DECRETO 190/2001, de 12 de julio, por el que se declara el puente y calzada de Masegoso, en Pozalmuro (Soria), como bien de interés cultural con categoría de monumento.

MarginalBOE-A-2001-18731
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Castilla y León
Rango de LeyDecreto

El puente de Masegoso sobre el río Rituerto, en Pozalmuro (Soria), está realizado en sillería y mampostería de buena factura. Las características de este puente situado en la vía número 257 de Astúrica a Caesaraugusta, permiten su datación como de época romana.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 7 de septiembre de 1998, incoó procedimiento para la declaración del Puente de Masegoso, en Pozalmuro (Soria), como bien de interés cultural con categoría de monumento.

Con fecha 16 de julio de 1999, la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, en el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y en el Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 12 de julio de 2001,

DISPONGO:

Artículo 1

Se declara el puente y calzada de Masegoso, en Pozalmuro (Soria), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Artículo 2 Entorno de protección.

Se trata de definir el ámbito espacial necesario para encauzar jurídica y materialmente la protección del monumento, en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asiente, previniendo la posible degradación de su valor histórico.

Se define su entorno de protección como el área de 30 x 30 metros, cuyo centro coincide con el centro geométrico del puente, de tal manera que desde el eje del puente se toman 15 metros aguas arriba y 15 metros aguas abajo, y otros 15 metros en dirección perpendicular...

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