Orden AEC/2496/2007, de 23 de julio, por la que se conceden becas del «Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales» de la Escuela Diplomática, del curso académico 2006-2007.

MarginalBOE-A-2007-15512
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

En el BOE núm 141, de 13 de junio, se publicó la orden AEC/1700/2007, de 31 de mayo, por la que se convocan becas para alumnos españoles que cursen el Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales que se imparte en la Escuela Diplomática, para realizar prácticas en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y en Embajadas, Misiones Permanentes o Consulados Generales de España en el extranjero.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto 6, de la citada Orden, para la concesión de becas de la Escuela Diplomática y a propuesta de la Comisión de Valoración, reunida al efecto, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, ha resuelto:

Primero: Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 2007 12.01.23.141 M.483,00, 51 becas del programa de becas de prácticas a los alumnos españoles del Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales del curso académico 2006-2007, según la relación que se adjunta como Anexo I.

Primer beneficiario/a: Cristina Díaz Cuevas.

Último beneficiario/a: Raúl Baigorri Guerra.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada Orden consiste en una dotación mensual, durante un periodo de doce meses, cuyo importe aparece en el citado Anexo I, más una ayuda de viaje que figura en el Anexo II.

Segundo: Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden Ministerial AEC/1700/2007, de 31 de mayo de 2007 (BOE núm.141, de 13 de junio).

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Transcurrido el plazo máximo fijado, sin que se haya dictado ni notificado resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 23 de julio de 2007.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

ANEXO I

Comisión de Valoración del proceso de selección del programa de becas de prácticas regulada en el punto 6, de la Orden AEC/1700/2007, de 31 de mayo por la que se convocan las becas para alumnos españoles que cursen el Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales que se ha impartido en la Escuela Diplomática durante el curso académico 2006-2007, para realizar prácticas en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o en Embajadas, Misiones Permanente o Consulados Generales de España en el extranjero

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