Orden APA/610/2007, de 23 de febrero, por la que se convocan el VII Premio «JACUMAR» de investigación en acuicultura y el IV Premio «JACUMAR» en implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura.

MarginalBOE-A-2007-5565
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, establece en el artículo 3 que uno de sus fines es fomentar la investigación oceanográfica y pesquera. Asimismo en el artículo 85 se dispone que la investigación pesquera y oceanográfica, en el ámbito de la política de pesca marítima, tiene como objetivos esenciales, entre otros, el desarrollo de la acuicultura.

La Orden APA/2360/2005, de 8 de julio, establece las bases reguladoras de los Premios JACUMAR de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura.

El objeto de la presente Orden es regular la convocatoria del Premio JACUMAR en sus dos modalidades.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Objeto.-La presente Orden tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión del VII premio JACUMAR de Investigación en Acuicultura y el IV premio JACUMAR en Implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental por las empresas de acuicultura en el territorio español.

Segundo. Bases reguladoras.-Los premios JACUMAR se regirán por lo dispuesto en la Orden APA/2360/2005, de 8 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de los mismos y por las normas particulares previstas en esta convocatoria (BOE 20 de julio de 2005).

Tercero. Financiación.

  1. La financiación de los premios se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el concepto presupuestario 21.09.415B.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

  2. Los compromisos de gasto no podrán superar los créditos autorizados en el presupuesto.

    Cuarto. Cuantía del premio.-La dotación económica de cada uno de los dos premios que se otorgarán será de quince mil (15.000) euros.

    Quinto. Solicitudes.

  3. Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán en el Registro de la Secretaría General de Pesca Marítima, C/José Ortega y Gasset n.º 57, 28006 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  4. Las solicitudes se cumplimentarán conforme a los anexos de esta Orden, que figuran asimismo disponibles en la dirección de Internet www.mapa.es/pesca/pags/jacumar/jacumar.httm y se presentarán en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del...

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