Decreto 3065/1975, de 7 de noviembre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Jorquera, de la provincia de Albacete, para adoptar su escudo heráldico municipal.

MarginalBOE-A-1975-24423
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Gobernacion
Rango de LeyDecreto
2:,.4:.;7..:9..:4
2_7_n_ov_I_·e_m_b_"r_e-,1,..9_7_5
lJ_,_O_,_d_el
K-Num,
285
24423
DECRETO
3064/1975, de 7
de
noviembre,
por
el
que
se
autoriza
al
Ayuntamiento
de
Jarquera, ele.
la
provinci(¡
de'
Albacete.
p(lra
adoptar
su
escudo
heráldico
municipal.
El
Ayuntamiento
de
Jorquera,
da
la
provincia
de
Albacete,
ha
estimado
conveniente
adoptar
un
escudo
heráldico
a
firl
de
perpetuar
en
él, Con
adecuada
~imbologi8
y
conforme
a
las
normas
de
la
Heráldica,
los
hechos
más
relevantes
y
peculiares
de
su.
pasado
histórico,
A
tal
efecto, y
de
acuerdo
can
las
fa,..
cultades
'que
le
confieren
las
disposiciones
legales
vigentes,
elevó,
para
su
definitiva
aprobación,
el
correspondiente
proyecto
y
Memoria
descriptiva. del mismo.
.
El
expediente
se
sustanció
con
arreglo
a
las
normas
de
pro-
cedimiento
establecidas
en
la
Ley
de
Régimen
Lobal y
en
el
Reglamento
de
Organización,
Funcionamiento
y
Régimen
Jurf·
dico
de
las
Cprporaciones
Locales.
La
Real
Academia
de
la. His-
toria
emitió
su
dictam"n
en
-sentido
favorable.
"
~
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernación,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
siete
de
noviembre
dEl
mil
novecientos
setenta
ycinco,
DISPONGO,
.
~
"
'Artículp
únlco.-Se
autoriza
al
Ayuntamiento
de
Jorquera,
de
la
provincia
de
Albacete,
para
adoptar
su
e,scudo herá.ldico
municipal,
que
quedará.
organizado,
en
la
forma.
siguiente,
de
acuerdo
can
el
dictamen
de
la.
Real
Academia
de
la
Historia:
Partido"
Primero.
de
pro,
un
águila,
de
sable;
segundo,
de
si~
nople,
una
torre,
de
oro,
almenada
y
mazonada.
Al
timbre,
corona
real
cerrarla.
Así lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
,
siete
de
noviembre
de
mil
novecientos
setenta
ycinco.
JUAN
CARLOS DE BORBON
PRLNCIPE DE
ESPA~A
El
expediente
se
sustanció
con
arreglo
-a
las
nonnas
de
pro-
cedimiento
contenidas
en
la
Ley
de
Régimen
Local y
en
el
Reglamento
de
Población
,y
Demarcación
Territorial
de
las
En·
tidades
Locales, sin'
reclamación
alguna
durante
el
período
de
información
pública,
a
que
estuvieron
sometidos
los
acuerdos
municipales.'
.
La
DIputación
Provincial
y
el
Gobierno
Civil
han
informado
en
sentido
favorable,
y
se
ha
puesto
de
manifiesto
en
el
expe-
diente
la
realidad
de
los
motivos
invocados
por
el
Ayunta.-
miento
de
Oteruelo
del
Valle
y
la
conveniencia.
dE)
la
incor-
poración
para
una
mejor prestación
de
los
servidos
en
loS'
núcleos,
concurriendo
en
el
caso
deo
las
caUSas establecidB.:S
en
el
artículo
catorce,
en
relación
con
el
ar.artado
c)
del
articu-
lo
tr~e,
de
la
vigente
Ley
de
Régimen
Loca.
En
su
virtud,
de
confonnidad
con
los
dictámenes
(mitidos
por
la
Dirección
.General
de
Administración
Local y
Comisión
Permanente
del
Consejo
de
Estado,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobérnación,
y
previa
delibEración
del
Consejo
de
Mi~
nistros-
en
su
reunión
del
día
siete
de
noviembre
de
mil
nove-
cientos
setenta
y.
cinco,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se
aprUEba
la
incorporación
voluntaria
del
municipio
de
Oteruelo
del
Valle
al
de
Ras.
(Madrid).
Articulo
segundo,-Queda
facultado
el
Ministerio
de
la
Go-
bernación
para
dictar
las
disposiciones
que
pudiera
exigir
"1
cumplimiento
de
este
D,ecreto.
'_
'
Así lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid-
asiet'é'
de
no,viembre de'
mil
novecientos
setenta
ycinco.
JUAN
CARLOS
DE
BORBON
PRINCIPE DE ESPAÑA
El
Ministro
de
la
Gobernación,
JOSE
GARCIA HERNANDEZ
24426
DECRETO
3067/1975,
de
,de
noviembre,
por
el
que
se
aprueba
la
incorporación
del
Mw,icipio
de
Castroserna
de
Arriba
al
de
Pródena
(S-:govia).
El
Ayuntamiento
de
Castroserna
de
Arriba
adoptó
acuerdo
con
quórum
legal
de
solicitar
la
incorporación
de
su
municipio
al
limítrofe
de
Prádena,
ambos
de
la
provincia
de
Segovia,
en
base
a
la
escasa
población
del
término.
recudidos
medios
para
cumplir
los
servicios
mínimos
obligatorios
y
proximidad
de
los
núcleos.
La
Corporación
Municipal
de
Prádena,
también
con
quórum
legal,
acordó
aceptar
la
incoporactón.
~l
expediente
se
sustanció
can
arreglo
a
las
normas
de
pro-
cedImiento
contenidas
en
la
Ley.
de
Régimen
Local y
en
el
Reglamento
de
Población
y
Demarcación
Territorial
de
las
Enti-
dades. Locales,
sin
reclamación
alguna
durante
el
período
de
in-
formación
pública
a
que
estuvieron
sometidos
los
acuerdos
mu~
nicipales.
,
La
Diputación
Provincial
y
el
Gobierno
Civil
han
informado
en
sentido
favorable,
y
se
ha
demostrado
en
las
actuaciones
la
conveniencia,
de
la
incorporación,
por
¡os
motivos
invocados
al
efecto, y
para
lograr
una
mejor
prestación
de
los
servidos
en
el
,núcleo
de
Castroserna
de
Arriba,
concurriendo
en
el
c~so
las
causas
prevenidas
en
el
artículo
catorce
en
relación
con
el
apartado
c) .
del
articálo
trece,
de
la
vigent~
Ley
de
Régimen
Local. -
En
51.1",
virtud.
de
conformidad
con
los
dictámenes
emitidos
por
la
Dirección
G@neral
de
Administración
Local y
Comisión
Permanente
del
Consejo
de
Estado,
a,
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernación.
y
previa
deliberación
del
Consejo
00
Minis~
tras
en
su
reunión
del
día
siete
de
noviembre
de
mil
nove.
cientos
setenta
ycinco, -
DISPONGO,
A!t~c':llo
primero.-Se
aprueba
la
"incorporación
voluntaria
del
mUlllclplO
de
Castroserna
de
Arriba
al
dt;l
Prárlena
(SegoviaJ.
Artículo
segundo-Queda
facultado
el
Ministerio
de'
la
Go-
bernación
para
dictar
las
disposicIones
que'
pudiera
exigir
(1
cumplimiento
de
este
Decreto
.
~s{
lo
d~spongo
pOr
el
PtesenteDecreto,
dado
en
Madrid
a-slele
de
noviembre
t;ie
mil
novecientos
setenta
ycÍlico.
JUAN
CÁhLOS DE BORBON
.PRINCIPE DE
ESPA~A
DISPONGO,
Articulo
único.-Se
autoriza
al
Ayuntamiento
de
Alpedrete
de
la
provincia
de
Madrid,
para
adoptar
su
escudo
heráldíoo
municipal,
qUe
q~edará
organizado
en
la
forma
siguiente,
de
acuerdo:
con
el
dlCtamen
de
la
Real
Academia
de
la-
Historia:
En
campo
de
sinople,
'Un
león
rampante,
fajado
en
oro
y
de
sable,
coronado
de
oro,
Timbrado
con
corona
real
espa1'iola
ce~a.
. .
.Así
lo
di.spongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
Ilete
de
nOVlembre
de
mil
novecientos
setenta
ycinco. .
.
f~
JUAN
CARLOS DE BORBON
Pr,INCIPE DE ESPAfiA
Él'
Ministro
de
la
Goberna.ción
JOSE
GARCIA
HERNANDEZ'
24424
DECRETO
308M1975,
de
7
de
noviembre,
por
el
qU(I
se
autorizaat
Ayuntamiento
de
Alpedrete,
de
la
provincia
de
Madría,
para
adoptar
su
escudo
heráldico
municipal,
'
El
Ayuntamiento
de
Alpedrete,
de
la
provincia
de
Madrid,"
ha
estimado
conveniente
adoptar
un
escudo
heráldico
a
fin
de
perpetuar
en
él,
~
con
adecuada
simbología
y
conforme
a
las
normas
de
la
Heráldica,
los
hechos
más
relevantes
y
peculiares
de
su
pasado
histórico.
A
tal
efecto, y
de
acuerdo
con
las
facul-
t.ades qUe
le
confieren
las
dispOSiciones
legales
vigentes
elevó
para
8U
definitiva
aprobación,
el
correspondiente
proyecto
yMe:
maria
descriptiva
del
mismo.
~l
~xpediente
se
.sustanció
con
arreglo
a
las
normas
de
pro-
cedImIento
estableCldas
en
la
Ley de
Régimen
Local
~
en
el
.
Reglamento
de
Organización,
Funcionamiento
y
Régimen
Jun.
dlco
de
las
Corporaciones
Locales.
La
Real
Academia.
de
la
His-
tOria
e?1itió
su
dictamen
en
sentido
favorable,
con
algunas
su.
gerencIas,
que
fueron
debidamente
observadas,
E~
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
la
Gobernación,
y
preVla
deliberación
del
Consejo
-de
Ministros
en
su
reunión
del
d1a
siete
de
noviembre
de
mil
nov,ecientos
setenta;
y
cinco,
24425
DECRETO
3066/1975, de 7
de
noviembre,
por
el
que
se
aprw:ba
la
incorporación
del
Municipio
-de
OteruelQ
del
Valle
al
de
Rosca!ria
(Madrid).
El
Ayuntamiento
de
Oteruelo
del
-Valle
adoptó
acuerdo
con
Q.uórum
legal
de
80l1citar
la
Incorporación
de-
su
municipio
al
llmítrofe
de
Rascafrt'a, ambo's
de
la
provincia
de
Madrid..
en
base
a
la
deficencia
de
recursos
'Para
prestar
los
servicios
mf-
nimos
obligatorios
y.
e.scasa
distanCia
de
los
núcleos
urbanos.
La
Corporación
MUnIClpal
de
Rascafría,
asimismo
con
quórum
legal,
acordó
aceptar
la
incorporación.
F,l
Ministro
de
la
Gobernación
JOSE
GARCIA
HERNANDEZ'
24427
RESOLUCION
de
la
Direcció,.
(le".,..,¡
de
Admi"
nistración
Locql
por
la
que
se
clasifica
la
plaza
de
Secretario
de
la
fusión
de
los
Municipios
de
Olvega)t
Muro
ele
Agreda
(Sorla).
Aprobada
por
De~eto
número
1331/1975
la
fusión
de
las
Mu~icipios
de
Olvega
y
Muro
de
Agreda,
de
la.
provin.c1a
dtit
Sana,
y
de
confonnida.cl
con
los
artículos
34:3
de
la
vigente
Ley

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