Consejera de Presidencia y Deportes,

D.a María Rosa Puig Oliver, en virtud del Decreto del Presidente del Gobierno de Illes Balears de 30 de junio de 2003, de nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas instituciones, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I

Que la Constitución Española establece entre los principios rectores de la política social y económica una amplia gama de compromisos, a los cuales deberán atenerse los poderes públicos. De una manera se prevé la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y la integración de los disminuidos (Art. 49), la promoción de bienestar social de la tercera edad (art. 50), y en definitiva, la promoción de las condiciones que permitan la mayor libertad, igualdad y participación de los individuos y de los grupos en los cuales se integran (art. 9.2).

En su artículo 149.1.17º, reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas. Por otro lado, en su artículo 148.1.20 dispone que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de asistencia social.

II

Que el Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo de reestructuración de Departamentos Ministeriales crea el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, al que correspondenlas competencias atribuidas hasta entonces al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y al Ministerio de Asuntos Sociales.

El Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, procediéndose a la supresión y refundición de determinados órganos del Departamento, en aplicación de criterios de racionalización y simplificación de estructuras, presentes en dicho Real Decreto. Asimismo fija en plazo de 3 meses...

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