Real Decreto 446/1983, de 23 de febrero, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional parte de los terrenos pertenecientes a la finca «Quintos de Mora», término municipal de Los Yébenes, provincia de Toledo.

MarginalBOE-A-1983-6969
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyReal Decreto

Previsto el establecimiento de unas instalaciones permanentes para fines de interés para la Defensa Nacional en la finca "quintos de mora", sita en la provincia de Toledo, término Municipal de los yébenes y propiedad del estado (icona), se hace aconsejable preservarlas de cualquier obra o instalación que pudiera afectarlas, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artÃculos 2 y 3 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, y en el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, procede declarar zona de interés para la Defensa Nacional a la que, comprendida dentro de la mencionada finca, se determina a continuación.

En su virtud, a propuesta de La Junta de Defensa Nacional e iniciativa del Ministerio de Defensa, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del dÃa 23 de febrero de 1983.

Dispongo

ArtÃculo 1.º se declara zona de interés para la Defensa Nacional la parte meridional de la finca "quintos de mora", sita en la provincia de Toledo término Municipal de los yébenes y propiedad del estado (icona), hasta la orilla izquierda del rÃo las Navas.

Art. 2.º a los efectos prevenidos en el capÃtulo II del reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, las instalaciones militares previstas en la citada finca se consideran incluidas en los grupos primero y segundo del citado reglamento.

Art. 3.º de acuerdo con el artÃculo 12 del reglamento citado y de conformidad con el Real Decreto 2285/1982, de 27 de agosto, se autoriza al icona para el aprovechamiento agrÃcola, forestal y cinegético de los terrenos que ocupan las instalaciones militares y sus zonas próximas de seguridad, siempre que no obstaculicen las finalidades militares de las instalaciones mencionadas.

Dado en Madrid a 23 de febrero de 1983.

Juan Carlos R.

El Ministro de Defensa,

Narciso Serra Serra

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