Orden AEC/3557/2006, de 8 de noviembre, por la que se convocan pruebas de admisión al «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales», de la Escuela Diplomática para el curso 2007/2008.

MarginalBOE-A-2006-20222
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, del Ministerio de Administraciones Públicas por el que se reorganiza la Escuela Diplomática, la Dirección de la Escuela Diplomática convoca el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2007-2008 para un máximo de ciento cincuenta alumnos, con arreglo a las siguientes normas:

Primera.-Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la «Comisión académica» a que se refiere la norma tercera de la presente convocatoria, entre las siguientes categorías de aspirantes:

  1. Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor o Licenciado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.

  2. Candidatos con titulación de Doctor o Licenciado universitario, de academias o instituciones extranjeras oficialmente encargadas de la selección o la preparación de miembros del Servicio Diplomático de sus respectivos países, presentados por dichos centros u oficialmente por vía diplomática.

  3. Doctores o Licenciados, españoles y extranjeros, por Facultades universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes.

    Segunda.

    2.1 Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 28 de septiembre de 2007.

    2.2 Los candidatos a cursar el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» tendrán que poseer conocimientos en lengua inglesa, los cuales podrán ser acreditados mediante la presentación, antes del 30 de abril de 2007, de los correspondientes diplomas y certificados oficiales. Supletoriamente, la acreditación del cumplimiento de este requisito podrá llevarse a cabo mediante la realización de las pruebas escritas y orales que la Dirección de la Escuela Diplomática determine, y que se llevarán a cabo en el curso de las dos primeras semanas del Máster.

    2.3 Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar asimismo de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel intermedio del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» (BOE N.º 268 de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 11 de mayo de 2007 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Máster».

    Tercera.-La Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª apartado E del Convenio-marco de Colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005, examinará y valorará los datos y documentos que hayan aportado los aspirantes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR