RESOLUCIÓN de 15 de junio de 1999, de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan becas «Turismo de España» 1999 para la realización de prácticas de alta dirección en empresas españolas de hostelería y restauración por profesionales españoles y extranjeros que desempeñen tareas directivas.
Marginal | BOE-A-1999-16539 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN de 15 de junio de 1999, de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan becas 'Turismo de España' 1999 para la realización de prácticas de alta dirección en empresas españolas de hostelería y restauración por profesionales españoles y extranjeros que desempeñen tareas directivas.
Las Órdenes de 21 de marzo de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' de 1 de mayo) y 10 de julio de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' del 16), regularon el programa de becas 'Turismo de España' de estudio, investigación y práctica profesional en materia turística para españoles y extranjeros.
En virtud de lo dispuesto en las citadas Órdenes y de conformidad con el artículo 149.1.13/1.15 de la Constitución ('Boletín Oficial del Estado' de 29 de diciembre de 1978), referido a la competencia exclusiva del Estado sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y sobre el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica; el artículo 66 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo ('Boletín Oficial del Estado' del 4); la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ('Boletín Oficial del Estado' del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero ('Boletín Oficial del Estado' del 14); el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, en redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social ('Boletín Oficial del Estado' del 31); los Reales Decretos 259/1996, de 16 de febrero, sobre incorporación a la Universidad de los estudios superiores de turismo ('Boletín Oficial del Estado' de 5 de marzo);
2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas ('Boletín Oficial del Estado' del 30); 765/1996, de 7 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Interior y de la Presidencia ('Boletín Oficial del Estado' del 8), y 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda ('Boletín Oficial del Estado' del 6), y con el fin de dar cumplimiento a la Ley 12/1996, de 30 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 31) que aprobó los Presupuestos Generales para 1997, como a la Ley 49/1998, de 30 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 31), de Presupuestos Generales del Estado para 1999, que incluye en el Presupuesto de la Dirección General de Turismo, y dentro del capítulo 'Transferencias corrientes', crédito presupuestario para el concepto 'Becas para alumnos de Turismo',
Esta Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa, existiendo crédito suficiente en el vigente presupuesto de gastos en la aplicación presupuestaria 15.24.751.A-484 y siendo estas ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dispone la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas enunciadas en el epígrafe, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera--Número. Dotación. Titulación. Duración:
Número: 25. 10 becas para españoles y 15 becas para extranjeros.
Dotación: 1.000.000 de pesetas/brutas/beca, si las prácticas se realizan en el país de origen del becario. 1.800.000 pesetas/brutas/beca, si las prácticas se realizan en otro país.
Duración: Las prácticas se realizarán durante 1999 y una duración máxima de tres meses. Las empresas serán propuestas por la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa.
Todos los becarios deberán suscribir pólizas de seguro de asistencia sanitaria y accidentes válidas en el país donde realicen las prácticas, por el período de duración de la beca.
Segunda.--Requisitos de los solicitantes:
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Profesionales del sector turístico privado que puedan acreditar cinco años de experiencia en el ejercicio de la profesión y que en el momento de la presentación de la solicitud estén desarrollando funciones en puestos directivos.
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Dominio de castellano e inglés y buen conocimiento de francés o alemán.
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No haber tenido con anterioridad la condición de adjudicatario de ninguna beca 'Turismo de España'.
Tercera.--Condiciones e incompatibilidades:
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Las becas no podrán destinarse a objeto diferente de aquél para el que fueron concedidas. La Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa deberá autorizar cualquier variación de la actividad objeto de la beca.
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La concesión y disfrute de una beca no establece relación laboral o estatutaria alguna con la empresa a la que quede adscrito el beneficiario, ni implica compromiso alguno por parte del organismo receptor, en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla del mismo.
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La solicitud de la beca y su posterior aceptación, en caso de adjudicación, implicarán la conformidad con dispuesto en las bases de esta Resolución, así como lo establecido en las Órdenes de 21 de marzo de 1997 y de 10 de julio de 1997, por las que se establecen las bases del programa de becas 'Turismo de España'.
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La percepción de la beca no será compatible con el disfrute de otras ayudas, ya sea con cargo a fondos públicos españoles o de la Unión Europea (en este caso, únicamente para aquellos adjudicatarios cuyos estudios o prácticas se realicen en zonas objetivo 1 de España --se indican en anexo 4-- o que residan en dichos ámbitos geográficos).
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El control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de las becas concedidas se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, en la presente Resolución y en el artículo 8 del Reglamento...
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