RESOLUCIÓN DE 27 DE MAYO DE 1997, de la Secretaria de Estado de Comercio, turismo y de la Pequeña y Mediana empresa, por la que se delegan determinadas competencias en los Directores generales de Comercio exterior y Politica comercial e Inversiones exteriores.

MarginalBOE-A-1997-11605
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El artículo 4.1 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye la competencia para la designación de comisiones de servicios con derecho a indemnizar al Subsecretario del Departamento. La Resolución de 5 de junio de 1996, de la Subsecretaría, por la que se delegan competencias en materia de recursos humanos en determinados órganos del Ministerio de Economía y Hacienda, delegaba en la Secretaría General Técnica la competencia para designar comisiones de servicio con derecho a indemnización previstas en el artículo 3.1 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sin perjuicio de las delegaciones expresas sobre la materia en otros órganos del Departamento.

Posteriormente, la Resolución de 3 de septiembre de 1996, de la Subsecretaría, delegó en los Directores generales de Comercio Exterior y Política Comercial e Inversiones Exteriores la designación de las comisiones de servicios con derecho a indemnización relativas al personal adscrito a los respectivos centros directivos.

Así las cosas, la Resolución de 24 de marzo, de la Subsecretaría, para racionalizar y reducir los gastos de funcionamiento de este Ministerio, exige la autorización de los Secretarios de Estado o del Subsecretario para autorizar la comisión de servicios con derecho a indemnización cuando los correspondientes viajes se pudieran realizar en una clase superior a turista, excepto en los viajes realizados para asistir a reuniones en los órganos institucionales de la Unión Europea.

Las competencias a que hace referencia la Resolución citada en el párrafo anterior son obviamente delegables, resultando conveniente proceder, teniendo en cuenta la frecuencia de los viajes que debe realizar el personal adscrito a las Direcciones Generales de Comercio Exterior y Política Comercial e Inversiones Exteriores, a efectuar la correspondiente delegación a favor de los titulares de los respectivos centros directivos.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.-Se delega en el Director general de Comercio Exterior la autorización de las comisiones de servicios con derecho a indemnización previstas en el artículo 3.1 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19), relativas al personal destinado en este centro directivo, o en los Centros de Inspección del Comercio Exterior...

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