Resolución de 14 de diciembre de 1992, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se dispone la publicación del Manual de Procedimientos de Gestión de Recursos Humanos en materia de vacaciones, permisos y licencias, comisiones de servicios y reingresos al servicio activo.

MarginalBOE-A-1993-1258
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio Para Las Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

El actual proceso de modernización de los servicios públicos que está siendo impulsado por el Gobierno mediante el Plan de Modernización de la Administración del Estado, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de noviembre de 1991, tiene uno de sus ejes de actuación estratégica en la racionalización de los procedimientos administrativos con vistas a simplificar la gestión interna y prestar un servicio más personalizado a los ciudadanos.

Entre los instrumentos más utilizados a estos fines por las modernas Administraciones Públicas se encuentran los manuales de procedimiento, en los que se contiene el tratamiento esencial de una materia, lo que facilita al gestor la adopción de las decisiones oportunas en cada caso, según criterios de eficacia y economía procedimental.

En esta línea se incluye el en materia de vacaciones, permisos y licencias, comisiones de servicios y reingresos al servicio activo, resultado del trabajo de un equipo interministerial de expertos y que ha sido recientemente editado por el Ministerio para las Administraciones Públicas.

Sobre los procedimientos objeto de este Manual se ha llevado a cabo una labor de racionalización de las actuales prácticas administrativas, lo que permite la fijación de criterios de actuaciones comunes de obligado cumplimiento para homogeneizar el tratamiento y solución de los casos planteados cuando éstos reúnan unas iguales o similares características, así como la formulación de recomendaciones de carácter orientativo con el fin de simplificar trámites administrativos y evitar molestias a los interesados.

El referido Manual incorpora, asimismo, determinados contenidos de la Instrucción de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 21 de diciembre de 1983, y de circulares de la Dirección General de la Función Pública, de modo que, en las materias tratadas en el Manual, no será necesario utilizar este tipo de directivas de actuación para sustituir o modificar aspectos de gestión de los procedimientos descritos, sino que bastará para ello con actualizar la redacción del Manual, en la parte correspondiente.

En su virtud, en uso de las facultades atribuidas en el artículo 2. del Real Decreto 221/1987, de 20 de febrero, y previo informe de la Comisión Superior de Personal, he resuelto:

Primero.-Disponer la publicación del en materia de vacaciones, permisos y licencias, comisiones de servicios y reingresos al servicio activo, que figura como anexo a esta Resolución.

Segundo.-Cualquier modificación que se produzca en los criterios de actuación, modelos de impresos o consejos de buena gestión especificados en dicho Manual se efectuará mediante la correspondiente actualización del mismo.

Tercero.-Por la Dirección General de la Función Pública se dispondrán las medidas necesarias para la difusión y periódica actualización del Manual.

Cuarto.-Quedan sin efecto el apartado sexto, 4, de la Instrucción de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 21 de diciembre de 1983, y modificado el apartado sexto, 3, de la citada Instrucción en cuanto al régimen preferente y no necesario del inicio de los turnos de vacaciones.

Madrid, 14 de diciembre de 1992.-El Secretario de Estado para la Administración Pública, Justo Zambrana Pineda.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Departamentos Ministeriales y Directora general de la Función Pública.

ANEXO

Manual de procedimientos de gestión de recursos humanos

Presentación.

Introducción

Según un estudio Delphi efectuado por el Ministerio para las Administraciones Públicas, los problemas básicos en materia de Recursos Humanos, a juicio de los directivos de la Administración Central y Periférica del Estado son, en primer lugar, la normativa dispersa y los procedimientos complejos y, en segundo término, la falta de competencia y autonomía de los centros directivos.

Por lo que respecta a la dispersión normativa, la doctrina científica ha señalado que el derecho actual de la Función Pública está formado por una mezcolanza de viejos y nuevos preceptos: a la Ley de Funcionarios Civiles del Estado que data del año 1964 ha venido a sumarse, ya en la época actual, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma para la Función Pública, modificada, a su vez, por la Ley 23/1988, de 28 de julio, acompañadas unas y otras de una copiosa producción reglamentaria. Todo este complejo entramado normativo se despliega, desde el punto de vista de la gestión, en más de cien procedimientos administrativos, según el cálculo de los expertos, lo cual hace de las normas en materia de personal en la Administración Pública, un campo de especialización que sólo dominan aquellos funcionarios que se dedican profesionalmente a la gestión de personal y que es conocido sólo superficialmente por aquellos a quienes estas normas afectan y atañen directamente.

Esta situación de confusión normativa e inflación reglamentaria, de una parte, y de multiplicidad de procedimientos administrativos, de otra, ha contribuido a la pervivencia, más allá de lo deseado, de un enfoque tradicional en la política de personal de la Administración Pública, basada casi exclusivamente en la aplicación de las normas jurídicas para acomodar una realidad variada y compleja como es la que afecta a los recursos humanos en la Administración del Estado a lo dispuesto con carácter categórico en preceptos concretos que corresponden a un deber ser normado, a pautas fijadas con carácter especulativo que a veces por su antigüedad, defectos técnicos o ausencias de regulación no se adecuan a esa realidad social formada por conductas, necesidades y exigencias de la Administración y de los funcionarios.

Esta tensión entre racionalidad administrativa formal y realidad social puede desembocar, en el peor de los casos, en un reglamentarismo y luego en un burocratismo, muy alejado de la concepción moderna y renovada de los Recursos Humanos en la Administración Pública.

Por ello el enfoque prescriptivo, basado en la aplicación rigurosa de unas normas técnicas a los casos concretos y en el establecimiento de procedimientos administrativos orientados fundamentalmente hacia el control, está siendo sustituido en las modernas Administraciones Públicas por un nuevo enfoque que, partiendo de la validez de lo afirmado con carácter general en las normas jurídicas de mayor rango, acepta y comprende la variedad de situaciones personales que pueden darse en la Administración y flexibiliza la conducción y aplicación de los procedimientos administrativos, entendidos éstos como estructuras integradas no sólo ya exclusivamente por títulos competenciales y trámites administrativos prefijados, sino además, por criterios o principios comunes de actuación y por consejos de buena gestión, cuya práctica se recomienda a los gestores para conseguir una gestión de mayor calidad y perfección en el tratamiento y solución de los asuntos que afectan a los Recursos Humanos.

El Manual de Procedimientos de Gestión de Recursos Humanos se ha estructurado de acuerdo con este nuevo enfoque en capítulos y epígrafes. Cada capítulo consta de los siguientes epígrafes: introducción, normas legales o reglamentarias, criterios de actuación, competencia, procedimientos, impresos y circuitos y consejos de buena gestión.

-La introducción consiste en un enfoque general sobre el tema objeto de cada capítulo mediante el cual se pretende dar al gestor de Recursos Humanos las orientaciones y consejos básicos que le permitan actuar los procedimientos administrativos propios del área de gestión descritos con criterios de equidad, eficacia y responsabilidad.

En esta introducción se señalan también cuáles son las principales novedades que se introducen como medidas de mejora de la gestión de los procedimientos de este área.

-Las normas legales o reglamentarias definen los derechos o situaciones administrativas objeto de los procedimientos.

El Manual parte de considerar la validez jurídica y formal de las normas legales y reglamentarias cuyo contenido es conocido de todos los gestores.

En lo que respecta a las normas de carácter complementario (Instrucciones, Circulares, etc.), éstas han sido revisadas y su contenido, en su caso, incorporado a los distintos elementos estructurales de los que se compone cada capítulo del Manual.

-Los criterios de actuación tienen por objeto unificar las prácticas de gestión de los procedimientos en materia de Recursos Humanos para aplicar unos principios comunes ante situaciones iguales o equivalentes. Para fijar estos criterios de actuación se han utilizado en el Manual distintas fuentes: Acuerdos de la Comisión Superior de Personal estimados válidos y actuales, jurisprudencia de los Tribunales, en su caso, información derivada de las consultas y reclamaciones del personal, experiencia probada de los gestores, etc.

El seguimiento de estos criterios por parte de los gestores de Recursos Humanos resulta de obligado cumplimiento para homogeneizar el tratamiento y solución de los casos planteados.

-La competencia para la resolución de los procedimientos viene fijada, por lo general, en normas legales o reglamentarias de primer grado, cuyas referencias se indican en los correspondientes epígrafes. En ocasiones y en aplicación de los principios de desconcentración, de responsabilidad y de autonomía de la gestión, se recomienda a quienes tienen atribuida la competencia, la delegación en los centros y servicios a su cargo para simplificar la tramitación de los procedimientos y agilizar la gestión administrativa.

-En relación con los procedimientos en sí, se describen en el Manual las principales actuaciones que son de la responsabilidad de los distintos órganos administrativos que toman parte en la conducción y resolución de los procedimientos descritos tanto en forma normativa como gráficamente.

-En los epígrafes de impresos y circuitos, se reseñan los modelos de impresos normalizados que se utilizan con carácter común...

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