Orden ECI/1091/2007, de 2 de abril, por la que se convoca la concesión de la Mención de Calidad a programas de doctorado de las universidades españolas.

MarginalBOE-A-2007-8635
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Los cambios iniciados en el curso académico 2006-2007, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado, han incidido de forma notable en la organización e iniciación de los nuevos programas de posgrado, de los que forman parte los másteres y los doctorados. Esta adaptación continuará en los próximos cursos académicos, hasta completar el tránsito a la nueva estructura de la enseñanza universitaria de posgrado, configurada en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior.

En este proceso, la Mención de Calidad debe constituir una referencia en los programas de formación de nuevos doctores, exigencia por otra parte, derivada de la cada vez mayor interacción de los sistemas universitarios nacionales en el Espacio Europeo de Educación Superior, que se inscribe en las políticas de calidad de nuestro sistema universitario que se prevén expresamente en la Ley Orgánica de Universidades.

La presente convocatoria introduce modificaciones con respecto a las anteriores, con el objeto de facilitar el proceso de presentación de solicitudes y la documentación correspondiente. Asimismo simplifica los procedimientos de evaluación y amplia el plazo de validez de la Mención de Calidad.

De una parte, se dispondrá de una herramienta informática para la presentación de la solicitud y de la información relativa al programa. Por otra, se simplifica el proceso de evaluación, de acuerdo con la propuesta de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), estableciéndose dos únicos procedimientos, uno para la concesión de la mención de calidad y otro para las sucesivas renovaciones.

Finalmente se ha considerado preciso prolongar el periodo de validez de las menciones de calidad; por ello, la validez de dicho período se amplía de uno a cuatro cursos académicos y, consecuentemente con ello se introduce un sistema de seguimiento anual de la Mención de calidad a lo largo de todo el periodo de validez de la misma.

Se mantienen, por otra parte, el informe provisional de evaluación de ANECA, previo a la resolución de la convocatoria y la desvinculación de esta convocatoria con la de ayudas para financiar la movilidad de profesores y alumnos, así como los gastos asociados al desarrollo de estos programas.

De conformidad con lo anterior, y mediante la presente Orden, se hace pública la convocatoria para la concesión de la Mención de Calidad a programas de doctorado de las universidades españolas.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, dispongo:

Capítulo I

Normas de aplicación general

I.1 Objeto de la convocatoria.

I.1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la concesión y renovación de la Mención de Calidad a programas de doctorado de las universidades españolas.

I.1.2 Los programas de doctorado deberán ajustarse a la normativa específica que regula los estudios universitarios oficiales de posgrado, establecida en el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, así como en el Real Decreto1509/2005, de 16 de diciembre y el Real Decreto 189/2007, de 9 de febrero por los que se modifican algunas disposiciones del Real Decreto 56/2005, de 21 de enero. Así mismo será de aplicación el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el Tercer Ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de posgrado.

I.1.3 Se entiende por programa de doctorado, al conjunto de actividades coordinadas conducentes a la obtención del título de Doctor. Dichas actividades estarán organizadas en un periodo de formación y un periodo de investigación, que deberán ajustarse a lo dispuesto a la normativa señalada en el punto anterior.

I.1.4 La Mención de Calidad se otorgará al programa de doctorado con la denominación específica de las actividades que comprende y constituirá un reconocimiento a la solvencia científico-técnica y formadora del programa en su conjunto y de los grupos o departamentos que desarrollan la formación doctoral. La obtención de la Mención de Calidad facultará, igualmente, a las universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para participar en los programas de ayudas que, en convocatorias específicas, articula el Ministerio de Educación y Ciencia.

I.1.5 Los programas de doctorado que obtengan la Mención de Calidad serán integrados en una relación de programas de doctorado de Calidad de las Universidades españolas. Dicha relación será pública y constituirá un referente de garantía de la calidad que podrá ser utilizado, entre otras, para las siguientes finalidades:

  1. Participación en los programas nacionales de subvenciones y ayudas competitivas de fomento y promoción de la Educación Superior y la Investigación Científica, así como de las políticas de formación de recursos humanos en los mencionados ámbitos. Este referente será utilizado, en todo caso, en la convocatoria de becas del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario.

  2. Asignación de recursos, tanto de la propia Institución como externos, públicos o privados.

  3. Cooperación con el sector empresarial, así como con otras entidades e instituciones tanto nacionales como internacionales.

    I.1.6 La publicación de la relación de programas de doctorado de Calidad corresponderá a la Dirección General de Universidades, que será responsable de su difusión y actualización periódica.

    I.2 Condiciones de participación.

    I.2.1 Podrán participar las universidades españolas que en el curso 2007-2008 desarrollen programas de doctorado ajustados a lo expuesto en el apartado I.1.2 de la Presente Orden, que habiliten para la obtención del título oficial de Doctor y que cumplan los requisitos establecidos en la legislación que regula el doctorado que en cada caso les sea de aplicación, así como los específicos contenidos en esta convocatoria.

    I.2.2 En el caso de estudios de doctorado adaptados al Real Decreto 56/2005 de 21 de enero (BOE de 25 de enero de 2005), modificado por los Reales Decretos 1509/2005 y 189/2007, la solicitud deberá presentarse una vez que dichos estudios sean aprobados por el Consejo de Gobierno de la universidad. La obtención de la Mención de Calidad por parte de estos programas quedará condicionada a su inclusión en la relación de programas oficiales de posgrado de nueva implantación.

    I.2.3 Los programas de doctorado estructurados de conformidad con el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril (BOE de 1 de mayo), deberán presentarse una vez aprobados por la Comisión de Doctorado y adecuarse a lo establecido en dicho Real Decreto. En aplicación de la mencionada legislación no serán admitidos aquellos programas que no reúnan las siguientes condiciones:

  4. en el curso 2006-2007 no hayan tenido matriculados un mínimo de diez estudiantes.

  5. se impartan en el extranjero sin las debidas autorizaciones a que hace referencia el Real Decreto 778/1998 y la Ley Orgánica de Universidades.

    I.2.4 Los programas de doctorado que concurran a la presente convocatoria, con cambios sustanciales con respecto a las condiciones con las que obtuvieron la Mención de calidad en el curso 2006-2007, deberán presentarse para nueva concesión. Con carácter general se considerará que se produce una modificación sustancial cuando:

  6. exista una variación en las universidades o instituciones participantes, con la excepción de aquellos casos en los que no suponga alteración en el programa ni en el profesorado.

  7. los cambios afecten al conjunto de la oferta formativa, que altere de forma sensible las condiciones por las que se obtuvo la mención de calidad.

  8. cambios en la participación de profesores que alteren el valor del historial científico y técnico del grupo.

    I.2.5 También deberán presentarse para nueva concesión aquellos programas con Mención de Calidad vigente en el curso 2006-2007 que para en el curso 2007-2008 se encuentren en alguna de las situaciones que se detallan a continuación, salvo que la nueva edición del mismo no suponga alteración en el programa ni en el profesorado:

  9. Doctorados con Mención de Calidad regulados por el RD 56/2005, integrado por varios doctorados anteriores y que en la presente convocatoria vuelven a presentarse por separado o con la baja de alguno de ellos.

  10. Programas con Mención de Calidad regulados por el RD 778/1998, con participación de varias universidades, cuando alguna de ellas concurre a la presente convocatoria con el programa adaptado al RD 56/2005.

  11. Los programas con Mención de Calidad que se adaptan al RD 56/2005 en la presente convocatoria uniéndose en un único programa con otros que no tenían la Mención de Calidad.

  12. Todos los programas con Mención de Calidad, tanto los regulados el RD 56/2005 como los que lo están por el RD 778/1998, con la participación de varias universidades y que para la presente convocatoria causa baja o alta alguna de ellas.

  13. Los programas con Mención de Calidad otorgada en el curso 2006-2007 como adaptados al RD 56/2005 y que en dicho curso académico se impartieron conforme a lo regulado en el RD 778/1998.

    I.2.6 Los programas de doctorado que concurran a la convocatoria podrán ser de ámbito nacional o internacional; en su organización y desarrollo, podrán participar una o varias universidades e instituciones.

    I.2.7 Las condiciones de participación para los programas de doctorado en los que participan varias universidades son:

  14. La existencia del convenio interuniversitario en el que se especifique la universidad coordinadora.

  15. Que el programa formativo sea común para todas las universidades incluidas en la propuesta.

  16. Que exista participación de profesores y alumnos de todas las universidades participantes.

    I.2.8 El responsable de la organización y desarrollo del programa de doctorado deberá ser un profesor con vinculación permanente a la Universidad en la que se imparte. En el caso de las solicitudes de programas de doctorado con...

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