RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Isabel Lebrato Maillo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Béjar, don Jorge-Jaime de Fuentes Corripio, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio.

MarginalBOE-A-2004-4182
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Isabel Lebrato Maillo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Béjar, don Jorge-Jaime de Fuentes Corripio, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio.

En el recurso gubernativo interpuesto por D.a Isabel Lebrato Maillo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Béjar, D. Jorge-Jaime de Fuentes Corripio, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio.

Hechos

I

En expediente de dominio 103/01, para la inmatriculación de una finca, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.o 1 de Béjar, a instancia de D.a Isabel Lebrato Maillo, fue dictado Auto de 28 de junio de 2002, en el que se declaró justificado el dominio de la finca con la descripción siguiente 'casa con huerta y casetón sita en la calle José Antonio n.o 35 (hoy n.o 27) con una extensión total de trescientos quince metros cuadrados de los que 198 m2 corresponden a la casa que consta de las siguientes dependencias: planta baja de 66 m2 que consta de cuadra y bodega, el piso primero de 66 m2 y el piso segundo de idénticos metros. El huerto tiene una extensión de 81 m2 y el casetón anexo tiene una superficie de 36 m2. Linda con el Norte con Consuelo H. S., Sur con calle pública hoy c) D. Miguel Angel Maillo Cascón (antes calle José Antonio n.o 35);

Este con Consuelo H. S. y Oeste con callejón público, hoy c) D. Miguel Angel Maillo Cascón (antes calle José Antonio) del término de Mogarraz.

Apelado el anterior auto ante la Audiencia Provincial de Salamanca, se dictó Auto con fecha 19 de noviembre de 2002, en el que se revoca parcialmente el auto de 28 de junio de 2002 únicamente en lo que afecta a la descripción siguiente: 'En la planta baja existe una cuadra y una bodega, siendo propiedad de la actora D.a Isabel Lebrato Maillo, únicamente una cuarta parte de la bodega a la que tiene acceso a través de una cuadra propiedad de D.a Consolación H. S.

II

Presentado testimonio del auto dictado en el Registro de la Propiedad de Béjar fue calificado con la siguiente nota: Calificado el precedente documento, que se presentó el 21 de los corrientes, tras examinar los antecedentes del Registro, el Registrador que suscribe ha resuelto no practicar la inscripción del derecho contenido en el mismo por los siguientes hechos:

No constar constituido el régimen de propiedad horizontal de la que...

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