Orden ECI/528/2005, de 1 de febrero, por la que se convocan plazas en el programa de «intercambio puesto por puesto», de profesores alemanes, británicos y franceses, con profesores españoles de Educación Primaria, Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2005-2006.

MarginalBOE-A-2005-3832
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorUniversidades
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/528/2005, de 1 de febrero, por la que se convocan plazas en el programa de 'intercambio puesto por puesto', de profesores alemanes, británicos y franceses, con profesores españoles de Educación Primaria, Secundaria y Escuelas Oficiales de I diomas para el curso 20052006.

El Ministerio de Educación y Ciencia en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Educativas con la República Federal Alemana, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y la República Francesa, viene llevando a cabo intercambios 'puesto por puesto', respondiendo así al interés por el aprendizaje de las lenguas de la Unión Europea y cumpliendo con la finalidad de promover la cultura de los países implicados.

A través de estos Convenios, los profesores españoles intercambian sus puestos docentes con profesores de los países citados durante un curso académico, o períodos del mismo.

El Real Decreto 1553/2004 de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia, establece que la Subdirección General de Programas Europeos será la unidad que gestione los intercambios de los países del área comunitaria.

Por todo lo cual, este Ministerio acuerda aprobar las siguientes bases reguladoras del procedimiento de selección de profesores para proveer 50 plazas en régimen de intercambio 'puesto por puesto'.

  1. Paises y numero de plazas.Se convocan 50 plazas en régimen de intercambio 'puesto por puesto' entre profesores de la República Federal Alemana, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Francesa y profesores españoles de Educación Primaria, Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2005-2006.

  2. Requisitos de los candidatos:

    2.1. Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

    1. Ser funcionarios de carrera de los siguientes Cuerpos y especialidades:

      Cuerpo de Maestros: especialidades o habilitaciones de Filología: lengua castellana e inglés y Filología: lengua castellana y francés.

      Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: especialidades de alemán, francés o inglés.

      Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: especialidades de alemán, francés o inglés.

      Contar con destino definitivo en el centro desde el que participan, que habrán de mantener durante el curso en que se hace efectivo el intercambio. El incumplimiento de este requisito por parte del candidato, sin perjuicio de las medidas a que hubiera lugar de acuerdo con la legislación vigente, motivará la rescisión de la Comisión de Servicios y del intercambio. Si dicho incumplimiento diera lugar a la interrupción de un intercambio ya iniciado, el profesor deberá atenerse a lo indicado en la base VII para la rescisión o interrupción imputable al interesado.

    2. No estar disfrutando de una comisión de servicio en el exterior.

      2.2 En función del país, los candidatos interesados deberán cumplir los siguientes requisitos específicos.

      Puestos en Alemania. Ser preferentemente profesor de la especialidad de alemán.

      Puestos en Francia. Ser profesor de la especialidad de francés.

      Puestos en el Reino Unido. Ser profesor de la especialidad de inglés. En este caso se requiere, además, presentar candidato inglés con el que se realizará el intercambio, así como la aprobación de los Directores de ambos centros.

  3. Solicitudes:

    3.1 Los candidatos deberán cumplimentar una solicitud por triplicado según el modelo establecido en el Anexo I.

    El Anexo II está reservado para los informes de la inspección y del director del centro.

    3.2 La solicitud debidamente cumplimentada y firmada, se acompañará de la siguiente documentación.

    1. Tres fotografías de tamaño carné.

    2. Certificación de servicios expedida por la autoridad competente, según modelo que figura en el Anexo III cerrada al 31 de diciebre de 2004.

    3. Documentación acreditativa de los méritos alegados conforme al baremo establecido en el Anexo IV.

    4. Documento expedido por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que estén destinados, autorizándoles la realización del intercambio, con el compromiso explícito de emitir la orden de comisión de servicio en caso de ser seleccionados y de abonarles sus haberes durante el periodo de ausencia. Se exceptúan los candidatos que participen desde centros de Ceuta y Melilla o centros docentes de Convenio con el Ministerio de Defensa ubicados en Andalucía.

    5. Relación numerada, fechada y firmada, de la documentación presentada.

    3.3 Los méritos alegados sólo serán tenidos en cuenta si están justificados debidamente, mediante fotocopias compulsadas, y presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado 4.º de la convocatoria.

  4. Forma y plazo de presentación de solicitudes:

    4.1 Los impresos contemplados en el Anexo I, junto a la documentación enumerada en la base 3.2, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia, calle de Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el RegistroAuxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia, del Paseo del Prado, 28, 28014 Madrid, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/ 1999 de 13 de enero.

    En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro de plazo.

    Por su parte, el impreso contemplado en el Anexo II será entregado por el candidato en su centro de destino. El Director del mismo cumplimentará el apartado correspondiente, emitiendo informe fundamentado sobre el intercambio y remitiéndolo a la Inspección de Educación de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla o del órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas. A continuación del informe del Director del centro, el Inspector Técnico emitirá informe motivado, realizando un breve comentario escrito y una evaluación numérica, de acuerdo con lo indicado en el Anexo II de esta convocatoria, y lo remitirá a la Subdirección General de Programas Europeos (Paseo del Prado, 28, 1.' planta 28014 Madrid) para su incorporación al resto del expediente presentado por el interesado.

    4.2 Las actuaciones indicadas en el punto anterior, se ajustarán a los plazos que a continuación se señalan:

    1. Elplazo de presentación de solicitudes y documentos por los candidatos será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

      En el mismo plazo, los candidatos presentarán el impreso contemplado en el Anexo II en su centro de destino.

    2. Dentro de los cinco días siguientes a la recepción en el centro del impreso contemplado en el Anexo II y emitido el informe arriba citado, el Director lo remitirá a la Inspección de Educación de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla u órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas.

    3. En el plazo máximo de quince días desde la recepción en la mencionada Inspección u órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas del impreso con el informe del Director del Centro, y tras incorporar al mismo el emitido por dicha Inspección de Educación de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla u órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas, dicho órgano lo remitirá a la Subdirección General de Programas Europeos.

  5. Selección:

    5.1 La selección la realizará una Comisión Mixta con cada uno de los países concurrentes, presidida por el Subdirector General de Programas Europeos o persona en quien delegue e integrada por un máximo de 2 representantes del país con el que se hace el intercambio y otras 2 de la citada Subdirección General.

    5.2 La selección de los candidatos se llevará a cabo sobre la base de los méritos alegados por los candidatos evaluados conforme a lo establecido en el baremo de puntuaciones que se incluye como Anexo IV de esta convocatoria y del informe del Servicio de Inspección de Educación de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla u órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas.

    5.3 No obstante lo indicado, ha de señalarse que la concesión del intercambio y, por tanto, la selección de los candidatos, queda condicionada a las posibilidades reales de que el citado intercambio pueda llevarse a cabo, basándose en la existencia de profesores con características equiparables de uno y otro país y en los requerimientos de los centros de destino de los profesores con los que se pretende realizar el intercambio.

    A tales efectos, se seguirá el procedimiento que se indica a continuación:

    1. Los candidatos españoles seleccionados por las Comisiones Mixtas correspondientes, recibirán la información necesaria sobre el profesor y el centro extranjero propuestos para realizar el intercambio, que le será proporcionada por la Subdirección General de Programas Europeos.

      Simultáneamente, los profesores extranjeros habrán recibido una información similar sobre los candidatos y centros españoles.

    2. Tras analizar y aclarar los detalles del intercambio con el profesor extranjero correspondiente, los candidatos implicados deberán formular su aceptación del intercambio o renuncia del mismo en el Anexo V y lo remitirán, en el plazo máximo de 7 días naturales, contados desde la recepción de la información arriba indicada, a la Subdirección General de Programas Europeos, Paseo del Prado 28, 1.' planta, 28014 Madrid. De no recibirse el mencionado escrito en el plazo debido...

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