Resolución de 8 de abril de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en los recursos interpuestos contra la negativa de la Registradora de la Propiedad nº 1 de Ourense, a inscribir un expediente de dominio y documentos posteriores que de aquel traen causa.

MarginalBOE-A-2010-8288
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En los recursos interpuestos por don S. N. V., Abogado, en nombre y representación de don A. C. B. y don L. C. P., contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Ourense número 1, doña Francisca Núñez Núñez, a inscribir un expediente de dominio y documentos posteriores que de aquel traen causa.

Hechos

I

Con fecha 26 de enero de 2009 don A. C. B. presentó en el Registro de la Propiedad de Ourense número 1 escritura de declaración de obra nueva y constitución de propiedad horizontal otorgada ante el Notario de dicha capital, don José Luis García Valcárcel. Con posterioridad, el antedicho señor presentó el día 3 de marzo de 2009 los siguientes documentos: primeramente, testimonio de fecha 8 de enero de 2009 del Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense, de fecha 3 de diciembre de 2008, por el que se declaraba justificado el dominio de don A. C. B. y don L. C. P. sobre determinada finca, y escritura otorgada por doña M. A. C. S. y don L. C. P., de elevación a público de contrato privado de venta de dos elementos independientes de la propiedad horizontal anteriormente declarada.

II

Con fecha 21 de abril de 2009, la Registradora de la Propiedad número 1 de Ourense procedió a calificar conjuntamente los documentos presentados al estar conexos entre sí del tenor literal y por el orden siguiente: 1.º «Registro de la Propiedad Ourense número 1 Referencia: Expediente de dominio - Inmatriculación 153/2008 Asiento de presentación: 646/111 de 03/04/2009 Caducidad: 17/06/2009 Autoridad: Juzgado de Primera Instancia n.º 3. Ourense. Hechos Primero: Se presenta un testimonio de fecha 08/01/2009 del auto número 153/2008, de fecha 3 de diciembre de 2008, en el que se declara «justificado el dominio de don A. C. B. y don L. C. P.», sobre finca que se describe «solar al nombramiento de Puente Lebrona, de la superficie de ciento veinte metros y ochenta y siete decímetros cuadrados, que linda: Izquierda o Norte, en línea de doce metros -mas cinco para el bajo- de Peregrina Hermo; Sur, en igual línea de G. D. A.; espalda, Este, en línea de nueve metros dieciocho centímetros, propiedad de R. y A. C. B. y de su hermana A.; y frente, u Oeste, en línea de diez metros veinte centímetros, la calle Antonio Puga-Puente Lebrona.» Segundo: La referida finca no figura inscrita a nombre de persona alguna en este Registro de la Propiedad. Fundamentos de derecho Art. 276 RH, 53, apartado 7 de la Ley 13/1996, –vigente en este punto–, y Resolución D.G.R.N. de 5-01-2005, que para la inmatriculación de fincas exigen certificación catastral descriptiva y gráfica en términos coincidentes. Art 54 RH que para la inscripción de participaciones indivisas exigen hacer constar la porción ideal de cada condueño. Art- 51 y 89 y siguientes del R.H. de los que resulta la necesidad de hacer constar el carácter privativo, ganancial, o, en su caso, presuntivamente ganancial, cuando el titular sea persona casada. Se suspende la inscripción por los siguientes defectos 1.º–No aportar certificación catastral en términos coincidentes. 2.º–No indicar la proporción de cada titular. 3.º–En cuanto a la titularidad de don A. C. B., no indicar su carácter, ni poder deducirse al no expresar el auto el título de adquisición. Ourense, 21 de abril de 2009. La Registradora. La calificación se comunica en el día de a la Autoridad correspondiente. Queda prorrogado el asiento de presentación por sesenta días contados desde la fecha de la última notificación, haciéndose constar la prórroga por nota marginal. Contra la nota (…)». 2.º «Registro de la Propiedad Ourense número 1. Referencia: Escritura de declaración de obra nueva y constitución de régimen de propiedad horizontal. Protocolo 310/1.974 de 21 de enero. Autoridad: Notario de Ourense, don José Luis García Valcárcel. Asiento de presentación: 104/111 - Fecha 26/01/2.009.Prorrogado hasta: 24/04/09 Caducidad: 24/04/2.009. Hechos Primero: Se presenta escritura en la que comparecen don R. C. B., casado con doña J. S. B. y don A. C. B., casado con doña M.–L. P. L., en la que declaran como obra nueva un edificio señalado con el numero cincuenta y seis de la calle Antonio Puga, de esta capital, el cual constituyen en régimen de propiedad horizontal. Segundo: Presentado título previo -asiento 646 del Tomo 111 del Diario de Operaciones-, expediente de dominio para la inmatriculación del solar, calificado negativamente según nota de calificación de este misma fecha. En dicho expediente se declara justificado el dominio del solar a favor de don A. C. B. y don L. C. P. Fundamentos de derecho Art 18 del que resulta que el plazo de...

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