Resolución de 11 de octubre de 2007, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de delimitación del yacimiento arqueológico de «Son Corb Roselló» de Son Servera.

MarginalBOE-A-2007-19389
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorAdministración Local
Rango de LeyResolución

El Consell de Mallorca, en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 1 de octubre de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

A la vista que, mediante acuerdo de fecha 5 de mayo de 2006, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración de la delimitación del yacimiento de «Son Corb Rosselló» de Son Servera.

A la vista que, mediante acuerdo de fecha 1 de febrero de 2007, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consejo de Mallorca para su declaración.

Visto el informe jurídico, de fecha 18 de enero de 2007, de la TAG de la Sección Jurídico Administrativa del Servicio de Patrimonio Histórico.

Por todo eso, y en virtud de lo que dispone el título I de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno de 18 de marzo de 2004, este Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

  1. Delimitar el entorno de protección del yacimiento arqueológico de «Son Corb Rosselló», en el término municipal de Son Servera, la descripción y la delimitación del cual figuran en los

  2. Informes técnicos de fecha 3 de abril de 2006 y de fecha 16 de enero de 2007, que se adjuntan y forman parte integrante del presente acuerdo.

  3. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y la normativa concordante.

  4. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Son Servera y al Gobierno de las Islas Baleares.

  5. Publicar este acuerdo en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares» y al «Boletín Oficial del Estado», y se tiene que anotar en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares, e inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Contra este acuerdo que agota a la vía...

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