Orden CIN/2046/2008, de 30 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Marginal | BOE-A-2008-11916 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio de Ciencia e Innovación |
Rango de Ley | Orden |
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Investigadores Científicos (código -5403-) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado número 284 de 27 de noviembre de 2007).
Bases específicas
-
Descripción de las plazas
1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 200 plazas de la Escala de Investigadores Científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (código -5403-) por el sistema de promoción interna.
Del total de estas plazas se reservarán diez para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
1.2. La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica de las plazas convocadas por el turno ordinario es la siguiente:
Número de plazas
Denominación
Tribunal número
8
Historia y Arte
1
6
Filología y Filosofía
2
6
Ciencias Sociales
3
30
Biología y Biomedicina
4
14
Biología de Organismos y Sistemas Terrestres
5
7
Ciencias Marinas y Acuicultura
6
6
Ciencias de la Tierra y la Atmósfera
7
23
Ciencias Agrarias
8
6
Física Teórica y Matemáticas
9
5
Física Experimental
10
7
Tecnologías Físicas
11
5
Ciencias del Espacio
12
15
Ciencia de Materiales
13
10
Tecnología de Materiales
14
17
Ciencia y Tecnología de los Alimentos
15
15
Ciencias Químicas
16
10
Tecnologías Químicas
17
1.3 La distribución de áreas de especialización científica y tecnológica, por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad es la siguiente:
Denominación
Tribunal número
Historia y Arte
1
Filología y Filosofía
2
Ciencias Sociales
3
Biología y Biomedicina
4
Biología de Organismos y Sistemas Terrestres
5
Ciencias Marinas y Acuicultura
6
Ciencias de la Tierra y la Atmósfera
7
Ciencias Agrarias
8
Física Teórica y Matemáticas
9
Física Experimental
10
Tecnologías Físicas
11
Ciencias del Espacio
12
Ciencia de Materiales
13
Tecnología de Materiales
14
Ciencia y Tecnología de los Alimentos
15
Ciencias Químicas
16
Tecnologías Químicas
17
Las diez plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos con las diez mejores puntuaciones finales, con independencia del área de especialización científica y tecnológica por la que concurran.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las del turno ordinario por el mismo área de especialización científica y tecnológica que optaron en el cupo de reserva para discapacitados.
Las plazas reservadas para el cupo de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno ordinario de las áreas de especialización científica y tecnológica según el orden siguiente: la primera plaza para Biología y Biomedicina, la segunda plaza para Ciencias del Mar, la tercera plaza para Tecnologías Químicas, la cuarta plaza para Ciencia de Materiales, la quinta plaza para Ciencias Agrarias, la sexta plaza para Física Experimental, la séptima plaza para Historia y Arte, la octava plaza para Ciencia y Tecnología de los Alimentos, la novena plaza para Biología y...
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