Orden APA/1159/2008, de 11 de abril, por la que se publica para el ejercicio 2008, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.

MarginalBOE-A-2008-7408
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden APA/180/2008, de 22 de enero, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 30, de 4 de febrero de 2008, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal.

Mediante la presente orden, se convocan, para el ejercicio 2008, las ayudas destinadas al fomento de la integración cooperativa.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2008, destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal, previstas en la Orden APA/180/2008, de 22 de enero, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 30, de 4 de febrero de 2008.

Segundo. Beneficiarios y requisitos.-Podrán acceder a estas ayudas las entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones cuyos objetivos estén incluidos en el artículo 1 de dichas bases reguladoras y que cumplan los requisitos y compromisos establecidos en el artículo 3 de las bases.

Tercero. Solicitud de la subvención y plazo de presentación.

  1. Las solicitudes de subvenciones, se dirigirán al titular del Departamento, de acuerdo con el modelo de instancia establecido en el anexo, y se presentarán en el registro del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden.

    Cuarto. Documentación necesaria para la solicitud.-La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  3. Un plan de integración que incluya al menos la siguiente información:

    1. Volumen de actividad y número de socios de todas y cada una de las entidades participantes.

    2. Actuaciones e inversión prevista para cada una de ellas.

    3. Cronograma de actuaciones.

    4. Objetivos cuantificables.

  4. Estatutos actualizados acompañados de:

    1. Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

    2. Altas de Terceros.

    3. Relación nominal de socios, volumen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR