RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/AL.E. de movilidad para gestores universitarios, en el ámbito iberoamericano, para el año 2001.

MarginalBOE-A-2000-16175
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/AL.E.

de movilidad para gestores universitarios, en el ámbito iberoamericano, para el año 2001.

En cumplimiento de los programas de formación y de intercambio que desarrolla la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) en el ámbito de la cooperación educativa con los países iberoamericanos, corresponde proceder a la convocatoria específica de ayudas de intercambio para el año 2001 del Programa de Cooperación Interuniversitaria/AL.E. de movilidad para gestores universitarios.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 ('Boletín Oficial del Estado' de 11 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica y técnica o de intercambio, mediante la publicación de convocatorias específicas,

Esta Presidencia ha resuelto:

Ordenar la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' de la convocatoria específica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/AL.E. de movilidad para gestores universitarios de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), conforme a las condiciones que se recogen en los anexos I al IV de la presente Resolución:

Anexo III Bases de la convocatoria.
Anexo III Listado de universidades españolas.
Anexo III Listado de universidades iberoamericanas.
Anexo IV Solicitud de participación.

Madrid, 17 de agosto de 2000.--El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, 'Boletín Oficial del Estado' de 10 de diciembre), el Secretario general, Jesús Gracia Aldaz.

ANEXO I

Programa de Cooperación Interuniversitaria/AL.E. de movilidad para gestores universitarios: Ayudas de intercambio dirigidas a gestores de universidades iberoamericanas para efectuar actividades en universidades españolas

Primero.--En el ámbito de lo previsto en la Orden de 26 de marzo de 1992 se convocan hasta un máximo de 50 ayudas destinadas a gestores de universidades iberoamericanas participantes en el Programa (anexo III) para efectuar actividades en universidades españolas (anexo II).

Podrán participar en esta convocatoria:

Responsables de áreas o servicios relacionados con la gestión académica (tanto en el ámbito docente como en el de la investigación), con la gestión administrativa o responsables de los programas de extensión y servicios (deportes, actividades culturales, servicios de alojamiento universitarios, etcétera).

Directores o Gerentes de las Fundaciones o Asociaciones Universidad-Empresa o las personas a su cargo en quien expresamente deleguen.

Directores de Oficinas de Transferencia de Tecnología o instituciones equivalentes, o las personas a su cargo en quien expresamente deleguen.

Los representantes de empresas que acrediten mantener relaciones regulares importantes con las Universidades en el ámbito de la innovación tecnológica, la investigación aplicada o la formación continuada.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser nacional de alguno de los países americanos participantes en las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno.

Poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Segundo.--Estas ayudas se financiarán con cargo al concepto 486 del presupuesto de gastos de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), de los ejercicios económicos de los años 2000 y 2001, por un importe de 2.580.000 pesetas.

Tercero. Finalidad y duración.--La finalidad de estas ayudas es la de facilitar la participación de los gestores universitarios beneficiarios de las mismas en la acción exterior, aportando un cauce a su capacidad de contribuir al desarrollo de las sociedades iberoamericanas, a su acercamiento y vinculación.

La actividad se llevará a cabo en una o varias universidades españolas, hasta un máximo de cinco, y la duración de la estancia será determinada por la AECI, a propuesta del candidato y de común acuerdo con las universidades receptoras, ateniéndose al criterio de que ningún caso será inferior a dos semanas y que deberá desarrollarse en el período máximo comprendido entre los días 15 de enero y 30 de junio del año 2001.

Cuarto. Dotación.--Con cargo a los países de origen de los participantes:

Con carácter general, y salvo las ayudas de viaje concedidas por la AECI contempladas posteriormente, serán con cargo a los países de origen los gastos de desplazamiento de la ciudad donde radica la Universidad de origen en Iberoamérica hasta la ciudad donde radica la Universidad de destino en España y viceversa. Estos gastos serán cubiertos de acuerdo con la modalidad que en cada país establezca la Unidad Coordinadora Nacional del Programa, que podrá, en su caso, contemplar las ayudas de viaje que estime oportunas.

Con cargo a la AECI, a través de los procedimientos que para ello tiene establecidos, los siguientes gastos:

Seguro médico, no farmacéutico, durante el período de participación en el Programa, en los términos establecidos en la póliza correspondiente.

Seguro extraordinario frente a siniestros, durante el período de participación en el Programa, en los términos establecidos en la póliza correspondiente.

En el caso de que se considere necesario para cumplir los fines y objetivos del Programa, y siempre supeditado a la existencia de disponibilidades presupuestarias suficientes, la AECI podrá conceder ayudas consistentes en el pago del pasaje aéreo hasta la ciudad de destino en España y viceversa, con un importe máximo de 1.000 dólares USA y hasta un máximo equivalente al 25 por 100 del número total de beneficiarios posibles, que se repartirá en función del desarrollo relativo de los distintos países.

Con cargo a las universidades españolas receptoras, los siguientes gastos:

El alojamiento durante el período de estancia.

La manutención alimentaria durante el período de estancia.

Con cargo al solicitante:

Podrán ser con cargo al solicitante, si así lo contempla la modalidad que establezca la Unidad Coordinadora Nacional del Programa, los gastos de desplazamiento desde la ciudad donde radica la Universidad de origen en Iberoamérica hasta la ciudad donde radica la Universidad de destino en España y viceversa.

Serán con cargo al solicitante, en todo caso, los demás gastos que puedan producirse durante el período de su participación en el Programa.

La adjudicación de la ayuda tiene carácter individual, por lo que cualquier gasto que genere la presencia de acompañantes, tanto al programa como a las universidades gestoras, correrá a cargo del participante.

Quinto. Presentación de solicitudes.--Los solicitantes deberán aportar a la Unidad responsable del Programa en su universidad de origen la siguiente documentación:

Impreso de solicitud de participación, por triplicado, debidamente cumplimentado (anexo IV).

Fotocopia de la cédula de identificación nacional o pasaporte en vigor.

Acreditación documental del puesto que manifiesta ocupar en el impreso de solicitud.

Currículum vitae.

Memoria explicativa (cinco páginas máximo) de las actividades que propone realizar, de acuerdo con el programa concertado con la(s) universidad(es) receptora(s), con indicación precisa de las fechas, temática, lugar, etc., incluyendo la aceptación expresa del plan de trabajo por el área o servicio correspondiente de dicha(s) universidad(es).

Carta de invitación firmada por el Vicerrector responsable del programa en cada universidad receptora, manifestando explícitamente el compromiso de hacerse cargo de los gastos de alojamiento y manutención durante todo el período de la estancia.

Certificado médico oficial de poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Las solicitudes y documentación requerida se presentarán antes del 10 de octubre de 2000 y serán recogidas en su conjunto, por la Unidad Coordinadora Nacional del Programa en el país, antes del 15 de octubre de 2000. Dicha Unidad remitirá las solicitudes a la AECI a través de la Oficina Técnica de Cooperación (OTC) de cada país, antes del 7 de noviembre de 2000.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que, durante el período previsto para la estancia, sean perceptores de alguna beca de la AECI en España.

Ningún candidato podrá disfrutar de más de una ayuda de entre las convocadas en las diferentes modalidades del Programa de Cooperación Interuniversitaria AL.E. 2001 (estudiantes, profesores y gestores).

Sexto. Evaluación y selección.--La concesión de las ayudas de la presente convocatoria se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva, ya que implica la pluralidad de solicitudes y su estudio comparativo para proceder a la concesión de las ayudas de acuerdo con los criterios establecidos en la misma.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Comité de Selección creado al efecto en la AECI.

Dicho Comité estará integrado por siete miembros: Tres representantes de las universidades españolas, un representante de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, y otros tres representantes de la AECI/ICI. Dos de estos últimos ejercerán la presidencia y la secretaría del Comité, respectivamente. El Comité establecerá su reglamento de funcionamiento interior, podrá nombrar asesores y evaluará las solicitudes en función de los siguientes criterios:

  1. Méritos profesionales del solicitante.

  2. Utilidad de la actividad propuesta en términos de cooperación interuniversitaria.

  3. Grado de aprovechamiento de la estancia.

  4. ...

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