Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden subvenciones para la realización de Acciones Integradas de Investigación Científica y Tecnológica entre España y Hungría, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008.

MarginalBOE-A-2007-11915
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

La Orden ECI/729/2005, de 14 de marzo, establece las bases del Programa de Acciones Integradas para el periodo 2005-2007. Por resolución de 10 de marzo de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación (Boletín Oficial del Estado de 25 de marzo) se hizo pública la convocatoria del Programa de Acciones Integradas entre España y Hungría, para el periodo 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2008.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la mencionada resolución, se ha reunido la Comisión Bilateral de Selección, que ha elevado la correspondiente propuesta basada en la evaluación científico tecnológica de las solicitudes según los criterios señalados en ese mismo apartado, así como en las disponibilidades presupuestarias de ambas partes.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, en uso de las atribuciones conferidas por la orden de bases y la resolución de convocatoria, ha resuelto:

Conceder 31 acciones a los centros de I+D que se relacionan en el Anexo I, por importe total de 249.800 euros, destinados a la financiación de las estancias de los investigadores húngaros en España y de los viajes a Hungría de los miembros de los equipos de investigación españoles que se indican en el citado anexo, que se librarán con cargo al presupuesto de 2007.

El gasto resultante será imputado a los créditos 18.08.000X.711, 18.08.463B.740, 18.08.463B.750 y 18.08.463B.780 de los Presupuestos Generales del Estado y su importe será librado a los centros de I+D relacionados en el Anexo I.

Los beneficiarios de estas ayudas habrán de cumplir las condiciones específicas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la misma Ley, así como las instrucciones específicas del Ministerio de Educación y Ciencia.

Excepcionalmente, la Dirección General de Investigación podrá autorizar, previa solicitud motivada del centro de I+D beneficiario de la acción, la ampliación de la fecha final de ejecución de la misma. Dicha solicitud deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2008 en los lugares previstos en el apartado décimo.4 de la orden de bases.

Los investigadores responsables de las Acciones Integradas deberán elaborar, de acuerdo con el modelo disponible en la página web, una Memoria final sobre el desarrollo de las actividades subvencionadas, que deberá ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR