CONVENIO establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros, hecho en Bruselas el 26 de julio de 1995.
Marginal | BOE-A-2006-7790 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
CONVENIO establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros, hecho en Bruselas el 26 de julio de 1995.
Estados Parte
Firma
Manifestación
consentimiento
Entrada en vigor
Alemania (*).
26-07-1995
30-04-2004
25-12-2005
Austria.
26-07-1995
28-08-1998
25-12-2005
Bélgica.
26-07-1995
26-09-2005
25-12-2005
Chipre.
15-07-2004 AD
25-12-2005
Dinamarca (1).
26-07-1995
01-08-1996
25-12-2005
Eslovaquia.
06-05-2004 AD
25-12-2005
Eslovenia.
08-07-2004 AD
25-12-2005
España.
26-07-1995
22-07-1999
25-12-2005
Estonia.
18-03-2005 AD
25-12-2005
Finlandia.
26-07-1995
22-03-1999
25-12-2005
Francia.
26-07-1995
11-08-2000
25-12-2005
Grecia.
26-07-1995
08-11-1999
25-12-2005
Hungría.
31-08-2004 AD
25-12-2005
Irlanda.
26-07-1995
27-03-2002
25-12-2005
Italia.
26-07-1995
21-12-1998
25-12-2005
Letonia.
14-06-2004 AD
25-12-2005
Lituania.
27-05-2004 AD
25-12-2005
Luxemburgo.
26-07-1995
31-01-2003
25-12-2005
Países Bajos.
26-07-1995
21-11-2000
25-12-2005
Polonia.
18-11-2005 AD
25-12-2005
Portugal.
26-07-1995
04-05-1999
25-12-2005
Reino Unido.
26-07-1995
18-06-1997
25-12-2005
Repúb. Checa (*).
28-01-2005 AD
25-12-2005
Suecia.
26-07-1995
16-02-1998
25-12-2005
AD = Adhesión.
(*) Declaraciones/Reservas: Pendientes de traducción.
(1) Dinamarca: Declaración territorial: no aplicable a Islas Feroe ni Groenlandia.
El presente Convenio que se aplicaba provisionalmente desde el 1 de noviembre de 2000 y que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, entró en vigor de forma general y para España el 25 de diciembre de 2005, posteriormente entró en vigor para Polonia el 16 de febrero de 2006, de conformidad con lo establecido en su artículo 25.
De conformidad con el artículo 6 del Acuerdo sobre la Aplicación Provisional entre determinados Estados miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre la base del artículo K3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros (Bruselas, 26 de julio de 1995), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, el citado Acuerdo ha expirado.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 12 de abril de 2006.-El...
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