Orden AEC/2408/2008, de 31 de julio, por la que se conceden becas de la II convocatoria del programa de becas de prácticas para alumnos españoles del «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de julio de 2009.
Marginal | BOE-A-2008-13802 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion |
Rango de Ley | Orden |
En el BOE núm. 129 de 28 de mayo de 2008, se publicó la Orden AEC/1451/2008, de 5 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la II convocatoria del programa de becas para realizar prácticas en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o en Embajadas, Misiones Diplomáticas o Consulados Generales de España en el extranjero, para alumnos españoles del «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática para el curso 2008-2009.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, de la citada Orden, sobre «Procedimiento de concesión y resolución» de las becas de prácticas de la Escuela Diplomática y a propuesta del Presidente de la Comisión de Valoración, reunida al efecto, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha resuelto:
Primero.-Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 2007. 12.01.23.141. M.483,00 55 becas, del programa de becas de prácticas para alumnos españoles que hayan superado el Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales, del curso académico 2007-2008, impartido en la Escuela Diplomática, según la relación que se adjunta como Anexo I.
Primer beneficiario/a: Doña Ángela Díez Torres.
Último beneficiario/a: Don Gustavo Fernández-Mazarambroz Arespacochaga.
Suplente: Don Otger Tartera Palau.
La dotación económica mensual de estas becas y la ayuda de viaje para los beneficiarios destinados en el extranjero queda reflejada en el Anexo I.
Segundo.-Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos por la citada Orden Ministerial AEC/1451/2008, de 5 de mayo.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
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