Real Decreto 1905/1979, de 16 de marzo, por el que se dictan normas y se designan los Magistrados del Tribunal Supremo que han de integrar las Salas especiales encargadas de resolver los conflictos jurisdiccionales.

MarginalBOE-A-1979-19220
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
3agosto 1979
DISPONGO,
,-/ .
B.
O. del
E.-N6m.
185.·
19159
ORDEN
de
12
de
julio
de
1979
por
la
que
se
eleva
a
definitiva
la
resolución
pr(Wisional
del
concurso
(Continuacfón)
de
traslados
de
Profesores
agregados
de
Bachille-
.
rato.
(Continuación.)
,
'Ilmo.
Sr.~
De
conformidad
con
lo
dispuesto
,en
la
Orden
mi-
nisterial
d
28
de
noviembre
de
1978 (
..
Boletin
Oficial.
del
Es-
tado-
del?
de
diclembie),
que
convoca
concurso
de
traslados
de
Agregadurias
vacantes
en
Institutos
Nacionales
de
Bachillerato
para
su
provisión
por
Profesores
agregados
de
BachiUerato,
Este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer:
1.0
Nombrar,
en
virtud
de
concurso
de
traslados.
a-los 'Pro-
fesores
agregados
que
participan
por
el
apartado,
3.°.
el
de
la
Orden
de
28
de
noviembre
de
1978- (..
Boletín
Ofici~l
dél
Estado-
del
1
de
diciembre),
que
figuran
en
el
anexo
I a
esta
Orden
..
según
asignaturas
y
Centros
que
en
el
mismo
se
indican.
'
2.'1
De
conformidad
con
el
artículo
18
de
la
Orden
de
con-
vocatoria
de
28
de
noviembre
de
1918,
los
interesados
tomarán
posesión
de
los
nuevos
destinos
que
se
tes
confj~
por
la
pre-
senteOrden
el
primer
dia
del
curso
1979/1980. AestOs
efectos,
las
Delegaciones-
Provinciales
del
Departamento
deberán
ext'8n-
der
en
103
títulos
de
los
afectados
diHgenc1ás
de
cese
y
toma
de
posesión
con
fecha
so
c;J-e
septiembre
y
:f
de
octubre,
respec-
tivam.'ente. A
los
únicos
efectos
de
participación
en
concurso
de
traslados
como
consortes
con
funcionarios
de
ótro
Cuerpo
do-
cente
la
toma
de
posesión
podrá
tener
efectos
desde
elIde
sep-
tiembre.
.
3.'1
La valideZ
de
estos
destinos
queda
condicionada
al
nom-
bramientó
de
los
interesados
como
funcionarios
de
carrera.
4." -
Aquellos
que
hayan
obtenido
més
de
un
destino
por
ha-
ber
superado
el
concurso-oposición
en
má'sde·
una
asignatura
deberán
optar
por
uno
de
estos
destinos
mediante
escrito
diri-
gido
a
la
Dirección
General
de
Personal
(Sección
Provisión
de
Plazas
r.e
Profesorado
de
Bachillerato),
en
el
plazo
de
diez
dias
a
partir
de
la
publicación
de
la
presente
Ordenen
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado-.
En
caso
de
no
manifestar
esta
opción
la
Di-
rección'
General
de
Personal
les
nombrará
para
uno
solo
de
los
destinos
obtenidos.
-.
5.°
Contra
la
presente
Orden.
que- resuelve
e:
'concurso
de
traslados
del
Cuerpo
de'
Agregados
vacantes
en
Institutos
Na-
cionales
de
'Bachillerato,
podrán
los
interesados
interponer
re-'
curso
de
rePO$icfón
ante
la
Dirección
General
de
Personal
en
el'
termino
de
un
mes.
a
partir
de
su
publicación.
Lo
digo
aV.
l.
.
Dios
guarde
a
V,
r.
Madrid,
12
de
julio
df'!
1979.-P.
D
.•
el
Director
general
de
Per-
sonal,
~atías
Val1~
Rodriguez:
.
El
Ministro
de
Justicia,
¡SllGO CAVERO LATAILLADE
JUAN
CARLOS
19221
MINISTERIO DE EDUCACION
"REAL
DECRETO
006/1979, de
2S
de
funio;
por
el
qUBse
promueve
la.
.10.
catego.ría
de
Fiscal-
a
don
Juan
Cesáreo
OrUz
Urculo;
A
propuesta.
del
Ministro;
de
Jústlc1a,
previa
deliJ:ieración
del
Conseío
de
1'{inistros
en
su
reunión
del
día
vein'tinueve,
de
Junio
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
y
de
conformidad
con
10
diSpUesto
en
el
artículo
veintidós
del
Reglamento
Orgánico
del
Estatu
to
'del
Ministerio
Fiscal:
Vengo
en
promover
a
la
categoría'
de
Fiscal.
en
vacante
económica
Producida
por
declaración
de
supernumerario
de
don
Melitmo
Garcra·
Carrero.
a
don
Juan
Cesáreo
Ortlz
Urculo,
Te-
niente
Fiscal
de
la
Audiencia
Provincial
de
Cuenca.
cargo
con
el
qUé
COntinuará.
entendiéndose
esta
promoción
con
antigüedad
del día
diecinueve
de
Jos
corrientes,
Dado
en
Madrid
a
veintinueve
de
Junio
de' -mil
novecientos
setenta
y
nueve.
.
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Personal.
REAL
DECRETO
1905/1979,
de
16
de
marzo,
por'
el
que
Sl!
dictan
normas
:v
se de.signan
lo~
Magistrados
del
Tribunal
Supremo·
que
han
de
integrar
las
Salas especiales encargadas
de
resolver los cOnflic-
tos iurisdicctonalei.
19220
El
Ministro
de
Justicia.
LANDELINO LAVJLLA ALSINA
El Decreto de tres ·de octubre
de
mil novecientos cincuenta.
aclaratorio
del
a.rtículo
segundo
de
la
Ley
de
diecisiete
de
julio
de
mil
novecientos
cuarenta·y
ocho,
sobre
~nf1ictos
jurisdíc·
cionales.
establece
la
forma
en
que
han
-de
estar
constituidas
las
Salas
Especiales
a
que
el
mismo
se
refiere,
segun
la
índole
de1
asunto
y
las
jurisdiociones
que
intervengan.
disponiendo
al
propio
tiempo
que
los'
Magistrados
que
deban
formar
parte
de
las mismas
serán
designados
anualmente
por
el Gobjerno. Es.
por
tanto
necesa:rio
proceder
al
nombramiento
de
los
Magis-
trados
dei
Tribunal
Supremo
que
durante
mil
novecieÍÍÍos
se·
tenta
y
nueve,
hayan
de
desempei\ar
·cometido
en
los
dis-
tintos
casos
a
que
hace
referencia
el
citado
Decreto,
por
lo
que
..
en
mérito
de
lo
expuesto.
a
propuesta
del
MJnfstI'o
de
Justicia,
y
previa
deliberaci6ñ
del
Consejo
de
Minist-ros
en
su
reunión
del
día
dieciséis
de
mano
de
mil
novecientos
setenta
yDueva,
JUAN
CARLOS
MINISTERIO .DE JUSTICIA
Articulo
primero,-LasSalas
del
Tribunal
Supremo
que
han
de
constituirse
'para
resolve.T los
conflictos
jutisdicciona.]es a
que
se
refiere
el Decreto..
de
tres
de
octubre
'de
mil
novecientos
cincuenta,
estarán
presididas
todas ellas po-r el
Presidente
del
Tribunal
Supremo
e
integradas
durante
el
año
mil
novecientos,
setenta
y
nueve
por
los
Magistrados
del
propio
Tribunal
que
a
continuación
se
expresan,
según
1&
naturaleza
de
los
con~
flietos
jurisdiccionales
que
deban
resoJver.
a)
Entre
la. juris1:licción
de
·orden
civil
y
la
titular
de
me~
nares:
Don
Carlos
de
la
Vega
Benayas,
Magistrado
de
la
Sala
Primera
y
don
Manuel
Careta
Miguel,
Magistrado
de
la
Sala.
Segunda.
-
b}
Elitre
las
jurisdicciones
de
orden
civil
y
contencioso.
administrativo;
Don
Andrés
Gallardo
'Ros.
Magistrado
de
la
Sala
PrImera
y
don
Pablo
Gareía
Manzano.
,Magistrad?
de
la
Sala
Quinta. ' .
cl
Entre
la
Jurisdicción
o1vl1
y
laboral:
Den
Manuel
Gon·
zález-Alegre
Bernardo,
Magistrado
de
la.
Sala
Primera
y
don
Luis Valle Abad.
Magistrado
de
la
Sala
Sena.
,
dl
Entre
la
jurisdicoción
tuteIM'
de
menores
y"
le.
canten·
ciasa-administrativa:
Don
Fernando
Cotta
y
Márquez
de
Prado.
Magistrado
de
la'
Sa.la
Segunda
y
don
JOISé.
Ignacio
Jlménez
Hernández,
Magistrado
de
la
Sa,1a
Cuarta.
.
e}
Entre
la
Jurisdicción
tutelar
de- m.enores y
la
laboral:
Don
Jesús
Sáez
Jiménez.
Magistrado
de
la
Sala'
.Segunda
y
don
Mamerto
Cerezo
Abad.
Magistrado
de
la.
Sala
Sexta.
f}
Entre
la
Jurisdioción
contencioso-administrativa'
y
la
la-
boral:
Don
Jase
Luis
Ruiz
Sánchez,
Magistrado
de
la
Sala
Ter-
cera, y
don
Fernando
Hernáildez
Gil,
Magistrado
de
la
~Sala
Sexta.
Artículo
segundo.-Cuando
alguno
de
los
Maiistrados
desig-
nados
en
el
artículo
primero
no
pueda
asistir
a:
la
Sala
corres-
pondiente,
será
sustituido
por
otro
Magistrado
de
los
anterior·
mente
citados
que
sea
de
la
misma
procedencia.
Artículo
tercero.-Actuará
de
Secretario
de
todas
la'!
Salas
el
Secretario
de
Gobierno
del
propio
Tribunal.
Artículo
cuarto.-Quedan
d«agadu
todas
las
diSposiciones
que
se
opongan.
a
10
establecido
en
el·
presente,
y
facultado
«l
Ministro
de
JustlcJa
para
diotar
1M
normas
complementarias
para.
SU
-apUcac1ón, .
Dado
en
Madrid
&dieciséi,s
d.
~
de
mil'
novecionto&
setenta
y
nueve.
18244
1
¡
l
I
1
r
i
.
f
1
¡
1
,
..
r
.....

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR