Resolución de 6 de octubre de 2011, de la Secretaría General de Universidades, por la que se concede la Mención hacia la Excelencia a los programas de doctorado de las universidades españolas.

MarginalBOE-A-2011-16518
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

Por Orden EDU/3429/2010, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 4 de enero de 2011), se hizo pública la convocatoria para la concesión de una Mención hacia la Excelencia a los programas de doctorado de las universidades españolas.

Concluido el proceso de evaluación de los estudios de doctorado presentados en plazo, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), de conformidad con el artículo 7.6 de la citada Orden ha elaborado un informe definitivo individualizado y razonado para cada solicitud. Dichos informes han sido remitidos a las universidades solicitantes.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 de la orden de convocatoria, sobre criterios de evaluación, han obtenido el informe favorable los programas que han conseguido una puntuación igual o superior a 50 puntos en cada uno de los criterios a), b), c), d), e) y f) y cuya puntuación global ponderada ha sido igual o superior a 70 puntos.

La Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 9 de la Orden de convocatoria, ha elaborado la propuesta de concesión de la Mención hacia la Excelencia a los programas de doctorado teniendo en cuenta el informe favorable de evaluación de ANECA y los criterios aplicados en el proceso de concurrencia de programas por ramas de enseñanza y por las disciplinas científicas en las que los programas de doctorado han sido encuadrados por ANECA. Esta propuesta se ha trasladado a la Dirección General de Política Universitaria, que a su vez ha elevado la propuesta de concesión al Secretario General de Universidades

En consecuencia y de conformidad con el artículo 4.2 de la Orden EDU/3429/2010, de 28 de diciembre, esta Secretaría General ha resuelto:

Primero.

Conceder la Mención hacia la Excelencia a los programas de doctorado de las universidades que se relacionan en el anexo I y publicar en el anexo II los programas que habiendo obtenido el informe favorable de ANECA, no han accedido a dicha Mención en la fase de concurrencia competitiva a que se refiere el artículo 9.3 de la mencionada Orden ministerial.

Los programas de doctorado admitidos a trámite que no figuran relacionados en los anexos citados, no han recibido informe favorable por parte de ANECA.

Segundo.

De acuerdo con el Artículo 3 de la convocatoria, el período de validez de la Mención será para los cursos académicos 2011-2012, 2012-2013, 2013-2014, y su vigencia decaerá en el caso de interrumpirse la oferta del programa durante el período de...

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