Ley Foral 15/1991, de 27 de marzo, de cuentas generales de navarra de 1989.

MarginalBOE-A-1991-29680
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de navarra

Hago saber que el Parlamento de navarra ha aprobado la siguiente

Ley Foral de cuentas generales de navarra de 1989

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de La Ley Organica de reintegración y Amejoramiento del régimen Foral de navarra, corresponde a la Diputacion la elaboración de los Presupuestos Generales y la formalización de las cuentas para su presentación al Parlamento, a fin de que por esté sean debatidos, enmendados y, en su casó, aprobados, todo ello conforme a lo que determinen las leyes forales.

El artículo 110 de La Ley Foral 8/1988, de la Hacienda pública de navarra, atribuye al departamento de economía y Hacienda la formulación de las cuentas generales de navarra, las cuáles, una vez aprobadas por el Gobierno de navarra, deberán remitirse al Parlamento de navarra mediante el correspondiente proyecto de ley Foral, tal cómo se previene en el artículo 115 de La Ley Foral 8/1988.

Cumplimentados por el Gobierno de navarra los trámites indicados en Relacion con las cuentas generales del ejercicio 1989, emitido por la Camara de Comptos el preceptivo dictamen y tramitado el proyecto de ley Foral de cuentas generales de navarra de 1989, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 151 del Reglamento del Parlamento de navarra, procede la aprobación de dicha ley Foral.

Artículo Unico. Se aprueban las cuentas generales de navarra de 1989, formuladas por el departamento de economía y Hacienda, y aprobadas por el Gobierno de navarra, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113, 114 y 115 de La Ley Foral 8/1988, de la Hacienda pública de navarra, y cuyo contenido figura en los documentos siguientes:

Tomó i. Liquidacion de los Presupuestos de la administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, Estados financieros y Memoria, que comprende los siguientes documentos:

Resumen de la Liquidacion de los Presupuestos Generales de navarra para 1989.

Liquidacion del Presupuesto de Gastos.

Liquidacion del Presupuesto de ingresos.

Estados financieros e informaciones complementarías:

Balance general de situación.

Cuenta de Resultados del ejercicio.

Estado de origen y Aplicación de fondos.

Cuenta general de tesorería.

Cuenta general del endeudamiento.

Inventario de bienes, derechos y obligaciones.

Estado demostrativo de la Evolucion y situación de los derechos a cobrar y de las obligaciones a pagar procedentes de ejercicios anteriores.

Estado demostrativo de las inversiones realizadas durante el ejercicio en bienes de dominio público afectados al uso general.

Estado de los compromisos adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

Memoria.

Tomos ii y iii. Cuentas del Parlamento de navarra, de la Camara de Comptos y de las Sociedades públicas de la Comunidad Foral.

Anexo: Documentos detalle de la Liquidacion de los Presupuestos de la administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.

Documentos detalle de los Estados financieros de la administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de La Ley Organica de reintegración y Amejoramiento del régimen Foral de navarra, promulgó, en nombre de s.M. El rey, está ley Foral; ordenó su inmediata publicación en el ‹Boletín Oficial de navarra› y su remisión al ‹Boletín Oficial del estado›, y Mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 27 de marzo de 1991.

Gabriel urralburu tainta,

Presidente del Gobierno de navarra

(publicado en el ‹Boletín Oficial de navarra› número 45, de 10 de abril 1991)

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