Orden CIN/3040/2008, de 20 de octubre, por la que se modifica la Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora, en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Octubre de 2008
MarginalBOE-A-2008-17211
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, introduce en el régimen retributivo del profesorado universitario dos nuevos conceptos destinados a incentivar la actividad docente e investigadora individualizada, atribuyendo a una Comisión Nacional la competencia de evaluar la actividad investigadora desarrollada por los interesados que la soliciten, en los plazos y condiciones contenidos en el artículo 2.º y en la disposición transitoria tercera del mismo. Por Orden de 2 de diciembre de 1994 se estableció el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora y se determinó que la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora estaría compuesta, entre otros vocales, por siete representantes del Ministerio de Educación y Ciencia, designados por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación.

La experiencia extraída en la aplicación de tales normas en los diversos procesos de evaluación realizados por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, ha puesto de relieve la conveniencia de introducir una modificación de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora concretamente con la finalidad de complementar la amplia perspectiva científica de la Comisión Nacional, incluyendo personas con experiencia y conocimientos en un mayor número de campos de conocimiento.

La disposición final primera del Real Decreto 74/2000, de 21 de enero, que modifica al Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, y del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, de la Presidencia del Gobierno, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece en su artículo 17 que corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Universidades, investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal.

En su virtud, previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden de 2 de...

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