Orden ARM/1851/2011, de 20 de junio, por la que se convocan el X Premio 'Jacumar' de investigación en acuicultura y el VII Premio 'Jacumar' de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura.

MarginalBOE-A-2011-11487
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, establece en su artículo 3 que uno de sus fines es fomentar la investigación oceanográfica y pesquera. Asimismo en el artículo 85 se dispone que la investigación pesquera y oceanográfica, en el ámbito de la política de pesca marítima, tiene como objetivos esenciales, entre otros, el desarrollo de la acuicultura.

La Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, BOE n.º 94 de 20 de abril, establece las bases reguladoras de los Premios JACUMAR de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura.

De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por esta Orden se convocan la décima y séptima edición de dichos Premios.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión del X premio JACUMAR de Investigación en Acuicultura y el VII premio JACUMAR en Implantación de Sistemas de Gestión Medioambiental por las empresas de acuicultura en el territorio español.

Artículo 2 Condiciones, finalidad y requisitos.

Las condiciones, finalidad y requisitos de la presente convocatoria de los premios JACUMAR se regirán por lo dispuesto en la Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura.

Artículo 3 Financiación.
  1. La financiación de los premios se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.17.415A.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

  2. La concesión de los premios quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Artículo 4 Cuantía del Premio.

La dotación económica de cada uno de los dos premios que se otorgarán será de trece mil doscientos euros (13.200,00 euros).

Artículo 5 Solicitudes, forma y plazo de presentación.
  1. Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se presentarán en el Registro de la Secretaría General del Mar, C/ Velázquez n.º 144, 28006 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Las solicitudes se cumplimentarán conforme a los anexos I, II y III de esta Orden, que figuran asimismo disponibles en la dirección de Internet: www.mapa.es/app/jacumar/ayudas/premios_jacumar.es y se presentarán en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

  3. Los participantes en el X Premio JACUMAR de Investigación en Acuicultura, además de la solicitud, deberán presentar:

    1. El trabajo que opta al Premio (quedan excluidos los trabajos presentados en anteriores convocatorias) remitiendo una copia en papel y otra en soporte digital.

    2. Una relación de revistas técnicas en las que se haya publicado...

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