Real Decreto 2105/1976, de 10 de agosto, por el que se aprueba la disolución de la Entidad Local Menor de Bezares, perteneciente al municipio de Valle de Valdelaguna (Burgos).

MarginalBOE-A-1976-17248
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Gobernacion
Rango de LeyReal Decreto
J7634
17248
.~.
(j.
Gel
E.-Num.
217
17250
REAL
DECRETO
21fJ7/1978.
de
10
de
agosto.
por
el
que
se
aprueba
la
disolución
de
la
Entidad
Local
MenOr
de
Villamanín.
perteneciente
al
Municipio
de
ViUamanín
(León)
.
. A
petición
de
la
mayoría
de
los
vecinos
cabezas
de
familia.
la
Junta
Vecinal
de
la
Entidad
Local
Mehor
de
Villamanin
per·
teneciente
al
Municipio
de
igual
denominación.
de
la'
proVincia
de
León,
adoptó
acuerdo
con
quórum
legal,
de
solicitar
la
cUsolUM
ción
de
la
Entidad,
debido
ala·e-sca6ez
de
recursos
para
elcum:'
pHmiento
de
los
servicios
obligatorios,
siendo
ratificado
dicho
acuerdo
por
el
Ayuntamiento
de
Villamanin
en
sesión
celebrada,
asimismo,.
Con
el
quórum
legal.
,
El
expediente-fue
sustanciado
conforme
a
lo
dispuesto
en
la
Ley
de
Régimen
Local y
en
el
Reglamento
de
Población
yDe~
marcación
Territorial
de
las
Entidades
Locales,
sin
que
durante
el
período
de
infonnación
pública.
a
que
estuvieron
sometidos
los
Muerdos
municipales,
Se
produjera
reclamación
alguna.
La
Diputación
Provi.ncial y
el
Gobierno
Civil
han
informa--
do
en
sentido
favorable
y
la
circunstancia
de
carencia·
de
re--
cursos
para
sostener
los
servicios·
mínimos
obligatorios
consti-
tuyen
los
notorios
motivos
de
n.eeeaidad'económiea
y
admini~
trativa
que
se
previene
en
los.
números
uno
de
los
artículos
veintiocho
de
la
Lév
de
Régimen
Loc:a.l
y
cincuenta.
y
uno
del
R~lamento
de
población
y
Demarcación
Territorial
de
las
En-
tidades
Locales
para
acordar
1&
disolución
de
la.
Entidad
Local
Menor.
En
su
virtud,
de
conformidad
con
los
dictámenes
emitidos
por
la
Dirección
General
de
Administración
Local
y.
Comisión
Per~
manente·
de
Consejo
de
Estado,
a
propuesta
del·
Ministro
de
le.
Gobernación
y.
previa
deliwraciÓR
del
Consejo
de
Minist,ros
en
su
reunión
del
día'
diEZ
de
a-gosto
de
mil
novecientos
setenta. y
SEis,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se.aprueba
la
disolución
de
la
Entidad
Lo-
cal
Menor
de
Villamanín,
perteneciente
al
Municipio
de
Villa·
manfn
íLeó,nl, con
la
reserva
a
los
habitantes
del
territorio
que
actualmente
pertenece
a
la
Entidad
que
-desaparece,
de
todos
los
derechos
de
cualquier
género
que
puedan
corresponderles.
Artículo
segundo.-Queda
facultado
el
Ministerio
de
la
Go-
bernación
para
dictarlas
dispOSiciones
que
pudiera
exigir
el
cumplimiento
de
este
Real
Decreto.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a
diez
de
agOsto
de
mil
nove-
oientos
setenta
y
seis.
'
REAL
DECRETO
2105/1976,
de
10
de
agosto,
por
el
que
se
aprueba
la
disolución
de
la
Entidad
Local
Menor
de
Bezares.
perteneciente
al
Municipio
de
Valle
de
ValdelagW1(l
(Burgos).
El
Ayuntarmiento
de
Valle
de
Valdelaguna,
de
la
provincia-
de
Burgos,
acordó,
con
el
quórum
legal
solicitar
la
disolución
de-
la
Entidad
Local
Menor
de
Bezares,
perteneciente
al
Municipio,
por
~
de
pOblación
suficiente
para
cumplir
los
servicios
admlnistrativos.
respetando
los
derechos
de
los
vecinos
dala
Entidad
a
los
bienes
patrimoniales
pertenecientes
ala.
misma.
El
expediente se
sustanció
conforme alo
dispuesto
en
la
Ley
de
Régimen
Local y
en
el
Reglamento
de
Población
y
Demar-
ca.cl6Ii
Territorial
las
Entidades
Locales y
durante
el
tré.mi;.
te
de
información
pública
aqUe e&iuvo
sómetido&l
acuerdo
munic1p1&l,
no
se
presentaron
reclamaciones
de
ninguna
clase~
El
Servicio
Provincial
de
In8peCCión y
Asesoramiento.
de
las
Corporaciones
L9Cales,
la
Diputación
Pro~inc.ial
y -
el
Gobierno
Civil
han
informadd
en
sentido
favorable y
las
circunstancias
qUe
existen
en
la
demarcación
de
la
Entidad
Local Mel,lor
que
carece
de
medies
JI'
personas
para.
cumplir
las
obligaciones
de
su
competencia,
imponen
su
disolución
legal,
pór
concurrencia
obvia
de
188
causas
establecidas
en
los
núm-Ert'oouno,
de-
los
a.r~
tfculos
veintiocho
de
la
Ley
de
Régimen
LOca1
y
cincuenta
y
uno
del
Reglamento
de
Población
y
Demarcación
Territorial
de
las
Entidades
Locales.
En
su
Virtud,
de
conformi(1ad
con
10$
dictá.menes
enlittdos
PQ'l'
la-
Dirección
General
de
Administración
Local y
Comu,lónPer-
manente
?el
Consejo
~e
Estado,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
GobernacIón y
previa
deliberación
del
Congejo
de
Ministros.
en
su.
reunión
del
día
diez
d~agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
seiS.
DISPONGO,
Articulo
primero,-Se
aprueba.
la
disolución
de
la
Entidad
-Lo-
cal
Menor
de
Bezares,
perteneciente
al
Municipio
de
Valle
de
Valdelaguna
(Burgos).
debiendo
conservar
los
habitantes
de
la
zona
de
la
Entidad
que
&e
disuelve,
todos
Sus
derechos
sobre
los
bienes
a
ella
pertenecientes.
Artículo
segundo.-Queda
facultado
el
Ministerio
de
la.
Gober-
nación
para·
dictar
las
disposiciones
que
pudiera
exigir
el
CU!ID-
plimlento
de
este
Real
Decreto.
Dado
en
Paloma
de
Mallorca
a
diez
de
ago.sto
de
mil
nove·
cientos
setenta
yseis.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
da
la
Go~rnación,
RODOLFO
MARTIN
VILLA
El
Ministro
de
la
Goberruu:ión.
RODOLFO MARTIN VILLA
JUAN
CARLOS
17249
17251
REAL
DECRETO
2106/1976,
de
10
de
agosto,
par
el
que8g
aprueba
la'
cUsolución.
de-
la
Entidad
Loool
Menor
de
Albocabe,
pertenectent-e
al
Muntcipiode
Alíud
(Soria).
El
Ayuntamiento
de
Aliud
•.
de
la
provincia
de
Soria
acordó
con
el
quórum
legal
SOlicitar
la
disolución
de
la
Entid8d
Local
Menor
de
Alboc&b&,
debido
8.
suíalta
de
población.
El,
e~pediente
se
&uS~ció
conforme
a
lo
dispuesto
en
1&
Ley
d,e
Reg~n
~ocaly
ene!
Reglamento
de
Población
y
Demarca~
CiÓ:r;t
Terntonal
de
las
Entidades
Locales, y
durante
el
período
~
Información
pública
a.que·estuVD
sometido
el.a.cueroo
muni
..
Olpal
no
se
presentaron
reclamaciones
de
ninguna.
clase
La
~putación
Provincial
y
el
Gobierno
Civil
han
informiLdo
en
senüdo
favorable
y
la
OÍrcunstancia
de
le,
oo,spObladóncM
la
Entidad.
impone
su
disolución
legal.-
por
concurrencia
de
las
cauosa.s
establecidas
en
los
números
uno
de
lOe
artículos
veinti-
ocho
de
la
Ley
de
Régimen
Local
y
cincuenta
y
uno
del
Regla..
mento
de
Población
yDemarcació¡.¡
Territorial
de·laB
Entidades
Locales, ,
En
su.
virt,?d,
de
conformidad
con
los
dictámenes
.
emitkloe
por
la, DIreCCIón
General
de
Administración
Local
yComisión
Permanente
del
Consejo
de
Estado,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernaci~
yprevi.a
d~liberaci6n
del
Consejo
deMinis,..
tros,
en
su
t:euP.IÓll
del
día
diez
de
agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
BeIS,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se
aprueba
la
disolución
de
la
Entidad
LocaJ
Menor
de
Albocabe,
perteneciente
al
Municipio
de
AUud
(Sorra)
Artí:ulo
segund:o.-Queda
fa.cultado
el
Ministerio
de
~.Go
bernacló~
.
para
dictar
las
disposiciones
que
pudiera
exigir
el
cumpllimento
de
es.te
Real
Decreto.
Dado
en
Palma
de
Mallor<:>
a
diez
de
~gosto
de
mil
no-
vecientos
setenta
y
seis.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
la
Gobernación
RODOLFO MARTIN
VILLA'
REAL
DECRETO
2108/1976,
de
10
de agosto,
por
el
que
se
aprueba
la
incorporación
de
la
Entidad
L()-
cal
Menór
de
Meona
ala
de
Doroiio,
pútenecien-
tes
al
Municipio
de
Condado
de
Trevifto,
de
la
pro.-
vincia
de
Burgos.
El
Ayuntamiento
de
Cóndado
de
Treviño,
de
la
provincia
de
Burgos,
adoptó
acuerdo
con
el
quórum
legal
de
promover
la
in-
corporación
de
la
Entidad
Local
Menor
de
Me8;Ila a
la
limítrofe
de
Dorofio.
debido
a
10
&SCaso
de
su
población.
carencia
de
re..-
curSos
y
la
concurrencia
de
notorios
motivos de·
necesidad
eco-
nómiqo-admlnístr&tiva.
1&
Entidad\LocaJ.
Menor
de
Meana
acor
..
'no
oponerse
a
la
incorporación
y
la
de
DorOño
aceptar
la
in':'
e<>rporaclón propueata.
El
expediente
se. sustanclci....con
arreglo
a
las
norID&s
de
proce-
dimiento
contenidas
&n
la
Ley
de
Régimen Local
,y
en
el
Regla--
mento
de
Población
y
Oeroarcaa1ón
Territorial
de.
las
Entidades
Locales
para
la
incorporación
de
municipiOQ·
que
se
han
aplica-
do.
Por
analogla
al
Presente expediente.
sin
reclamaclón
alguna
durante
el
penodo
deinformactón
pública-
aq11&
estuvieron
so-
metidoalOg
acuerdos,
según
se
certifica,
Las
autoridades
y
Organismos
de
la
Administración
Pública
consqltados
no
ven
inconveniente
algunO'
en
que
Ele
lleve
a
cabo
la
incorporación
proyectada,
siendo
asimismotavorable
ellntor~
me
del
servicio
Proviooial
de
Inspección
y
Asesoramiento
de
las
Corporaciones
Locales
y
la
Diputaclón
Provincial.
concurrien-
do
en
el
expediente
lascausa.sexigidas
en
el
articulo
catorce,
en
relación
con
el
apartado
el
del
articulo
treoed~
la-
vigente
Ley
de
Régimen'
Local,
aplicables
por
analogía,
las·
cuales
aconsejan
la'
incorporación
de
la
Entidad.
En
su
virtud,
de
conformidad
con
los
dictámenes
emitidos
por
la
Dirección
General·
de
Administración
Loca.l y
Comisión
Per--
manente
del
Consejo
de
Estado,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernación
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros,
en
su
reunión
del
di81diez
de,
agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
99Ís,
DISPONGO,
Artículo
primero.
Aa
aprueba
Ia
incorporación
de
la
Enti-
dad
Local
Menor
de
'Meana
a
la
de
Dorofto,
pertQneoientes
al
MunicipIo
de
Condado
de
Treviño
(Burgos).

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR