Orden INT/1921/2007, de 11 de junio, por la que se hacen públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos, y se indica lugar, día y hora para la realización del primer ejercicio para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, convocado por Orden INT/1182/2007, de 28 de marzo.

MarginalBOE-A-2007-12774
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

Por Orden INT/1182/2007, de 28 de marzo, del Ministerio del Interior, se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria (Boletín Oficial del Estado de 3 de mayo de 2007).

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se declara aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, de las pruebas de referencia, en el Anexo que se adjunta.

Al mismo tiempo se establece que:

Primero.-Los Anexos I, II y III serán expuestos en las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas, en Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas. Los Anexos II y III serán publicados en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.-El primer ejercicio de la fase de oposición será el día 18 de julio de 2007, a las 16,30 horas, y se realizará en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (3.ª Planta), sita en la C/ Alcalá n.º 38-40 de Madrid. Los aspirantes concurrirán a la prueba provistos del documento nacional de identidad o pasaporte, y bolígrafo.

Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, se concede a los aspirantes un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, para la subsanación de errores u omisiones que hubiese en las citadas listas.

Cuarto.-Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el error u omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas selectivas.

Quinto.-Frente a los actos de exclusión definitivos dictados por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad convocante en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional competente, pudiendo interponerse en este caso recurso...

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