RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por de la entidad 'Credit Lyonnais España, Sociedad Anónima' contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña María Elena Calvo Fernández, a prorrogar una anotación preventiva de embargo.

MarginalBOE-A-2002-19780
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por de la entidad 'Credit Lyonnais España, Sociedad Anónima' contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña MarÃa Elena Calvo Fernández, a prorrogar una anotación preventiva de embargo.

En el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Raquel Guerra López, en nombre de la entidad 'Credit Lyonnais España, Sociedad Anónima', contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña MarÃa Elena Calvo Fernández a prorrogar una anotación preventiva de embargo.

Hechos

I

Con fecha 2 de septiembre de 1994, la entidad 'Credit Lyonnais España,

Sociedad Anónima' interpuso demanda de juicio ejecutivo contra don Vashi. L. K. y doña Manuela G. C. en reclamación de cantidad, del que conoció el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santa Cruz de Tenerife (antes Juzgado de Primera instancia Instrucción número 10), en autos de Juicio Ejecutivo número 406/1994.

En dicho procedimiento se le embargaron a los demandados una serie de bienes inmuebles entre los que se encuentra la finca objeto del presente recurso, finca registral número 858 (antes 47.887) al folio 146 del libro 17 de Santa Cruz de Tenerife, inicialmente perteneciente al Registro de la Propiedad número 1 de Santa Cruz de Tenerife y posteriormente al número 4 del mismo Registro, practicándose la anotación preventiva letra E con fecha 21 de octubre de 1997.

La anotación preventiva de embargo con letra F se practicó el 21 de octubre de 1997, por lo que caducaba legalmente a los cuatro años, es decir, el 21 de octubre de 2001. La entidad 'Credit Lyonnais España, Sociedad Anónima' presentó escrito al mencionado Juzgado con fecha 6 de junio de 2001 y volvió a reiterar el 17 de julio de 2001 solicitando que se librara Mandamiento al Registro de la Propiedad número 1 de Santa Cruz de Tenerife, a fin de que se prorrogara la anotación preventiva de embargo sobre la finca 858, antes 47.887, lo cual fue acordado por el repetido Juzgado mediante Providencia de fecha 11 de septiembre de 2001.

II

Presentado mandamiento en el Registro de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número uno, el 27 de septiembre de 2001, fue calificado, por el Registrador de la Propiedad número 4 y con fecha 30 de noviembre de 2001 con la siguiente nota: 'Calificado el precedente mandamiento, queda suspendida la prórroga de embargo en el solicitada, sobre la participación indivisa perteneciente a don Vashi L. K. de la finca número 858, primitiva 47.887, al folio 148 del...

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