Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Jaén, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de fincas afectadas por el gasoducto denominado 'Córdoba-Santa Cruz de Mudela', en la provincia de Jaén.

MarginalBOE-B-2003-152087
SecciónV - Anuncios
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyResolución
BOE núm. 152 Jueves 26 junio 2003 5247
es que realizó los servicios de transporte en las fechas
indicadas sin disponer de la preceptiva autorización
para ello, siendo dichos hechos constitutivos de
infracción muy grave según prevén el artículo 140.a)
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación
de los Transportes Terrestres y el artículo 197.a)
por el que se aprueba el reglamento de la citada
Ley, reglamento que en su artículo 201.1 establece
como sanción a tales infracciones multa de 230.001
(2.764,66 euros) a 460.000 (2.764,66 euros) pese-
tas, estableciendo el apartado 2 del citado precepto
la sanción accesoria de precintado del vehículo
durante el plazo máximo de un año.
En su virtud, esta Subsecretaría, de conformidad
con la propuesta formulada por la Subdirección
General de Recursos, ha resuelto desestimar el recur-
so de alzada formulado por Esveno Transportes,
S.L., contra resolución de la Dirección General de
Transportes por Carretera de fecha 17 de noviembre
de 2000 (Exp. nº IC-2373/2000), la cual se declara
subsistente y definitiva en vía administrativa.
Contra la presente resolución, que agota la vía
administrativa, cabe recurso contencioso-adminis-
trativo, a elección del recurrente, ante el Tribunal
Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga
aquel su domicilio o ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, desde
el día siguiente a su notificación.
La referida sanción deberá hacerse efectiva dentro
del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente
al de la notificación de la presente resolución, trans-
currido el cual sin haber satisfecho la sanción
impuesta en período voluntario, se exigirá en vía
ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.4
de la L.O.T.T. y 215 de su Reglamento de aplicación,
incrementada con el recargo de apremio y, en su
caso, los correspondientes intereses de demora.
El pago de la multa impuesta se realizará mediante
ingreso o transferencia en la Cuenta Corriente de
BBVA 0182-9002-42, nº 0200000470 -Pº de la
Castellana, 67 (Madrid), haciendo constar expre-
samente el número del expediente sancionador.»
«Examinado el recurso de alzada formulado por
D. Juan Manuel Felices Gómez, contra Resolución
de la Dirección General de Transportes por Carre-
tera, de fecha 6 de noviembre de 2002, que le san-
cionaba con multa de 450 A, por haber superado
en más de un 20% los tiempos máximos de con-
ducción autorizados, infringiendo el artículo 141.p.)
de la Ley de Ordenación de los Transportes Terres-
tres, (Expte. IC/ 00708/02).
Antecedentes de hecho
Primero.—Por la Inspección del Transporte Terres-
tre dependiente de este Ministerio, se levantó Acta
de infracción con fecha 4 de abril de 2002 contra
el ahora recurrente, en la que se hicieron constar
los citados datos que figuran en la indicada reso-
lución.
Segundo.—Dicha Acta dio lugar a la tramitación
del correspondiente expediente en el que se han
cumplido los trámites preceptivos, dictándose la
resolución ahora recurrida.
Tercero.—Contra la expresada Resolución se inter-
pone recurso de alzada, en el que se alega lo que
considera oportuno en defensa de sus intereses.
Recurso que ha sido informado por el Órgano san-
cionador en el sentido de que se declare su inad-
misión por extemporáneo.
Fundamentos de Derecho
I.—En el necesario examen de las cuestiones adje-
tivas predeterminantes de la admisibilidad del recur-
so, cabe destacar que el escrito mediante el que
se articula la impugnación fue presentado el 27 de
diciembre de 2002, con posterioridad al plazo de
un mes señalado en el artº. 115.1 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, del cual se advirtió al recurrente
al llevarse a cabo la notificación del acto impugnado
el 14 de noviembre de 2002, plazo que vencía el
día 15 de diciembre de 2002, de acuerdo con lo
previsto en el artº. 48.2 de la citada Ley.
Siendo, por tanto, evidente la extemporánea for-
mulación del recurso, debe declararse su inadmisión
a trámite.
En su virtud, esta Subsecretaría, de conformidad
con la propuesta formulada por la Subdirección
General de Recursos, ha resuelto:
Inadmitir a trámite por extemporáneo el recurso
de alzada interpuesto por D. Juan Manuel Felices
Gómez, contra resolución de la Dirección General
de Transportes por Carretera de fecha 6 de noviem-
bre de 2002, la que se mantiene en sus propios
términos.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, cabe recurso contencioso-adminis-
trativo, a elección del recurrente, ante el Tribunal
Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga
aquél su domicilio o ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses con-
tados a partir del día siguiente al de su notificación.
La referida sanción deberá hacerse efectiva dentro
del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente
al de la notificación de la presente resolución, trans-
currido el cual sin haber satisfecho la sanción
impuesta en período voluntario, se exigirá en vía
ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.4
de la LOTT y 215 de su Reglamento de aplicación,
incrementada con el recargo de apremio y, en su
caso, con los correspondientes intereses de demora.
El pago de la multa impuesta se realizará mediante
ingreso o transferencia en la Cuenta Corriente de
BBVA 0182-9002-42, Nº 0200000470 -Pº de la
Castellana, 67 (Madrid), haciendo constar expre-
samente el número de expediente sancionador.»
Madrid, 10 de junio de 2003.—Isidoro Ruiz
Girón.—31.499.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
Corrección de errores de la Resolución de la
Dirección General de Trabajo, sobre el anun-
cio de depósito de los Estatutos de la aso-
ciación «Asociación de Ganaderos de Reses
de Lidia» (Depósito número 8145).
Habiéndose observado error en la denominación
de la Asociación Publicada en el Boletín Oficial
del Estado de 12 de abril de 2003, por Resolución
de la Dirección General de Trabajo, conforme a
lo dispuesto en el Art. 60 y 67 de la Ley 30/1992
de la Ley de Procedimiento de Régimen Jurídico
Administrativo Común, se procede a su subsanación
en el sentido siguiente:
Donde dice «Ganaderos Asociados de Reses de
Lidia» debe decir «Asociación de Ganaderos de
Reses de Lidia».
Por lo que, se dispone la inserción de este anuncio
en el Boletín Oficial del Estado y su exposición
en el tablón de anuncios de esta Dirección General,
a fin de dar publicidad a la corrección efectuada.
Madrid, 6 de junio de 2003.—La Subdirectora
general, María Antonia Diego Revuelta.—31.549.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Resolución de la Subdelegación del Gobierno
en Jaén, por la que se convoca el levan-
tamiento de actas previas a la ocupación
de fincas afectadas por el gasoducto deno-
minado «Córdoba-Santa Cruz de Mudela»,
en la provincia de Jaén.
Por Resolución de 26 de mayo de 2003, de la
Dirección General de Política Energética y Minas
del Ministerio de Economía, ha sido autorizada la
construcción de las instalaciones correspondientes
al gasoducto denominado «Córdoba-Santa Cruz de
Mudela» y declarada, en concreto, su utilidad públi-
ca, previa la correspondiente información pública.
Dicha autorización, de acuerdo con lo previsto en
del Sector de Hidrocarburos, lleva implícita la decla-
ración de utilidad pública y la necesidad de ocu-
pación a efectos de expropiación forzosa. Declarada
la urgente ocupación, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octu-
bre, del Sector de Hidrocarburos, procede la ini-
ciación del expediente expropiatorio.
En su virtud, esta Subdelegación del Gobierno
en Jaén, en cumplimiento con lo dispuesto en el
resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos
para que comparezcan en el Ayuntamiento donde
radican las fincas afectadas, como punto de reunión
para, de conformidad con el procedimiento que se
establece en el precitado artículo, llevar a cabo el
levantamiento de actas previas a la ocupación y,
si procediera, el de las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clases de derechos
o intereses sobre los bienes afectados, deberán acu-
dir personalmente o representados por persona debi-
damente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
de la contribución, pudiéndose acompañar de sus
Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno, con
gastos a su costa.
Los levantamientos de actas tendrán lugar el día
14 de julio de 2003 en los Ayuntamientos de Por-
cuna, Lopera y Arjona, el día 15 de julio en el
Ayuntamiento de Arjona, el día 16 de julio en el
Ayuntamiento de Arjonilla, los días 17 y 18 de
julio en el Ayuntamiento de Andújar, el día 21 de
julio en los Ayuntamientos de Santa Elena, Vilches
y Navas de San Juan, el día 22 de julio en el Ayun-
tamiento de Aldeaquemada, el día 23 de julio en
los Ayuntamientos de Aldeaquemada y Santiesteban
del Puerto, el día 24 de julio en el Ayuntamiento
de Villanueva de la Reina, los días 25 y 28 de
julio en el Ayuntamiento de Bailén, los días 29
y 30 de julio en el Ayuntamiento de Guarromán,
los días 8y9deseptiembre en el Ayuntamiento
de Baños de la Encina, el día 10 de septiembre
en el Ayuntamiento de Carboneros y los días 11
y 12 de septiembre en el Ayuntamiento de La
Carolina.
De esta convocatoria se dará traslado a cada inte-
resado mediante la oportuna cédula de citación indi-
vidual, significándose que esta publicación se realiza,
igualmente, a los efectos que determina el artícu-
lo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimien-
to Administrativo Común, modificada por la Ley
24/2001, para la notificación de la presente reso-
lución en los casos de titular desconocido, domicilio
ignorado o aquellos en los que intentada la noti-
ficación no haya podido practicarse, cuya relación
figura en anexo.
En el expediente expropiatorio, «Enagás, Sociedad
Anónima», asumirá la condición de beneficiaria.
Jaén, 18 de junio de 2003.—El representante de
la Administración, Miguel Navarro Lina-
res.—32.547.

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