RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se otorga un mandato a determinadas entidades para que lideren la emisión del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a diez años mediante el procedimiento de sindicación.

MarginalBOE-A-2004-11021
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se otorga un mandato a determinadas entidades para que lideren la emisión del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a diez años mediante el procedimiento de sindicación.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece en el artículo 94.1 que la creación de Deuda del Estado habrá de ser autorizada por Ley y, en el artículo 98, que corresponde al Ministro de Economía autorizar las operaciones y establecer los procedimientos a seguir para su contratación y formalización, previendo la delegación de tales facultades, de forma ordinaria, en el Director General del Tesoro y Política Financiera. A este respecto, el artículo 99 dispone que, en los términos que determine la delegación o autorización, la citada Dirección General podrá proceder a la emisión de valores denominados en moneda nacional o en divisas, en el interior o en el exterior, estableciendo su forma de representación y demás características, pudiéndose fragmentar en el tiempo la colocación de una emisión y utilizar, en los distintos tramos, técnicas de emisión diferentes y precios distintos.

En 2004, el Real Decreto 5/2004,de 9 de enero, en virtud de la autorización contenida en el artículo 46 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004, ha dispuesto que el Ministro de Economía podrá autorizar la emisión de Deuda del Estado, hasta el límite fijado en el citado artículo 46 de la Ley 61/2003, y ha establecido los criterios a los que ha de ajustar el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en la Ley 47/2003, General Presupuestaria.

En su desarrollo, la Orden del Ministerio de Economía ECO/30/2004, de 14 de enero, ha dispuesto la creación de Deuda del Estado durante el año 2004 y ha delegado determinadas facultades en el Director General del Tesoro y Política Financiera, delegaciones que han sidoratificadas por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/1112/2004, de 28 de abril. En particular, el apartado 4.2. de la Orden ECO/30/2004 establece que la emisión de Deuda del Estado se efectuará por el Director General del Tesoro y Política Financiera mediante subasta (que se celebrará conforme a las reglas hechas públicas con anterioridad a la celebración de la misma) o mediante cualquier técnica que, en función del tipo de operación, se considere adecuada, como ceder parte...

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