Real Decreto 479/1984, de 11 de enero, por el que se Melilla, y sobre el que se asienta una edificación, acuerda la enajenación directa de un solar, sito en

MarginalBOE-A-1984-5821
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
BOE.-Núm.
57
7
marzo
1984
6419
El
Ministro
de
Economia
f
Hacienda.
MIGUEl:
BOYER
SALVADOR
da
de
CAcares
....
iendo
de
cuenta
de
la
Corporación
adqUirente
todos los
gastos
originados.
en
la
tramitación
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real Decreto.
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
S8
Uevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid-.8
11
de
enero
de
1984.
JUAN
CARLOS
·R.
5823
REAL
DECRETO
481/1984,
de
11
de
enero.
por
el
que
Be
accede a
ta
rsversión
solicitada
por
el
Ayun·
tamiento
de
Almohartn
(Cáceres)
de
un
inm",eble
que
donó
al
Estado
.
..
El
Ayuntamiento
de
Almoharín
(Cáceres)
donó
al
Estado·
un
inmueble
sito
en
el
mismo
término
municipal,
con
una
superfi-
cie
de
3.220.metros
cuadrados
con·
el fin
de
construir
una
casa
cuartel
para
la
Guardia
Civil. La
donación
fue
formali.7.ada
en
escritura
pública
de
U
de
marzo
de
1975.
Dicha
Corporación
ha
solicitado
la
reversiÓn
del
inmueble
por
haberse
desistido
de
cumplir
el fio
de
la
donación, petición
que
ha
sido
infor-
mada.
favorablemente
por
el
Ministerio
del
Interior.
Por
todo
lo
expuesto,
,y a
propuesta
del
Ministro
de
Econo-
mia
y
Hacienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo.
de
Ministros
en
_
su
reuniÓn
del
día
11
de
enero
de
1984,
El
Ministro
de
Economía
y
Hacienda,
MIGUEL BOYER SALVADOR
58
24
REAL
DECRETO
48211984,
de
25
de
enero.
por
el
,
que
'B
accede ala
reversión
al
Ayuntamiento
de
Useras
lCa.teUón)
de
un
inmueble¡
stto
en
!fU
t4r-
mtno
munk:tpat
El
Ayuntamiento
de
Useras
(Castellón)
ha
solicitado
la
rever-
sión
de
un
inmueble,
sito
eo
su
término
municipal,
con
118
me-
tros
cuadrados
de
solar
,1
527
de
superficie
edificada;
sito
_
el
paraje
..
Vilabella-,
que
en
su
día
donó
al
Estado
para
C8sa-cuar-
tel
de
la
Guardia
Civil.
la
cual
ha
prestado
Su
confo.rmidad
por
no
serie
preciso
para
sus
servicios el
inmueble
sollcitado. .
JUAN
CARLOS R.
DI
S P O
NG
O,
Artículo
V'
De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
articu-
Jo
63
de
la
Ley de)
Patrimonio
del Estado,
S8
acuerda
la
ena·
lenación
directa
a
favor
de
don
José
Mario
L6pez,
con
domi-
cilio
en
Malilla,
calle
Cadete
Pérez
Pérez,
30,
de
un
solar
pro-
piedad
del
Estado
y
sobre
el
que
S8
asienta
una
edlcaci6n,
que
a
continuaci6n
se
describe:
Finca
urbana
sita
en
Melilla, calle
Falangista
MeUveo. 30,
con
una
8uperficie
iOtal
de
38
metros
cuadrados,
oon
los
linderos
siguientes:
Derecha,
número
18
de
la
calle
Falangista
MeUveoj
izquierda,
número
22
de
la
misma
calle;
fondo,
Cadete
Pérez
Perez,
17.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
a
favor
del
Estado.
al
tomo 171, Ubro
170,
foli-o
234,
finca
8.751,
inscripción
l."
,
Art. 2.° El
precio
total
de
dicha
adjudicaci6n
es
de
catorce
mil
ciento
ochenta
y
nueve
(14.189) pesetas,
las
cuales
'debe-
rán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adjudicatario
~nel
plazo
de
quince
días,
"-
partir
de
la
notificación
por
la
Dele-
gación
de
Hacienda
de
Malilla.
siendo
también
por
cuenta
del
interesado
iOdos los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
ex,.
pediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimie.nto del
presente
Real
Decreto.
Art;
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
y •
tra·
vés de
la
Direcci6n
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
lle-
varán
a
cabo
los trAmites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dad~
en
Madrid
a
11
de
enero
de
1984.
El
Ministro
de
EconomJa yHacienda.,
MIGUEL BOYER SALVADOR
DISPONGO,
Articulo
1
..
0
Se
accede a
la
reversión
en
favor
del
Ayunta-
miento
de
Almoharín
(CAceres)
de
un
inmueble
que
donó
al
Estado
para
la
construcci6n
de
una
casa
cuartel
para
la
Guar-
dia
Civil
en
dicho
término
municipal,
~e
la
cual
se
ha
desis-
tido,
cuya
donación
fue
aceptada
en
escritura
otorgada
el
12
de
marzo
de
1975,
lindando
el
inmueble
que
revierte
de
1&
si·
guiente
forma:
Norte, con
vía
públicaj
f)ur
'i
Este,
con
Casi-
mira
lñiguez
Llanas.
Art
..
2.° En
la
escritura
de
reversi(m
que
se
otorgue
se
hará
constar
la
formal
declaraci6n
dtH
Ayuntamiento
al
que
revier·
te
el
bien
de
que
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo
en
la
situación
de
hocho y
de
derecho
en
que
actualmente
se
encuen-
tra
considera
enteramente
satisfecho
su
derecho
•.
sin
que
.tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado
por
ningún
-concepto
deri-
vado o
relacionado
con
la
donación.
conservación
y
reversión
de
aquél
y
de
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos los
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
pública
en
que
s~
formalice.
Art.
3.°
Por
el
Ministerio
de
Economía Y
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
.&
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Reál Decreto.
Dado en
Madrid
a
'11
de
enero
de
1984.
·JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS
R
El
Ministro
de
Economía
y
Hacienda,
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
REAL
DECRETO
480/1984, de 11
d~
ene,.o,
'l0r
el-
que
'13
acuerda
la.
enajenación
directa
de
un
solar
sito
en
MeUUa
y
sobre
el
que
Be
asienta
una. -edi-
ficaclón.
Por
don
José
Mann
López se
ha
interesado
la
adjudicación
de
un
solar
propiedad
del
Estado.
sito
en
Melilla,
calle
de
Fa-
langista
Mellveo,
20,
-como
pcupante
de
la
edificación
existente
sobre
el mismo.
Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
la
cantidad
de
14.189·
pesetas
por
los Servicios
Técnicoscorr8SPondientes
del
formidad
a
la
enaj
enaclÓn
el
Ministerio
de
Defensa,
según
lo
Mínisterto
de
Economía
y
Hacienda.
habiendo
prestado
su
con-
que
determina
el Real
Decreto
263611982,
de
12
de
agosto.
Concurren
en
el
presente
caso
circunstancias
que
justifican
hacer
uso
de
la
autorización
conoedida
por
el
articulo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
16
de
abril
de
1964.
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
361
del
Código' Civil.
En Su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economia
y
Ha·
denda.
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
8U
reunión
del
día
11
de·
enero
de
19Bi.
5822
5821
DISPONGO,
Articulo
1.0
"De
conformidad_con
10
dispuesto
en'
el
artícu-
lo 63
de
la-
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
se
acuerda
1&
ena·
¡ena~ión
directa
a
favor
de
don
Sebastián
Villar
López,
con
domicilio
en
Melilla,
calle-A.
Bazán,
bloque
3.°,
portal
4• .:;egun·
do
izquierda,
de
un
solar
propiedad
del
Estado
y
sobre
el
que,
se
asienta
una
edificación,
que
a
continuaciqu
se
describe:
Fmca
urbana
sita
en
bAelilla,
calle
Falangista
Meliveo, 16.
ba-
rrio
Calvo Sotelo, con
una
superfiCie
total
de
42
metros
cua-
c;Jrados,
con
10$
linderos
siguientes:
Derecha,
Falangista
Meli-
veo, 18;
izquierda,
Falangi~ta
Meliveo,
14,
y
frente,
Cadete
Pé·
rez Pérez,
s/n.
Inscrita
en
el Registro
de
la
Propiedad,
a
favor
del Estado, al tomo 171,
libro
170,
folio 220,
finca
8.628,
inscrip-·
CJÓn
L"
Art.
2.°'
El
precio totaI"de
dicha
adjudicación
es
de
diecisiete
mO
doscienki.s
noventa
y
siete
U7.297) pesetas,
las
cuales
de-
berán
ser
ingresadas
en
el Tesoro
por
el
adjudicatario
dn
el
plazo de
quince
dias, a
partir
de
la
notificación
por
la
Dele-
gación
de
Hacienda
de
Melilla,
siendo
también
por
cuenta
del
interesado
todos los
gastos
originados
en
la
tramitaci6n
del
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real Decreto.
Art.
3'.°
Por
el
Ministerio
de
Econom1a y
Hacienda,
y a
tra-
vés
de
la
_Dirección
General
del
Patrimonio
del Estado,
se
Ue~
varan
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en él
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a
11
de
enero
de
1984.
RE.4L
DECRETO
479/1984,
de
11 de
¡mero;
oor
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
un
solar
sito
en
Melala
ysobrB
el
qUe
se
asienta
una
edi·
ficación.
Por
don
Sebastián
Villar
L6pez se
ha
Interesado
la
adjudi-
caci6n
de
un
solar,
propiedad
del
Estado,
sito
en
Melilla.
calle
de
Falangista
Meliveo, 16, como·
ocupante
de
la
edificaci6n
existente
sobre
el mismo. Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
la
can-
tidad
de
17.297
pesetas
por
los Servicios Técnicos oo1TElspondien-
tes
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.
habiendo
prestado
su
conformidad
a
la
enajenaciÓn el
Ministerio
de Defensa,
según
lo
que
determina
el
Real
Decreto 263611982,
de
12
de
agosto.
Concurren
en
el.
presente
Caso
circunstancias
que
¡usUfic_ao
hacer
uso
de
la
autorización
concedida
por
el
articulo
63
de
la
Ley
del.Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964,
eo
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
361
del
Código Civil.
En .
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economía yHa-
deuda,
y
previa
deliberaciÓn
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
enero
de
ltJa4,

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