Orden PRE/2071/2011, de 18 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden PRE/1802/2011, de 24 de junio, por la que se introducen modificaciones de carácter técnico en el Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a la seguridad de los servicios de tránsito aéreo.

MarginalBOE-A-2011-12727
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

Advertidos errores en la Orden PRE/1802/2011, de 24 de junio, por la que se introducen modificaciones de carácter técnico en el Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a la seguridad de los servicios de tránsito aéreo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, de 1 de julio de 2011, se proceden a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 69910, artículo único, apartado uno, número 2, párrafo segundo, última línea, el punto y seguido entre «… servicios de tránsito aéreo)» y «Carta de exenciones para operaciones especiales.», debe ser un punto y aparte.

En la página 69924, artículo único, apartado diez, tras el número 1, falta añadir:

1.bis. Se modifica el apartado 4.3.13.1 que queda redactado en los siguientes términos:

‘‘4.3.13.1 Cuando lo solicite una aeronave, y con tal de que el piloto de la otra aeronave dé su consentimiento y el procedimiento haya sido previamente aprobado por la autoridad ATS competente, una dependencia ATC podrá dar autorización a un vuelo controlado que opere en el espacio aéreo de Clases D y E en condiciones meteorológicas visuales durante las horas diurnas para que vuele cuidando su propia separación con respecto únicamente a otra aeronave y permaneciendo en condiciones meteorológicas de vuelo visual. Cuando así se permita a un vuelo controlado, regirá lo siguiente:

a) la autorización será para una parte específica del vuelo a 3.050 m (10.000 ft) o por debajo durante la subida o el descenso, quedando sujeto a las demás restricciones que se prescriban a base de acuerdos regionales de navegación aérea;

b) si existe la posibilidad de que el vuelo no pueda realizarse en condiciones meteorológicas visuales, se proporcionarán a un vuelo IFR las instrucciones de alternativa que habrán de cumplirse en...

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