RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2003, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de lectorados MAE-AECI en Universidades extranjeras para 2004-2005.

MarginalBOE-A-2004-1810
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2003, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de lectorados MAE-AECI en Universidades extranjeras para 2004-2005.

La actividad que desarrolla este Organismo en el marco de su política de cooperación educativa y cultural, y los compromisos en dicho sentido adquiridos con Universidades extranjeras para el fortalecimiento académico-institucional en programas de formación y difusión de la lengua y la cultura española en el ámbito universitario exterior, acordados entre el mismo y éstas, constituyen un instrumento esencial de la cooperación de España con los países receptores de ayuda oficial al desarrollo, al igual que un aspecto destacadode sus relaciones culturales y científicas con el resto del mundo, que se articula con especial eficacia mediante el programa de ayudas para lectorados MAE-AECI de español.

La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas enesta resolución y en sus correspondientes bases y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en:

La Ley 23/1998 de 7 de julio de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE del 8) La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27) en su redacción dada por la Ley 4/1999.

El Real Decreto Legislativo 1091/1998, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria (BOE del 29) y modificaciones posteriores.

El Real Decreto 1473/2000 de 4 de agosto por el que se regula la estructura básica del Ministerio de Asuntos Exteriores (BOE del 5).

El Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE del 16).

El Real Decreto 2225/1993 de 17 de diciembre, que aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas (BOE de 30).

La Orden de 26 de marzo de 1992 (BOE de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la AECI.

Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004 aprobado por Consejode Ministros de 24 de noviembre de 2000.

En virtud de ello, la Presidencia de la AECI dispone la convocatoria de lectorados MAE-AECI de español para el curso 2004/2005 que se relacionan en el Anexo, la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad, concurrencia y objetividad, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, así como en los tablones de anuncios de las Embajadas, Consulados y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en el exterior, con cargo a l a s a p l i c a c i o ne s p r e s u p u e s t a r i a s 1 2 . 1 0 3 . 1 3 4 A . 4 8 6 . 0 3 y 12.103.134B.481.01 por un importe máximo de 960.326 A y 124.720 A respectivamente en el año 2004 y de 1.791.67 A y 263.400 A respectivamente en el año 2005, estando su concesióncondicionada a la existencia de crédito suficiente y adecuado durante ambos años, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Requisitos.

Solicitantes de lectorado nuevo:

  1. Tener nacionalidad española.

  2. Ser licenciado o doctor por una Universidad española en: Filología,

    Lenguas Aplicadas, Lingüística , Teoría de la Literatura o Traducción e Interpretación.

  3. Poseer formación específica en la didáctica del español.

  4. Poseer experiencia docente del idioma español, y/o de literatura en español.

  5. Poseer conocimientos del idioma oficial del país solicitado, o de otro habitualmente aceptado en él como de comunicación universitaria.

  6. Estar al corriente, en su caso, de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social españolas.

  7. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

    Solicitantes de renovación de lectorado:

  8. Ser lector MAE-AECI por un período consecutivo inferior a tres cursos académicos.

  9. Poseer la conformidad de la Universidad de destino e informe positivo sobre la labor desempeñada en la misma.

  10. Poseer informe positivo de la Embajada de España en el país de destino del lector sobre la colaboración prestada con los servicios culturales de la misma.

  11. Estar al corriente, en su caso, de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social españolas.

    Segunda. Presentación de las solicitudes y plazo.

    Las solicitudes de lectorado nuevo o de renovación se presentarán por los peticionarios en el formulario conformado en www.aeci.es/lectoresmae, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellossolicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.

    El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, finalizando:

    Lectorados nuevos: a los 25 días hábiles.

    Lectorados de renovación: 15 días hábiles, excepto los que empiezan en enero de 2005, cuyo plazo será del 1 al 15 de junio de 2004.

    Cada solicitante podrá indicar por orden de preferencia hasta cinco Universidades de lasrelacionadas en el Anexo, para las que concursará en régimen de concurrencia competitiva. Los solicitantes también podrán, en su caso, indicar su disponibilidad a ser propuestos para otras plazas en universidades distintas de la escogida, entre las ofertadas en la presente convocatoria.

    Tercera. Dotación.

  12. Ayuda mensual según la relación por país y Universidad de destino que se adjunta en el Anexo, que se hará efectiva a principios de cada mes mediante transferencia bancaria en España.

  13. Ayuda de viaje de incorporación de acuerdo con el país de destino cuya relación se adjunta en el Anexo. El pago se hará efectivo por transferencia bancaria y su justificación con copia compulsada del pasaje según lo establecido en el RD772/1999, de 7 de mayo.

  14. Seguro de asistencia médica y accidentes durante el período de vigencia de la ayuda, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la ayuda, de acuerdo con las condiciones incluidas en el contrato con la compañía correspondiente.

    A todas las cantidades se aplicarán las retenciones legalmente procedentes.

    Cuarta. Evaluación de las solicitudes y propuesta de concesión de los lectorados.--El órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento, evaluación y propuesta de concesión es la Comisión de evaluación de la DGRCC de la AECI.

    La Comisión de evaluación seleccionará las solicitudes de un lectorado nuevo en base a los siguientes criterios:

  15. Expediente académico, estudios de postgrado y currículum del solicitante.

  16. Formación específica para la docencia del español.

  17. Experiencia docente del idioma español.

  18. Conocimientos del idioma del país de destino o el de comunicación.

  19. Interés del proyecto docente y motivación de la plaza.

  20. En igualdad de evaluación, tendrán prioridad los candidatos que no hayan sido beneficiarios de ayudas para lectores MAE-AECI.

  21. Edad, preferentemente no superior a los 35 años a la fecha de incorporación al lectorado.

  22. Perfil fijado por la Universidad solicitada.

    La Comisión de evaluación seleccionará las solicitudes de un lectorado de renovación en base a los siguientes criterios:

  23. Informe del candidato de las actividades realizadas durante el curso.

  24. Informe del Director del Departamento Universitario.

  25. Informe correspondiente de la Embajada de España en el país de destino del lector.

    La Comisión de evaluación, podrá realizar entrevistas personales a los candidatos.

    La Comisión de evaluación se acomodará al procedimiento que libremente determinen sus miembros adoptando sus acuerdos por mayoría, siendo voto de calidad el del Presidente. En caso de ausencia de éste, ejercerá sus funciones elVocal en quien delegue. La Comisión se regirá por lo establecido en los artículos 22 a 28 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Quinta. Límite temporal para la propuesta de concesión de lectorados.--La Comisión de evaluación formulará las propuestas de resolución de concesión de los lectorados en un periodo máximo de 5 meses y medio, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Sexta. Resolución de concesión de lectorados.--Las Comisión de evaluación instruirá el procedimiento para la concesión de los lectorados y realizará de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deben pronunciar la resolución de la convocatoria, que se atendrá al régimen de concurrencia competitiva.

    Vistas las propuestas presentadas por la Comisión de evaluación, el Presidente de la AECI dictará las resoluciones de concesión de lectorados correspondientes en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    La SDG BLI de la AECI notificará la concesión de los lectorados a los beneficiarios por correo electrónico.

    En caso de haber transcurrido dicho plazo de 6 meses sin haberse dictado la correspondiente resolución se producirán administrativamente los efectos del silencio negativo.

    La resolución que dicte el Presidente de la AECI, que se publicará en el BOE, será motivada de acuerdo con lo dispuesto en las Bases Generales de la presente convocatoria, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

    Las relaciones de la resolución de lectorados concedidos y solicitudes denegadas, se expondrán en los tablones de anuncios de las Embajadas u órganos dependientes de éstas, del país de origen del candidato, en el tablón de anuncios de la AECI y en su página electrónica www.aeci.es Este acto agotará la vía administrativa. Contra el mismo cabrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que dicto el acto o recurso contencioso-administrativo ante los...

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